Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

Artículo 101

Ultima reforma el 29 de enero de 2016

  • Párrafo Fracción Texto vigente
    Primero Artículo 101. Los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito, los respectivos secretarios, y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, no podrán, en ningún caso, aceptar ni desempeñar empleo o encargo de la Federación, de las entidades federativas o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia.
    Segundo Las personas que hayan ocupado el cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia, Magistrado de Circuito, Juez de Distrito o Consejero de la Judicatura Federal, así como Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral, no podrán, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación.
    Tercero Durante dicho plazo, las personas que se hayan desempeñado como Ministros, salvo que lo hubieran hecho con el carácter de provisional o interino, no podrán ocupar los cargos señalados en la fracción VI del artículo 95 de esta Constitución.
    Cuarto Los impedimentos de este artículo serán aplicables a los funcionarios judiciales que gocen de licencia.
    Quinto La infracción a lo previsto en los párrafos anteriores, será sancionada con la pérdida del respectivo cargo dentro del Poder Judicial de la Federación, así como de las prestaciones y beneficios que en lo sucesivo correspondan por el mismo, independientemente de las demás sanciones que las leyes prevean.

  • Texto original: 5 febrero 1917

    Párrafo Fracción Texto original
    Primero

    Art. 101.- Los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los respectivos Secretarios, no podrán, en ningún caso, aceptar y desempeñar empleo o encargo de la Federación, de los Estados o de particulares, salvo los cargos honoríficos en asociaciones científicas, literarias o beneficencia. La infracción de esta disposición será castigada con la pérdida del cargo.

  • Nube de palabras Texto Vigente:

     

     

    Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

     

    Nube de Palabras Texto Original:
    Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

  • Evolución semántica:

    • 62 palabras en el texto original
    • 242 palabras en el texto vigente
    • 1 párrafo original
    • 5 párrafos vigentes
    • 4 decretos de reformas (1987, 1994, 1996, 2016)

     

    Conteo de Palabra Ocurrencias Porcentaje
    como 5 2.008
    podrán 3 1.2048
    federación 3 1.2048
    artículo 3 1.2048
    así 3 1.2048
    corte 2 0.8032
    federal 2 0.8032
    dentro 2 0.8032
    hayan 2 0.8032
    superior 2 0.8032
    ministros 2 0.8032
    magistrado 2 0.8032
    circuito 2 0.8032
    sala 2 0.8032
    salvo 2 0.8032
    judicatura 2 0.8032
    tribunal 2 0.8032
    poder 2 0.8032
    justicia 2 0.8032
    cargos 2 0.8032
    con 2 0.8032
    judicial 2 0.8032
    electoral 2 0.8032
    distrito 2 0.8032
    magistrados 2 0.8032
    suprema 2 0.8032
    personas 2 0.8032
    cargo 2 0.8032
    95 1 0.4016
    ni 1 0.4016
    vi 1 0.4016
    su 1 0.4016
    se 1 0.4016
    científicas 1 0.4016
    abogados 1 0.4016
    infracción 1 0.4016
    proceso 1 0.4016
    ningún 1 0.4016
    provisional 1 0.4016
    respectivo 1 0.4016
    asociaciones 1 0.4016
    docentes 1 0.4016
    siguientes 1 0.4016
    quinto 1 0.4016
    pérdida 1 0.4016
    sucesivo 1 0.4016
    sancionada 1 0.4016
    desempeñado 1 0.4016
    mismo 1 0.4016
    primero 1 0.4016
    dicho 1 0.4016
    anteriores 1 0.4016
    prevean 1 0.4016
    juez 1 0.4016
    empleo 1 0.4016
    segundo 1 0.4016
    remunerados 1 0.4016
    patronos 1 0.4016
    literarias 1 0.4016
    representantes 1 0.4016
    carácter 1 0.4016
    101 1 0.4016
    hubieran 1 0.4016
    caso 1 0.4016
    consejeros 1 0.4016
    retiro 1 0.4016
    federativas 1 0.4016
    particulares 1 0.4016
    será 1 0.4016
    respectivos 1 0.4016
    ocupar 1 0.4016
    constitución 1 0.4016
    demás 1 0.4016
    este 1 0.4016
    esta 1 0.4016
    fracción 1 0.4016
    consejero 1 0.4016
    años 1 0.4016
    cuarto 1 0.4016
    beneficios 1 0.4016
    funcionarios 1 0.4016
    prestaciones 1 0.4016
    aceptar 1 0.4016
    durante 1 0.4016
    impedimentos 1 0.4016
    beneficencia 1 0.4016
    jueces 1 0.4016
    judiciales 1 0.4016
    ante 1 0.4016
    correspondan 1 0.4016
    secretarios 1 0.4016
    ocupado 1 0.4016
    independientemente 1 0.4016
    serán 1 0.4016
    órganos 1 0.4016
    gocen 1 0.4016
    licencia 1 0.4016
    cualquier 1 0.4016
    desempeñar 1 0.4016
    señalados 1 0.4016
    interino 1 0.4016
    párrafos 1 0.4016
    ministro 1 0.4016
    leyes 1 0.4016
    dos 1 0.4016
    por 1 0.4016
    entidades 1 0.4016
    fecha 1 0.4016
    plazo 1 0.4016
    previsto 1 0.4016
    sanciones 1 0.4016
    actuar 1 0.4016
    aplicables 1 0.4016
    encargo 1 0.4016
    tercero 1 0.4016
    hecho 1 0.4016

     

     

     

  • Consejo de la Judicatura Federal.
    Federación.
    Poder Judicial Federal.
    Suprema Corte de Justicia de la Nación.


    * El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.

 

Listado de conceptos

Artículos relacionados