Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

Ultima reforma el 26 de marzo de 2019

[restabs alignment=»osc-tabs-left» pills=»nav-pills» responsive=»false» seltabcolor=»#dd3333″]

[restab title=»Texto vigente» active=»active»]

Párrafo Fracción Texto vigente
Primero Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes:
I. I. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
II.

II. Nombrar y remover libremente a los Secretarios de Estado, remover a los embajadores, cónsules generales y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes;

Los Secretarios de Estado y los empleados superiores de Hacienda y de Relaciones entrarán en funciones el día de su nombramiento. Cuando no sean ratificados en los términos de esta Constitución, dejarán de ejercer su encargo.

En los supuestos de la ratificación de los Secretarios de Relaciones y de Hacienda, cuando no se opte por un gobierno de coalición, si la Cámara respectiva no ratificare en dos ocasiones el nombramiento del mismo Secretario de Estado, ocupará el cargo la persona que designe el Presidente de la República;

III. III. Nombrar, con aprobación del Senado, a los embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda y a los integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica;
IV. IV. Nombrar, con aprobación del Senado, los Coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales;
V. V. Nombrar a los demás oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, con arreglo a las leyes.
VI. VI. Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.
VII. VII. Disponer de la Guardia Nacional en los términos que señale la ley.
VIII. VIII. Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión.
IX. IX. Intervenir en la designación del Fiscal General de la República y removerlo, en términos de lo dispuesto en el artículo 102, Apartado A, de esta Constitución;
X. X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;
XI. XI. Convocar al Congreso a sesiones extraordinarias, cuando lo acuerde la Comisión Permanente.
XII. XII. Facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones.
XIII. XIII. Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas, y designar su ubicación.
XIV. XIV. Conceder, conforme a las leyes, indultos a los reos sentenciados por delitos de competencia de los tribunales federales;
XV. XV. Conceder privilegios exclusivos por tiempo limitado, con arreglo a la ley respectiva, a los descubridores, inventores o perfeccionadores de algún ramo de la industria.
XVI. XVI. Cuando la Cámara de Senadores no esté en sesiones, el Presidente de la República podrá hacer los nombramientos de que hablan las fracciones III, IV y IX, con aprobación de la Comisión Permanente;
XVII.

XVII.        En cualquier momento, optar por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso de la Unión.

El gobierno de coalición se regulará por el convenio y el programa respectivos, los cuales deberán ser aprobados por mayoría de los miembros presentes de la Cámara de Senadores. El convenio establecerá las causas de la disolución del gobierno de coalición.

XVIII. XVIII. Presentar a consideración del Senado, la terna para la designación de Ministros de la Suprema Corte de Justicia y someter sus licencias y renuncias a la aprobación del propio Senado;
XIX. XIX. Objetar los nombramientos de los comisionados del organismo garante que establece el artículo 6o. de esta Constitución hechos por el Senado de la República, en los términos establecidos en esta Constitución y en la ley;
XX. XX. Las demás que le confiere expresamente esta Constitución.

[/restab]

[restab title=»Texto Original«]

Texto original: 5 febrero 1917

Párrafo Fracción Texto original
Primero Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes:
I I.- Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
II II.- Nombrar y remover libremente a los secretarios del Despacho, al procurador general de la República, al gobernador del Distrito Federal y a los gobernadores de los Territorios, al procurador general de justicia del Distrito Federal y Territorios, remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinada de otro modo en la Constitución o en las leyes.
III III.- Nombrar los ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del Senado.
IV IV.- Nombrar con aprobación del Senado los coroneles y demás oficiales superiores del Ejército y Armada Nacional y los empleados superiores de Hacienda.
V V.- Nombrar a los demás oficiales del Ejército y Armada Nacional, con arreglo a las leyes.
VI VI.- Disponer de la fuerza armada permanente de mar y tierra para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.
VII VII.- Disponer de la Guardia Nacional para los mismos objetos, en los términos que previene la fracción IV del artículo 76.
VIII VIII.- Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión.
IX IX.- Conceder patentes de corso con sujeción a las bases fijadas por el Congreso.
X X.- Dirigir las negociaciones diplomáticas y celebrar tratados con las potencias extranjeras, sometiéndolos a la ratificación del Congreso Federal.
XI XI.- Convocar al Congreso o alguna de las Cámaras a sesiones extraordinarias, cada vez que lo estime conveniente.
XII XII.- Facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones.
XIII XIII.- Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas, y designar su ubicación.
XIV XIV.- Conceder, conforme a las leyes, indultos a los reos sentenciados por delitos de competencia de los tribunales federales y a los sentenciados por delitos del orden común, en el Distrito Federal y Territorios.
XV XV.- Conceder privilegios exclusivos por tiempo limitado, con arreglo a la ley respectiva, a los descubridores, inventores o perfeccionadores de algún ramo de la industria.
XVI XVI.- Cuando la Cámara de Senadores no esté en sesiones, el Presidente de la Republica podrá hacer provisionalmente los nombramientos de que hablan las fracciones III y IV, a reserva de someterlos a la aprobación de dicha Cámara cuando esté reunida.
XVII. XVII.- Y las demás que le confieren expresamente esta Constitución.

[/restab]

[restab title=»Nubes de Palabras«]

Nube de palabras Texto Vigente:

 

Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

 

 

Nube de Palabras Texto Original:
art89wc-or

[/restab]

[restab title=»Analítica Texto«]

Evolución semántica:

  • 413 palabras en el texto original
  • 713 palabras en el texto vigente
  • 1 párrafo original
  • 1 párrafo vigente
  • 19 decretos de reformas (1923, 1928, 1944, 1966, 1974, 1982, 1987, 1988, 1993, 1994, 2004, 2007, 2011, 2012, 2014, 2016, 2019)

 

Conteo de Palabra Ocurrencias Porcentaje
no 6 0.8065
senado 6 0.8065
constitución 6 0.8065
con 6 0.8065
fuerza 5 0.672
términos 5 0.672
aprobación 5 0.672
esta 5 0.672
para 5 0.672
nombrar 5 0.672
iv 4 0.5376
su 4 0.5376
superiores 4 0.5376
gobierno 4 0.5376
empleados 4 0.5376
artículo 4 0.5376
demás 4 0.5376
unión 4 0.5376
cuando 4 0.5376
congreso 4 0.5376
coalición 4 0.5376
armada 4 0.5376
hacienda 4 0.5376
leyes 4 0.5376
república 4 0.5376
ley 4 0.5376
ix 3 0.4032
permanente 3 0.4032
respectiva 3 0.4032
seguridad 3 0.4032
relaciones 3 0.4032
presidente 3 0.4032
nombramiento 3 0.4032
estado 3 0.4032
internacionales 3 0.4032
remover 3 0.4032
cámara 3 0.4032
secretarios 3 0.4032
aérea 3 0.4032
iii 3 0.4032
ejército 3 0.4032
i 2 0.2688
v 2 0.2688
x 2 0.2688
al 2 0.2688
lo 2 0.2688
ii 2 0.2688
xi 2 0.2688
xv 2 0.2688
vi 2 0.2688
un 2 0.2688
se 2 0.2688
xx 2 0.2688
senadores 2 0.2688
viii 2 0.2688
siguientes 2 0.2688
nacionales 2 0.2688
mismos 2 0.2688
convenio 2 0.2688
arreglo 2 0.2688
disponer 2 0.2688
competencia 2 0.2688
xviii 2 0.2688
generales 2 0.2688
nombramientos 2 0.2688
esté 2 0.2688
embajadores 2 0.2688
política 2 0.2688
cónsules 2 0.2688
estados 2 0.2688
exterior 2 0.2688
designación 2 0.2688
poder 2 0.2688
oficiales 2 0.2688
nacional 2 0.2688
xvii 2 0.2688
funciones 2 0.2688
sus 2 0.2688
sesiones 2 0.2688
xvi 2 0.2688
xiv 2 0.2688
xix 2 0.2688
xii 2 0.2688
xiii 2 0.2688
comisión 2 0.2688
conceder 2 0.2688
vii 2 0.2688
libremente 2 0.2688
inventores 1 0.1344
causas 1 0.1344
6o 1 0.1344
76 1 0.1344
89 1 0.1344
le 1 0.1344
si 1 0.1344
entrarán 1 0.1344
consideración 1 0.1344
fiscal 1 0.1344
igualdad 1 0.1344
hablan 1 0.1344
terminar 1 0.1344
nombre 1 0.1344
como 1 0.1344
corte 1 0.1344
terna 1 0.1344
lucha 1 0.1344
perfeccionadores 1 0.1344
partidos 1 0.1344
acuerde 1 0.1344
establecerá 1 0.1344
marítimas 1 0.1344
presentar 1 0.1344
presentes 1 0.1344
preservar 1 0.1344
convocar 1 0.1344
normativos 1 0.1344
declarar 1 0.1344
administrativa 1 0.1344
guerra 1 0.1344
ejecutivo 1 0.1344
obligaciones 1 0.1344
confiere 1 0.1344
someter 1 0.1344
totalidad 1 0.1344
observancia 1 0.1344
reos 1 0.1344
mismo 1 0.1344
modo 1 0.1344
intervención 1 0.1344
ramo 1 0.1344
retirar 1 0.1344
cuyo 1 0.1344
primero 1 0.1344
algún 1 0.1344
principios 1 0.1344
ratificación 1 0.1344
ubicación 1 0.1344
extraordinarias 1 0.1344
interpretativas 1 0.1344
necesite 1 0.1344
designe 1 0.1344
tiempo 1 0.1344
pueblos 1 0.1344
suspender 1 0.1344
internacional 1 0.1344
tratados 1 0.1344
apartado 1 0.1344
observará 1 0.1344
ministros 1 0.1344
guardia 1 0.1344
integrantes 1 0.1344
supuestos 1 0.1344
fronterizas 1 0.1344
102 1 0.1344
federación 1 0.1344
modificar 1 0.1344
proscripción 1 0.1344
organismo 1 0.1344
hacer 1 0.1344
deberán 1 0.1344
sentenciados 1 0.1344
reservas 1 0.1344
remoción 1 0.1344
objetar 1 0.1344
objetos 1 0.1344
coroneles 1 0.1344
celebrar 1 0.1344
dispuesto 1 0.1344
respeto 1 0.1344
esfera 1 0.1344
clase 1 0.1344
previa 1 0.1344
respectivos 1 0.1344
ratificare 1 0.1344
sean 1 0.1344
facultades 1 0.1344
puertos 1 0.1344
opte 1 0.1344
exacta 1 0.1344
fracción 1 0.1344
protección 1 0.1344
controversias 1 0.1344
cooperación 1 0.1344
jurídica 1 0.1344
energía 1 0.1344
económica 1 0.1344
optar 1 0.1344
desarrollo 1 0.1344
unidos 1 0.1344
exclusivos 1 0.1344
ejercer 1 0.1344
aduanas 1 0.1344
otro 1 0.1344
establece 1 0.1344
programa 1 0.1344
momento 1 0.1344
aprobados 1 0.1344
conducción 1 0.1344
limitado 1 0.1344
formular 1 0.1344
políticos 1 0.1344
fracciones 1 0.1344
ejecutar 1 0.1344
enmendar 1 0.1344
materia 1 0.1344
proveyendo 1 0.1344
declaraciones 1 0.1344
telecomunicaciones 1 0.1344
humanos 1 0.1344
denunciar 1 0.1344
expida 1 0.1344
disolución 1 0.1344
sometiéndolos 1 0.1344
ocupará 1 0.1344
general 1 0.1344
auxilios 1 0.1344
indultos 1 0.1344
toda 1 0.1344
cuales 1 0.1344
privilegios 1 0.1344
removerlo 1 0.1344
ratificados 1 0.1344
intervenir 1 0.1344
mexicanos 1 0.1344
órganos 1 0.1344
conforme 1 0.1344
defensa 1 0.1344
así 1 0.1344
sobre 1 0.1344
podrá 1 0.1344
promulgar 1 0.1344
persona 1 0.1344
miembros 1 0.1344
habilitar 1 0.1344
cualquier 1 0.1344
regulación 1 0.1344
promoción 1 0.1344
derechos 1 0.1344
interior 1 0.1344
justicia 1 0.1344
dirigir 1 0.1344
previene 1 0.1344
día 1 0.1344
delitos 1 0.1344
industria 1 0.1344
regulará 1 0.1344
dos 1 0.1344
garante 1 0.1344
propio 1 0.1344
ejercicio 1 0.1344
varios 1 0.1344
ser 1 0.1344
sea 1 0.1344
son 1 0.1344
secretario 1 0.1344
judicial 1 0.1344
tal 1 0.1344
paz 1 0.1344
federales 1 0.1344
tribunales 1 0.1344
establecidos 1 0.1344
designar 1 0.1344
encargados 1 0.1344
mayoría 1 0.1344
comisionados 1 0.1344
descubridores 1 0.1344
renuncias 1 0.1344
licencias 1 0.1344
uso 1 0.1344
uno 1 0.1344
hechos 1 0.1344
representados 1 0.1344
suprema 1 0.1344
expedito 1 0.1344
amenaza 1 0.1344
expresamente 1 0.1344
autodeterminación 1 0.1344
colegiados 1 0.1344
establecer 1 0.1344
solución 1 0.1344
titular 1 0.1344
encargo 1 0.1344
cargo 1 0.1344
pacífica 1 0.1344
ocasiones 1 0.1344
dejarán 1 0.1344
facilitar 1 0.1344
determinado 1 0.1344

 

 

[/restab]

[restab title=»Conceptos«]

Cuerpo diplomático y consular.
Delito.
Derechos humanos.
Federación.
Fiscalía General de la República.
Fuerzas armadas.
Gobierno de coalición.
Gobierno de la Ciudad de México.
Gobierno Federal.
Guardia Nacional.
Hacienda pública.
Indulto.
Poder Ejecutivo Federal.
Poder Judicial Federal.
Política exterior.
Presidente de la República.
Seguridad de la Nación.
Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Tratados internacionales.
Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Tribunales Agrarios.
Veto Presidencial.


* El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.

[/restab]

[/restabs]