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Artículo 28
Ultima reforma el 29 de enero de 2016
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Párrafo Fracción Texto Vigente. Primero Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria. Segundo En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí o para obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social. Tercero Las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de esos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como el alza de precios. La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses. Cuarto No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radiactivos y generación de energía nuclear; la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, en los términos de los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución, respectivamente; así como las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. La comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia. Quinto El Estado contará con los organismos y empresas que requiera para el eficaz manejo de las áreas estratégicas a su cargo y en las actividades de carácter prioritario donde, de acuerdo con las leyes, participe por sí o con los sectores social y privado. Sexto El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración. Su objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado. Ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento. El Estado contará con un fideicomiso público denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, cuya Institución Fiduciaria será el banco central y tendrá por objeto, en los términos que establezca la ley, recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y contratos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 de esta Constitución, con excepción de los impuestos. Séptimo No constituyen monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva, a través del banco central en las áreas estratégicas de acuñación de moneda y emisión de billetes. El banco central, en los términos que establezcan las leyes y con la intervención que corresponda a las autoridades competentes, regulará los cambios, así como la intermediación y los servicios financieros, contando con las atribuciones de autoridad necesarias para llevar a cabo dicha regulación y proveer a su observancia. La conducción del banco estará a cargo de personas cuya designación será hecha por el Presidente de la República con la aprobación de la Cámara de Senadores o de la Comisión Permanente, en su caso; desempeñarán su encargo por períodos cuya duración y escalonamiento provean al ejercicio autónomo de sus funciones; sólo podrán ser removidas por causa grave y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquéllos que actúen en representación del banco y de los no remunerados en asociaciones docentes, científicas, culturales o de beneficencia. Las personas encargadas de la conducción del banco central, podrán ser sujetos de juicio político conforme a lo dispuesto por el artículo 110 de esta Constitución. Octavo El Poder Ejecutivo contará con los órganos reguladores coordinados en materia energética, denominados Comisión Nacional de Hidrocarburos y Comisión Reguladora de Energía, en los términos que determine la ley. Noveno No constituyen monopolios las asociaciones de trabajadores formadas para proteger sus propios intereses y las asociaciones o sociedades cooperativas de productores para que, en defensa de sus intereses o del interés general, vendan directamente en los mercados extranjeros los productos nacionales o industriales que sean la principal fuente de riqueza de la región en que se produzcan o que no sean artículos de primera necesidad, siempre que dichas asociaciones estén bajo vigilancia o amparo del Gobierno Federal o de las entidades federativas, y previa autorización que al efecto se obtenga de las Legislaturas respectivas en cada caso. Las mismas Legislaturas, por sí o a propuesta del Ejecutivo podrán derogar, cuando así lo exijan las necesidades públicas, las autorizaciones concedidas para la formación de las asociaciones de que se trata. Décimo Tampoco constituyen monopolios los privilegios que por determinado tiempo se concedan a los autores y artistas para la producción de sus obras y los que para el uso exclusivo de sus inventos, se otorguen a los inventores y perfeccionadores de alguna mejora. Décimo Primero El Estado, sujetándose a las leyes, podrá en casos de interés general, concesionar la prestación de servicios públicos o la explotación, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Federación, salvo las excepciones que las mismas prevengan. Las leyes fijarán las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestación de los servicios y la utilización social de los bienes, y evitarán fenómenos de concentración que contraríen el interés público. Décimo Segundo La sujeción a regímenes de servicio público se apegará a lo dispuesto por la Constitución y sólo podrá llevarse a cabo mediante ley. Décimo
Tercero
Se podrán otorgar subsidios a actividades prioritarias, cuando sean generales, de carácter temporal y no afecten sustancialmente las finanzas de la Nación. El Estado vigilará su aplicación y evaluará los resultados de ésta. Décimo Cuarto El Estado contará con una Comisión Federal de Competencia Económica, que será un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tendrá por objeto garantizar la libre competencia y concurrencia, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en los términos que establecen esta Constitución y las leyes. La Comisión contará con las facultades necesarias para cumplir eficazmente con su objeto, entre ellas las de ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia; regular el acceso a insumos esenciales, y ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos, en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos. Décimo Quinto El Instituto Federal de Telecomunicaciones es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en los términos que fijen las leyes. Para tal efecto, tendrá a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, garantizando lo establecido en los artículos 6o. y 7o. de esta Constitución. Décimo Sexto El Instituto Federal de Telecomunicaciones será también la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, por lo que en éstos ejercerá en forma exclusiva las facultades que este artículo y las leyes establecen para la Comisión Federal de Competencia Económica y regulará de forma asimétrica a los participantes en estos mercados con el objeto de eliminar eficazmente las barreras a la competencia y la libre concurrencia; impondrá límites a la concentración nacional y regional de frecuencias, al concesionamiento y a la propiedad cruzada que controle varios medios de comunicación que sean concesionarios de radiodifusión y telecomunicaciones que sirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geográfica, y ordenará la desincorporación de activos, derechos o partes necesarias para asegurar el cumplimiento de estos límites, garantizando lo dispuesto en los artículos 6o. y 7o. de esta Constitución. Décimo Séptimo Corresponde al Instituto, el otorgamiento, la revocación, así como la autorización de cesiones o cambios de control accionario, titularidad u operación de sociedades relacionadas con concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones. El Instituto notificará al Secretario del ramo previo a su determinación, quien podrá emitir una opinión técnica. Las concesiones podrán ser para uso comercial, público, privado y social que incluyen las comunitarias y las indígenas, las que se sujetarán, de acuerdo con sus fines, a los principios establecidos en los artículos 2o., 3o., 6o. y 7o. de esta Constitución. El Instituto fijará el monto de las contraprestaciones por el otorgamiento de las concesiones, así como por la autorización de servicios vinculados a éstas, previa opinión de la autoridad hacendaria. Las opiniones a que se refiere este párrafo no serán vinculantes y deberán emitirse en un plazo no mayor de treinta días; transcurrido dicho plazo sin que se emitan las opiniones, el Instituto continuará los trámites correspondientes. Décimo
Octavo
Las concesiones del espectro radioeléctrico serán otorgadas mediante licitación pública, a fin de asegurar la máxima concurrencia, previniendo fenómenos de concentración que contraríen el interés público y asegurando el menor precio de los servicios al usuario final; en ningún caso el factor determinante para definir al ganador de la licitación será meramente económico. Las concesiones para uso público y social serán sin fines de lucro y se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa conforme a lo previsto por la ley y en condiciones que garanticen la transparencia del procedimiento. El Instituto Federal de Telecomunicaciones llevará un registro público de concesiones. La ley establecerá un esquema efectivo de sanciones que señale como causal de revocación del título de concesión, entre otras, el incumplimiento de las resoluciones que hayan quedado firmes en casos de conductas vinculadas con prácticas monopólicas. En la revocación de las concesiones, el Instituto dará aviso previo al Ejecutivo Federal a fin de que éste ejerza, en su caso, las atribuciones necesarias que garanticen la continuidad en la prestación del servicio. Décimo
Noveno
El Instituto Federal de Telecomunicaciones garantizará que el Gobierno Federal cuente con las concesiones necesarias para el ejercicio de sus funciones. Vigésimo La Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, serán independientes en sus decisiones y funcionamiento, profesionales en su desempeño e imparciales en sus actuaciones, y se regirán conforme a lo siguiente: I. I. Dictarán sus resoluciones con plena independencia; II. II. Ejercerán su presupuesto de forma autónoma. La Cámara de Diputados garantizará la suficiencia presupuestal a fin de permitirles el ejercicio eficaz y oportuno de sus competencias; III. III. Emitirán su propio estatuto orgánico, mediante un sistema de votación por mayoría calificada; IV. IV. Podrán emitir disposiciones administrativas de carácter general exclusivamente para el cumplimiento de su función regulatoria en el sector de su competencia; V. V. Las leyes garantizarán, dentro de cada organismo, la separación entre la autoridad que conoce de la etapa de investigación y la que resuelve en los procedimientos que se sustancien en forma de juicio; VI. VI. Los órganos de gobierno deberán cumplir con los principios de transparencia y acceso a la información. Deliberarán en forma colegiada y decidirán los asuntos por mayoría de votos; sus sesiones, acuerdos y resoluciones serán de carácter público con las excepciones que determine la ley; VII. VII. Las normas generales, actos u omisiones de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión. Solamente en los casos en que la Comisión Federal de Competencia Económica imponga multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, éstas se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo que, en su caso, se promueva. Cuando se trate de resoluciones de dichos organismos emanadas de un procedimiento seguido en forma de juicio sólo podrá impugnarse la que ponga fin al mismo por violaciones cometidas en la resolución o durante el procedimiento; las normas generales aplicadas durante el procedimiento sólo podrán reclamarse en el amparo promovido contra la resolución referida. Los juicios de amparo serán sustanciados por jueces y tribunales especializados en los términos del artículo 94 de esta Constitución. En ningún caso se admitirán recursos ordinarios o constitucionales contra actos intraprocesales; VIII. VIII. Los titulares de los órganos presentarán anualmente un programa de trabajo y trimestralmente un informe de actividades a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión; comparecerán ante la Cámara de Senadores anualmente y ante las Cámaras del Congreso en términos del artículo 93 de esta Constitución. El Ejecutivo Federal podrá solicitar a cualquiera de las Cámaras la comparecencia de los titulares ante éstas; IX. IX. Las leyes promoverán para estos órganos la transparencia gubernamental bajo principios de gobierno digital y datos abiertos; X. X. La retribución que perciban los Comisionados deberá ajustarse a lo previsto en el artículo 127 de esta Constitución; XI. XI. Los comisionados de los órganos podrán ser removidos de su cargo por las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado de la República, por falta grave en el ejercicio de sus funciones, en los términos que disponga la ley, y XII. XII. Cada órgano contará con un órgano interno de control, cuyo titular será designado por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, en los términos que disponga la ley. Vigésimo Primero Los órganos de gobierno, tanto de la Comisión Federal de Competencia Económica como del Instituto Federal de Telecomunicaciones se integrarán por siete Comisionados, incluyendo el Comisionado Presidente, designados en forma escalonada a propuesta del Ejecutivo Federal con la ratificación del Senado. Vigésimo Segundo El Presidente de cada uno de los órganos será nombrado por la Cámara de Senadores de entre los comisionados, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, por un periodo de cuatro años, renovable por una sola ocasión. Cuando la designación recaiga en un comisionado que concluya su encargo antes de dicho periodo, desempeñará la presidencia sólo por el tiempo que falte para concluir su encargo como comisionado. Vigésimo Tercero Los comisionados deberán cumplir los siguientes requisitos: I. I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; II. II. Ser mayor de treinta y cinco años; III. III. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año; IV. IV. Poseer título profesional; V. V. Haberse desempeñado, cuando menos tres años, en forma destacada en actividades profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias afines a las de competencia económica, radiodifusión o telecomunicaciones, según corresponda; VI. VI. Acreditar, en los términos de este precepto, los conocimientos técnicos necesarios para el ejercicio del cargo; VII. VII. No haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal o local, Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, durante el año previo a su nombramiento, y VIII. VIII. En la Comisión Federal de Competencia Económica, no haber ocupado, en los últimos tres años, ningún empleo, cargo o función directiva en las empresas que hayan estado sujetas a alguno de los procedimientos sancionatorios que sustancia el citado órgano. En el Instituto Federal de Telecomunicaciones no haber ocupado, en los últimos tres años, ningún empleo, cargo o función directiva en las empresas de los concesionarios comerciales o privados o de las entidades a ellos relacionadas, sujetas a la regulación del Instituto. Vigésimo Cuarto Los Comisionados se abstendrán de desempeñar cualquier otro empleo, trabajo o comisión públicos o privados, con excepción de los cargos docentes; estarán impedidos para conocer asuntos en que tengan interés directo o indirecto, en los términos que la ley determine, y serán sujetos del régimen de responsabilidades del Título Cuarto de esta Constitución y de juicio político. La ley regulará las modalidades conforme a las cuales los Comisionados podrán establecer contacto para tratar asuntos de su competencia con personas que representen los intereses de los agentes económicos regulados. Vigésimo Quinto Los Comisionados durarán en su encargo nueve años y por ningún motivo podrán desempeñar nuevamente ese cargo. En caso de falta absoluta de algún comisionado, se procederá a la designación correspondiente, a través del procedimiento previsto en este artículo y a fin de que el sustituto concluya el periodo respectivo. Vigésimo Sexto Los aspirantes a ser designados como Comisionados acreditarán el cumplimiento de los requisitos señalados en los numerales anteriores, ante un Comité de Evaluación integrado por los titulares del Banco de México, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Para tales efectos, el Comité de Evaluación instalará sus sesiones cada que tenga lugar una vacante de comisionado, decidirá por mayoría de votos y será presidido por el titular de la entidad con mayor antigüedad en el cargo, quien tendrá voto de calidad. Vigésimo Séptimo El Comité emitirá una convocatoria pública para cubrir la vacante. Verificará el cumplimiento, por parte de los aspirantes, de los requisitos contenidos en el presente artículo y, a quienes los hayan satisfecho, aplicará un examen de conocimientos en la materia; el procedimiento deberá observar los principios de transparencia, publicidad y máxima concurrencia. Vigésimo Octavo Para la formulación del examen de conocimientos, el Comité de Evaluación deberá considerar la opinión de cuando menos dos instituciones de educación superior y seguirá las mejores prácticas en la materia. Vigésimo Noveno
El Comité de Evaluación, por cada vacante, enviará al Ejecutivo una lista con un mínimo de tres y un máximo de cinco aspirantes, que hubieran obtenido las calificaciones aprobatorias más altas. En el caso de no completarse el número mínimo de aspirantes se emitirá una nueva convocatoria. El Ejecutivo seleccionará de entre esos aspirantes, al candidato que propondrá para su ratificación al Senado. Trigésimo La ratificación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales a partir de la presentación de la propuesta; en los recesos, la Comisión Permanente convocará desde luego al Senado. En caso de que la Cámara de Senadores rechace al candidato propuesto por el Ejecutivo, el Presidente de la República someterá una nueva propuesta, en los términos del párrafo anterior. Este procedimiento se repetirá las veces que sea necesario si se producen nuevos rechazos hasta que sólo quede un aspirante aprobado por el Comité de Evaluación, quien será designado comisionado directamente por el Ejecutivo. Trigésimo Primero Todos los actos del proceso de selección y designación de los Comisionados son inatacables. -
Texto original: 5 febrero 1917
Párrafo Fracción Texto original Primero Art. 28.- En los Estados Unidos Mexicanos no habrá monopolios ni estancos de ninguna clase; ni exención de impuestos; ni prohibiciones a título de protección a la industria; exceptuándose únicamente los relativos a la acuñación de moneda, a los correos, telégrafos y radiotelegrafía, a la emisión de billetes por medio de un solo Banco que controlará el Gobierno Federal, y a los privilegios que por determinado tiempo se concedan a los autores y artistas para la reproducción de sus obras, y a los que, para el uso exclusivo de sus inventos, se otorguen a los inventores y perfeccionadores de alguna mejora. Segundo En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos, de artículos de consumo necesario, y que tenga por objeto obtener el alza de precios; todo acto o procedimiento que evite o tienda a evitar la libre concurrencia en la producción, industria o comercio, o servicios al público; todo acuerdo o combinación, de cualquiera manera que se haga, de productores, industriales, comerciantes y empresarios de transportes o de alguno otro servicio, para evitar la competencia entre sí y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados; y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social. Tercero No constituyen monopolios las asociaciones de trabajadores formadas para proteger sus propios intereses. Cuarto Tampoco constituyen monopolios las asociaciones o sociedades cooperativas de productores para que, en defensa de sus intereses o del interés general, vendan directamente en los mercados extranjeros los productos nacionales o industriales que sean la principal fuente de riqueza de la región en que se produzcan, y que no sean artículos de primera necesidad, siempre que dichas asociaciones estén bajo la vigilancia o amparo del Gobierno Federal o de los Estados, y previa autorización que al efecto se obtenga de las legislaturas respectivas en cada caso. Las mismas legislaturas por sí o a propuesta del Ejecutivo, podrán derogar, cuando las necesidades públicas así lo exijan, las autorizaciones concedidas para la formación de las asociaciones de que se trata. -
Nube de palabras Texto Vigente: Nube de Palabras Texto Original: -
Evolución semántica:
- 358 palabras en el texto original
- 3,167 palabras en el texto vigente
- 4 párrafos originales
- 31 párrafos vigentes
- 30 decretos de reformas (1982, 1983, 1990, 1993, 1995, 2013, 2014, 2015, 2016)
Conteo de Palabra Ocurrencias Porcentaje federal 21 0.6502 instituto 16 0.4954 términos 15 0.4644 competencia 15 0.4644 constitución 14 0.4334 telecomunicaciones 14 0.4334 comisión 14 0.4334 como 13 0.4025 estado 13 0.4025 esta 13 0.4025 leyes 13 0.4025 podrán 12 0.3715 ley 12 0.3715 lo 11 0.3406 será 11 0.3406 artículo 11 0.3406 público 11 0.3406 ejecutivo 10 0.3096 vigésimo 10 0.3096 décimo 10 0.3096 comisionados 10 0.3096 cargo 10 0.3096 banco 9 0.2786 caso 9 0.2786 económica 9 0.2786 concesiones 9 0.2786 nacional 9 0.2786 serán 8 0.2477 forma 8 0.2477 procedimiento 8 0.2477 ser 8 0.2477 servicios 7 0.2167 objeto 7 0.2167 partes 7 0.2167 órganos 7 0.2167 artículos 7 0.2167 ningún 6 0.1858 comité 6 0.1858 contará 6 0.1858 cada 6 0.1858 gobierno 6 0.1858 entre 6 0.1858 sólo 6 0.1858 años 6 0.1858 cuando 6 0.1858 monopolios 6 0.1858 cámara 6 0.1858 comisionado 6 0.1858 materia 6 0.1858 evaluación 6 0.1858 general 6 0.1858 radiodifusión 6 0.1858 juicio 6 0.1858 podrá 6 0.1858 fin 6 0.1858 ejercicio 6 0.1858 funciones 6 0.1858 necesarias 6 0.1858 concurrencia 6 0.1858 órgano 5 0.1548 asociaciones 5 0.1548 amparo 5 0.1548 tendrá 5 0.1548 senado 5 0.1548 interés 5 0.1548 autoridad 5 0.1548 este 5 0.1548 social 5 0.1548 actividades 5 0.1548 conforme 5 0.1548 central 5 0.1548 dos 5 0.1548 uso 5 0.1548 aspirantes 5 0.1548 séptimo 5 0.1548 i 4 0.1238 v 4 0.1238 iv 4 0.1238 ii 4 0.1238 vi 4 0.1238 senadores 4 0.1238 viii 4 0.1238 acuerdo 4 0.1238 presentes 4 0.1238 intereses 4 0.1238 título 4 0.1238 primero 4 0.1238 áreas 4 0.1238 principios 4 0.1238 precios 4 0.1238 empleo 4 0.1238 presidente 4 0.1238 carácter 4 0.1238 haber 4 0.1238 concentración 4 0.1238 dispuesto 4 0.1238 exclusiva 4 0.1238 sean 4 0.1238 cuarto 4 0.1238 desarrollo 4 0.1238 propuesta 4 0.1238 libre 4 0.1238 transparencia 4 0.1238 ante 4 0.1238 servicio 4 0.1238 cumplimiento 4 0.1238 sexto 4 0.1238 prestación 4 0.1238 mediante 4 0.1238 designación 4 0.1238 tres 4 0.1238 miembros 4 0.1238 derechos 4 0.1238 autónomo 4 0.1238 prácticas 4 0.1238 iii 4 0.1238 terceras 4 0.1238 república 4 0.1238 resoluciones 4 0.1238 vii 4 0.1238 encargo 4 0.1238 personas 4 0.1238 activos 3 0.0929 6o 3 0.0929 7o 3 0.0929 vacante 3 0.0929 productos 3 0.0929 sí 3 0.0929 octavo 3 0.0929 párrafo 3 0.0929 requisitos 3 0.0929 quinto 3 0.0929 voto 3 0.0929 revocación 3 0.0929 deberá 3 0.0929 eliminar 3 0.0929 mismo 3 0.0929 cuya 3 0.0929 ratificación 3 0.0929 determine 3 0.0929 segundo 3 0.0929 hayan 3 0.0929 condiciones 3 0.0929 actos 3 0.0929 manera 3 0.0929 estratégicas 3 0.0929 bajo 3 0.0929 relacionadas 3 0.0929 deberán 3 0.0929 control 3 0.0929 estos 3 0.0929 asuntos 3 0.0929 ejerza 3 0.0929 comunicación 3 0.0929 generales 3 0.0929 constituyen 3 0.0929 previo 3 0.0929 desincorporación 3 0.0929 mercados 3 0.0929 modalidades 3 0.0929 materias 3 0.0929 conocimientos 3 0.0929 noveno 3 0.0929 mayor 3 0.0929 energía 3 0.0929 durante 3 0.0929 empresas 3 0.0929 autorización 3 0.0929 éstas 3 0.0929 treinta 3 0.0929 acceso 3 0.0929 quien 3 0.0929 regulación 3 0.0929 monopólicas 3 0.0929 función 3 0.0929 cumplir 3 0.0929 regulará 3 0.0929 propio 3 0.0929 titulares 3 0.0929 periodo 3 0.0929 mayoría 3 0.0929 opinión 3 0.0929 plazo 3 0.0929 previsto 3 0.0929 excepción 3 0.0929 tercero 3 0.0929 ordenar 3 0.0929 casos 3 0.0929 u 2 0.0619 x 2 0.0619 mexicano 2 0.0619 27 2 0.0619 ix 2 0.0619 xi 2 0.0619 permanente 2 0.0619 trigésimo 2 0.0619 eficiente 2 0.0619 emitir 2 0.0619 garantizará 2 0.0619 docentes 2 0.0619 eficacia 2 0.0619 convocatoria 2 0.0619 establecerá 2 0.0619 garantizando 2 0.0619 funcionamiento 2 0.0619 excepciones 2 0.0619 evitar 2 0.0619 educación 2 0.0619 siguientes 2 0.0619 ellas 2 0.0619 rectoría 2 0.0619 insumos 2 0.0619 directamente 2 0.0619 eficazmente 2 0.0619 tenga 2 0.0619 espectro 2 0.0619 concluya 2 0.0619 dentro 2 0.0619 petróleo 2 0.0619 dará 2 0.0619 mismas 2 0.0619 mínimo 2 0.0619 prioritario 2 0.0619 diputados 2 0.0619 falta 2 0.0619 contraríen 2 0.0619 cámaras 2 0.0619 nueva 2 0.0619 algún 2 0.0619 dicho 2 0.0619 esenciales 2 0.0619 hasta 2 0.0619 emitirá 2 0.0619 disponga 2 0.0619 contra 2 0.0619 hidrocarburos 2 0.0619 tiempo 2 0.0619 designado 2 0.0619 consumidores 2 0.0619 cabo 2 0.0619 normas 2 0.0619 trabajo 2 0.0619 organización 2 0.0619 fenómenos 2 0.0619 través 2 0.0619 procedimientos 2 0.0619 industriales 2 0.0619 necesario 2 0.0619 sido 2 0.0619 acciones 2 0.0619 previa 2 0.0619 sociedades 2 0.0619 respectivas 2 0.0619 anualmente 2 0.0619 legislaturas 2 0.0619 facultades 2 0.0619 otorgamiento 2 0.0619 demás 2 0.0619 esos 2 0.0619 unión 2 0.0619 explotación 2 0.0619 jurídica 2 0.0619 político 2 0.0619 asegurar 2 0.0619 otro 2 0.0619 directiva 2 0.0619 patrimonio 2 0.0619 méxico 2 0.0619 límites 2 0.0619 concesionarios 2 0.0619 garanticen 2 0.0619 congreso 2 0.0619 protegerá 2 0.0619 cinco 2 0.0619 examen 2 0.0619 conducción 2 0.0619 votos 2 0.0619 resolución 2 0.0619 agentes 2 0.0619 licitación 2 0.0619 públicos 2 0.0619 alza 2 0.0619 privados 2 0.0619 consumo 2 0.0619 pública 2 0.0619 nación 2 0.0619 radioeléctrico 2 0.0619 ocupado 2 0.0619 menos 2 0.0619 grave 2 0.0619 señalen 2 0.0619 organismos 2 0.0619 impuestos 2 0.0619 sustancialmente 2 0.0619 últimos 2 0.0619 todo 2 0.0619 distribución 2 0.0619 aprovechamiento 2 0.0619 económicos 2 0.0619 efecto 2 0.0619 dominio 2 0.0619 sociales 2 0.0619 privado 2 0.0619 designados 2 0.0619 poder 2 0.0619 indirecto 2 0.0619 atribuciones 2 0.0619 cualquier 2 0.0619 desempeñar 2 0.0619 refiere 2 0.0619 año 2 0.0619 días 2 0.0619 corresponda 2 0.0619 corresponde 2 0.0619 personalidad 2 0.0619 prioritarias 2 0.0619 cambios 2 0.0619 sectores 2 0.0619 efectos 2 0.0619 sin 2 0.0619 son 2 0.0619 opiniones 2 0.0619 secretario 2 0.0619 moneda 2 0.0619 más 2 0.0619 alguna 2 0.0619 necesarios 2 0.0619 entidades 2 0.0619 productores 2 0.0619 profesionales 2 0.0619 eficaz 2 0.0619 otorgar 2 0.0619 sesiones 2 0.0619 autoridades 2 0.0619 xii 2 0.0619 sujetos 2 0.0619 sujetas 2 0.0619 candidato 2 0.0619 máxima 2 0.0619 sistema 2 0.0619 barreras 2 0.0619 establecen 2 0.0619 fines 2 0.0619 bienes 2 0.0619 titular 2 0.0619 fijarán 2 0.0619 e 1 0.031 referida 1 0.031 inventores 1 0.031 causal 1 0.031 aplicadas 1 0.031 participe 1 0.031 doloso 1 0.031 2o 1 0.031 25 1 0.031 28 1 0.031 lalas 1 0.031 3o 1 0.031 94 1 0.031 93 1 0.031 vigilará 1 0.031 renovable 1 0.031 actuaciones 1 0.031 es 1 0.031 obtenido 1 0.031 necesidades 1 0.031 continuidad 1 0.031 si 1 0.031 artistas 1 0.031 científicas 1 0.031 utilización 1 0.031 castigará 1 0.031 actúen 1 0.031 adquisitivo 1 0.031 estadística 1 0.031 representen 1 0.031 ganador 1 0.031 sustituto 1 0.031 fiscal 1 0.031 proteger 1 0.031 usuario 1 0.031 aprobado 1 0.031 pasiva 1 0.031 esquema 1 0.031 lugar 1 0.031 fuente 1 0.031 determinadas 1 0.031 orgánico 1 0.031 determinación 1 0.031 producción 1 0.031 proceso 1 0.031 instituciones 1 0.031 sujetándose 1 0.031 empresarios 1 0.031 luego 1 0.031 resuelve 1 0.031 resuelva 1 0.031 administrar 1 0.031 tanto 1 0.031 integrarán 1 0.031 emitan 1 0.031 comerciantes 1 0.031 objetivo 1 0.031 meramente 1 0.031 regirán 1 0.031 admitirán 1 0.031 obras 1 0.031 establecido 1 0.031 lucro 1 0.031 perfeccionadores 1 0.031 independientes 1 0.031 respectivo 1 0.031 transmisión 1 0.031 notificará 1 0.031 naturales 1 0.031 obtener 1 0.031 satélite 1 0.031 obtenga 1 0.031 tales 1 0.031 contacto 1 0.031 tratar 1 0.031 correos 1 0.031 completarse 1 0.031 conductas 1 0.031 poderes 1 0.031 ciudadano 1 0.031 removidos 1 0.031 removidas 1 0.031 citado 1 0.031 juicios 1 0.031 redes 1 0.031 estabilización 1 0.031 recursos 1 0.031 indígenas 1 0.031 emisión 1 0.031 constituirán 1 0.031 permisos 1 0.031 nacimiento 1 0.031 contraprestaciones 1 0.031 favor 1 0.031 radiactivos 1 0.031 ajustarse 1 0.031 calificada 1 0.031 competencias 1 0.031 incumplimiento 1 0.031 planeación 1 0.031 calidad 1 0.031 presidencia 1 0.031 prohibiciones 1 0.031 profesional 1 0.031 independencia 1 0.031 nacionales 1 0.031 requiera 1 0.031 número 1 0.031 tengan 1 0.031 tener 1 0.031 abstendrán 1 0.031 garantizarán 1 0.031 competentes 1 0.031 concluir 1 0.031 seleccionará 1 0.031 consecuencia 1 0.031 ejecutarán 1 0.031 quedan 1 0.031 comunitarias 1 0.031 evitarán 1 0.031 acuñación 1 0.031 pagar 1 0.031 perseguirán 1 0.031 asignación 1 0.031 tratamiento 1 0.031 nuevamente 1 0.031 desempeñado 1 0.031 accionario 1 0.031 concentraciones 1 0.031 observancia 1 0.031 desempeñará 1 0.031 cobertura 1 0.031 falte 1 0.031 ocasión 1 0.031 régimen 1 0.031 operación 1 0.031 coordinados 1 0.031 altas 1 0.031 nuevos 1 0.031 seguridad 1 0.031 intervención 1 0.031 ramo 1 0.031 procurar 1 0.031 cuyo 1 0.031 nueve 1 0.031 primera 1 0.031 dicha 1 0.031 técnica 1 0.031 telégrafos 1 0.031 geográfica 1 0.031 mecanismo 1 0.031 apegará 1 0.031 permitirles 1 0.031 convocará 1 0.031 estarán 1 0.031 denominados 1 0.031 soberanía 1 0.031 extranjeros 1 0.031 anteriores 1 0.031 bases 1 0.031 asegurando 1 0.031 todos 1 0.031 temporal 1 0.031 decidirán 1 0.031 verificará 1 0.031 conoce 1 0.031 administración 1 0.031 destacada 1 0.031 región 1 0.031 investigación 1 0.031 suficiencia 1 0.031 antigüedad 1 0.031 comerciales 1 0.031 sustancien 1 0.031 factor 1 0.031 técnicos 1 0.031 multas 1 0.031 culturales 1 0.031 rechazos 1 0.031 incluyendo 1 0.031 presupuesto 1 0.031 trámites 1 0.031 cuente 1 0.031 remunerados 1 0.031 estabilidad 1 0.031 seguirá 1 0.031 garantizar 1 0.031 generación 1 0.031 superior 1 0.031 precio 1 0.031 sujeción 1 0.031 civiles 1 0.031 manejo 1 0.031 minerales 1 0.031 nombrado 1 0.031 reputación 1 0.031 interno 1 0.031 intraprocesales 1 0.031 provoquen 1 0.031 autores 1 0.031 prevengan 1 0.031 previniendo 1 0.031 retribución 1 0.031 110 1 0.031 127 1 0.031 autorizaciones 1 0.031 exijan 1 0.031 suspensión 1 0.031 prisión 1 0.031 regulatoria 1 0.031 federación 1 0.031 nombramiento 1 0.031 propondrá 1 0.031 seguido 1 0.031 anticompetitivos 1 0.031 mantendrá 1 0.031 impugnarse 1 0.031 hubieran 1 0.031 zona 1 0.031 sujetarán 1 0.031 señale 1 0.031 geografía 1 0.031 organismo 1 0.031 contando 1 0.031 sola 1 0.031 especializados 1 0.031 frecuencias 1 0.031 institución 1 0.031 ordenará 1 0.031 formación 1 0.031 presidido 1 0.031 vías 1 0.031 aprobación 1 0.031 estar 1 0.031 intermediaciones 1 0.031 senador 1 0.031 jefe 1 0.031 gobernador 1 0.031 sustancia 1 0.031 firmes 1 0.031 oportuno 1 0.031 correspondiente 1 0.031 otorguen 1 0.031 omisiones 1 0.031 presentación 1 0.031 hagan 1 0.031 digital 1 0.031 rechace 1 0.031 partir 1 0.031 estén 1 0.031 numerales 1 0.031 someterá 1 0.031 federativas 1 0.031 estará 1 0.031 distribuir 1 0.031 desempeño 1 0.031 mercado 1 0.031 ventaja 1 0.031 ejercerá 1 0.031 formadas 1 0.031 desde 1 0.031 clase 1 0.031 acuerdos 1 0.031 siete 1 0.031 exclusivo 1 0.031 votación 1 0.031 aplicará 1 0.031 fijará 1 0.031 imponga 1 0.031 reclamarse 1 0.031 imponer 1 0.031 cometidas 1 0.031 riqueza 1 0.031 siguiente 1 0.031 datos 1 0.031 impugnados 1 0.031 anterior 1 0.031 aspirante 1 0.031 infraestructura 1 0.031 ninguna 1 0.031 condenado 1 0.031 separación 1 0.031 etapa 1 0.031 decisiones 1 0.031 dictarán 1 0.031 sustanciados 1 0.031 pocas 1 0.031 absoluta 1 0.031 necesidad 1 0.031 cuatro 1 0.031 dichos 1 0.031 improrrogable 1 0.031 salvo 1 0.031 haberse 1 0.031 dichas 1 0.031 proveer 1 0.031 protección 1 0.031 sancionatorios 1 0.031 provean 1 0.031 nuclear 1 0.031 incluyen 1 0.031 registro 1 0.031 supervisión 1 0.031 informe 1 0.031 fiduciaria 1 0.031 establezcan 1 0.031 perciban 1 0.031 cruzada 1 0.031 decidirá 1 0.031 resultados 1 0.031 económico 1 0.031 procederá 1 0.031 regional 1 0.031 obligar 1 0.031 aseguren 1 0.031 denominado 1 0.031 extracción 1 0.031 unidos 1 0.031 comparecerán 1 0.031 formulación 1 0.031 goce 1 0.031 cualquiera 1 0.031 ejercer 1 0.031 propuesto 1 0.031 economía 1 0.031 enviará 1 0.031 innecesarias 1 0.031 promueva 1 0.031 recibir 1 0.031 manos 1 0.031 popular 1 0.031 máximos 1 0.031 ello 1 0.031 constituya 1 0.031 programa 1 0.031 excesivas 1 0.031 donde 1 0.031 propiedad 1 0.031 correspondientes 1 0.031 eléctrico 1 0.031 eléctrica 1 0.031 beneficencia 1 0.031 precepto 1 0.031 principal 1 0.031 cuidado 1 0.031 éstos 1 0.031 publicidad 1 0.031 jueces 1 0.031 políticos 1 0.031 combinación 1 0.031 evaluará 1 0.031 según 1 0.031 derogar 1 0.031 durarán 1 0.031 públicas 1 0.031 escalonada 1 0.031 activa 1 0.031 colegiada 1 0.031 poseer 1 0.031 llevar 1 0.031 mejor 1 0.031 siempre 1 0.031 investigar 1 0.031 parte 1 0.031 otras 1 0.031 otros 1 0.031 antes 1 0.031 también 1 0.031 prohibidos 1 0.031 acreditar 1 0.031 tampoco 1 0.031 acreditarán 1 0.031 hacendaria 1 0.031 períodos 1 0.031 concesionamiento 1 0.031 quedado 1 0.031 menor 1 0.031 expida 1 0.031 presente 1 0.031 aquéllos 1 0.031 integrado 1 0.031 quede 1 0.031 desempeñarán 1 0.031 producen 1 0.031 estados 1 0.031 continuará 1 0.031 transcurrido 1 0.031 mejores 1 0.031 violaciones 1 0.031 selección 1 0.031 ponga 1 0.031 pena 1 0.031 toda 1 0.031 energética 1 0.031 cuales 1 0.031 privilegios 1 0.031 buena 1 0.031 insuficiencia 1 0.031 mexicanos 1 0.031 impedidos 1 0.031 efectivo 1 0.031 concedidas 1 0.031 monto 1 0.031 fortaleciendo 1 0.031 satisfecho 1 0.031 defensa 1 0.031 exploración 1 0.031 llevará 1 0.031 indebida 1 0.031 delito 1 0.031 cooperativas 1 0.031 conocer 1 0.031 motivo 1 0.031 lista 1 0.031 deliberarán 1 0.031 escalonamiento 1 0.031 mejora 1 0.031 titularidad 1 0.031 llevarse 1 0.031 severamente 1 0.031 proporciones 1 0.031 inventos 1 0.031 determinante 1 0.031 promoción 1 0.031 emanadas 1 0.031 derivados 1 0.031 concesión 1 0.031 señalados 1 0.031 representación 1 0.031 ferrocarriles 1 0.031 aviso 1 0.031 diputado 1 0.031 autónoma 1 0.031 radiotelegrafía 1 0.031 financieros 1 0.031 directo 1 0.031 reguladora 1 0.031 directa 1 0.031 solamente 1 0.031 constitucionales 1 0.031 párrafos 1 0.031 otorgarán 1 0.031 cargos 1 0.031 fondo 1 0.031 ciudad 1 0.031 respectivamente 1 0.031 ese 1 0.031 información 1 0.031 quienes 1 0.031 definir 1 0.031 aplicación 1 0.031 concesionar 1 0.031 solicitar 1 0.031 produzcan 1 0.031 asimétrica 1 0.031 estatuto 1 0.031 industria 1 0.031 comparecencia 1 0.031 tiene 1 0.031 asignaciones 1 0.031 fijen 1 0.031 fijan 1 0.031 cubrir 1 0.031 varias 1 0.031 administrativas 1 0.031 varios 1 0.031 regímenes 1 0.031 emitirán 1 0.031 sea 1 0.031 contenidos 1 0.031 consideren 1 0.031 tal 1 0.031 ordinarios 1 0.031 imparciales 1 0.031 promovido 1 0.031 medios 1 0.031 alguno 1 0.031 local 1 0.031 inatacables 1 0.031 hará 1 0.031 vendan 1 0.031 estancos 1 0.031 medidas 1 0.031 aprobatorias 1 0.031 emitirse 1 0.031 sector 1 0.031 considerar 1 0.031 tribunales 1 0.031 establezca 1 0.031 establecidos 1 0.031 propiciará 1 0.031 abasto 1 0.031 controle 1 0.031 ingresos 1 0.031 encargadas 1 0.031 vinculantes 1 0.031 entidad 1 0.031 acaparamiento 1 0.031 sirvan 1 0.031 ésta 1 0.031 éste 1 0.031 abiertos 1 0.031 vía 1 0.031 vigilancia 1 0.031 otorgadas 1 0.031 propios 1 0.031 trate 1 0.031 trata 1 0.031 restricciones 1 0.031 combatir 1 0.031 instalará 1 0.031 contratos 1 0.031 gubernamental 1 0.031 concedan 1 0.031 disposiciones 1 0.031 exagerados 1 0.031 recaiga 1 0.031 legislativo 1 0.031 presupuestal 1 0.031 exenciones 1 0.031 conceder 1 0.031 máximo 1 0.031 impondrá 1 0.031 gozar 1 0.031 uno 1 0.031 cesiones 1 0.031 afines 1 0.031 trimestralmente 1 0.031 prevenir 1 0.031 subsidios 1 0.031 financiamiento 1 0.031 únicamente 1 0.031 sanciones 1 0.031 causa 1 0.031 fideicomiso 1 0.031 exclusivamente 1 0.031 expresamente 1 0.031 afecten 1 0.031 final 1 0.031 establecer 1 0.031 regulados 1 0.031 billetes 1 0.031 reguladores 1 0.031 veces 1 0.031 vinculados 1 0.031 académicas 1 0.031 promoverán 1 0.031 vinculadas 1 0.031 participantes 1 0.031 observar 1 0.031 hecha 1 0.031 ejercerán 1 0.031 trabajadores 1 0.031 finanzas 1 0.031 amerite 1 0.031 presentarán 1 0.031 responsabilidades 1 0.031 repetirá 1 0.031 intermediación 1 0.031 regular 1 0.031 calificaciones 1 0.031 ellos 1 0.031 duración 1 0.031 pleno 1 0.031 plena 1 0.031 perjuicio 1 0.031 recesos 1 0.031 determinado 1 0.031 comercial 1 0.031 -
Acciones colectivas.
Áreas estratégicas y prioritarias del
desarrollo.
Banco central.
Bienes de dominio público.
Cámara de Senadores.
Comisión Federal de Competencia Económica.
Derecho a la alimentación.
Derechos sociales.
Federación.
Gobierno Federal.
Hacienda pública.
Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Libertad de comercio.
Libre concurrencia.
Monopolio.
Nación.
Órgano constitucional autónomo.
Petróleo e hidrocarburos.
Poder Ejecutivo Federal.
Presidente de la República.
Principios de políticas de gobierno.
Protección y orientación al consumidor.
Rectoría Económica.
Recursos naturales.
Servicios públicos.
Sistema financiero mexicano.
Soberanía.
Subsidio o exención.
Vías generales de comunicación.
* El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.
Listado de conceptos
- Conceptos de la A a la D
- Acciones colectivas
- Acción de inconstitucionalidad
- Acción penal
- Administración de justicia
- Administración pública
- Aguas nacionales
- Aguas y mares territoriales
- Asentamientos humanos
- Auto de vinculación a proceso
- Averiguación previa/investigación
- Banco central
- Bienes de dominio público
- Campañas y precampañas electorales
- Candidato independiente
- Ciudadanía
- Ciudad de México
- Comercio exterior
- Comisión Federal de Competencia Económica
- Comisión Federal de Mejora Regulatoria
- Comisión Nacional de los Derechos Humanos
- Comisión Permanente
- Competitividad económica
- Comunidad (Núcleo de población)
- Congreso de la Unión
- Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
- Consejo de Desarrollo Metropolitano
- Consejo de la Judicatura Federal
- Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social
- Consignación
- Constitución
- Consulta popular
- Contribución o impuesto
- Controversia constitucional
- Conurbaciones
- Corte Penal Internacional
- Cuerpo diplomático y consular
- Cámara de Diputados
- Cámara de Senadores
- Datos personales
- Debido proceso legal
- Defensoría de oficio
- Delito
- Demarcaciones territoriales de la Ciudad de México
- Democracia
- Derecho a la alimentación
- Derecho a la cultura física y la práctica del deporte
- Derecho a la educación
- Derecho al agua para consumo personal y doméstico
- Derecho a la información
- Derecho a la protección de la salud
- Derecho a la vivienda
- Derecho al medio ambiente
- Derecho al trabajo
- Derecho a poseer armas
- Derecho de asociación
- Derecho de petición
- Derecho de propiedad
- Derecho de reunión
- Derecho de réplica
- Derecho de tránsito
- Derechos de los niños
- Derechos de los pueblos indígenas
- Derechos humanos
- Derechos laborales
- Derechos políticos
- Derechos sociales
- Desarrollo rural integral
- Desarrollo urbano
- Deuda pública o nacional
- Distribución equitativa de la riqueza pública
- Áreas estratégicas y prioritarias del desarrollo
- Conceptos de la E a la J
- Ejido
- Elecciones
- Empresas de participación estatal mayoritaria
- Empresas productivas del Estado
- Entidades federativas
- Entidades paraestatales
- Estado federal
- Expropiación
- Extinción de dominio
- Extranjería
- Federalismo
- Fideicomiso público
- Financiamiento de partidos políticos
- Fiscalización superior de la Federación
- Fiscalía General de la República
- Fuero constitucional
- Fuerzas armadas
- Fundamentación
- Garantía de audiencia
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