Entran en vigor disposiciones del ISR para recibir donativos

Las personas morales con fines no lucrativos, señaladas en el artículo 82 de la ley del impuesto sobre la renta (ISR), tendrán que cumplir con un nuevo requisito para poder recibir donativos deducibles en los terminos de esta ley.

Esta nueva obligación, incorporada a la ley en 2016, establece que cuando se trate de personas morales con fines no lucrativos que tengan ingresos totales anuales de más de 100 millones de pesos o un patrimonio de más de 500 millones de pesos, deberán contar con las estructuras y procesos de un gobierno corporativo, para la dirección y el control de la persona moral.

Sin embargo, tal requisito no entraría en vigor hasta que fuera señalado en alguna resolución miscelánea fiscal, lo cual sucedió el 22 de diciembre de 2017, donde el artículo 41 transitorio de la resolución para 2018 indica esta obligatoriedad precisamente a partir del 30 de septiembre de 2018.

SIEMéxico
Observatorio de Vigilancia Estratégica, Núm. 17
24 septiembre 2018
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