Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

Artículo 53

Ultima reforma el 29 de enero de 2016

  • Párrafo Fracción Texto vigente
    Primero Artículo 53. La demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, sin que en ningún caso la representación de una entidad federativa pueda ser menor de dos diputados de mayoría.
    Segundo Para la elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional y el Sistema de Listas Regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La Ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones.

  • Texto original: 5 febrero 1917

    Párrafo Fracción Texto original
    Primero

    Art. 53.- Por cada diputado propietario, se elegirá un suplente.

  • Nube de palabras Texto Vigente:

     

    Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

     

     

    Nube de Palabras Texto Original:
    Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

  • Evolución semántica:

    • 8 palabras en el texto original
    • 106 palabras en el texto vigente
    • 1 párrafo original
    • 2 párrafos vigentes
    • 3 decretos de reformas (1977, 1986, 2016)

     

    Conteo de Palabra Ocurrencias Porcentaje
    distritos 3 2.7273
    electorales 3 2.7273
    circunscripciones 2 1.8182
    diputados 2 1.8182
    territorial 2 1.8182
    entre 2 1.8182
    país 2 1.8182
    uninominales 2 1.8182
    representación 2 1.8182
    que 2 1.8182
    población 2 1.8182
    demarcación 2 1.8182
    53 1 0.9091
    ningún 1 0.9091
    constituirán 1 0.9091
    pueda 1 0.9091
    primero 1 0.9091
    segundo 1 0.9091
    cuenta 1 0.9091
    listas 1 0.9091
    caso 1 0.9091
    300 1 0.9091
    200 1 0.9091
    teniendo 1 0.9091
    federativas 1 0.9091
    será 1 0.9091
    artículo 1 0.9091
    total 1 0.9091
    resulte 1 0.9091
    dividir 1 0.9091
    cinco 1 0.9091
    principio 1 0.9091
    plurinominales 1 0.9091
    último 1 0.9091
    según 1 0.9091
    para 1 0.9091
    menor 1 0.9091
    general 1 0.9091
    proporcional 1 0.9091
    distribución 1 0.9091
    forma 1 0.9091
    regionales 1 0.9091
    señalados 1 0.9091
    censo 1 0.9091
    dos 1 0.9091
    del 1 0.9091
    sin 1 0.9091
    ser 1 0.9091
    hará 1 0.9091
    entidades 1 0.9091
    las 1 0.9091
    ley 1 0.9091
    entidad 1 0.9091
    mayoría 1 0.9091
    elección 1 0.9091
    una 1 0.9091
    sistema 1 0.9091
    establecer 1 0.9091
    federativa 1 0.9091
    determinará 1 0.9091

     

  • Cámara de Diputados.

    * El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.

 

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