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Artículo 79

Ultima reforma el 29 de enero de 2016

  • Párrafo Fracción Texto vigente
    Primero Artículo 79. La Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, tendrá autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la ley.
    Segundo La función de fiscalización será ejercida conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.
    Tercero La Auditoría Superior de la Federación podrá iniciar el proceso de fiscalización a partir del primer día hábil del ejercicio fiscal siguiente, sin perjuicio de que las observaciones o recomendaciones que, en su caso realice, deberán referirse a la información definitiva presentada en la Cuenta Pública.
    Cuarto Asimismo, por lo que corresponde a los trabajos de planeación de las auditorías, la Auditoría Superior de la Federación podrá solicitar información del ejercicio en curso, respecto de procesos concluidos.
    Quinto  La Auditoría Superior de la Federación tendrá a su cargo:
    I.

    I. Fiscalizar en forma posterior los ingresos, egresos y deuda; las garantías que, en su caso, otorgue el Gobierno Federal respecto a empréstitos de los Estados y Municipios; el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, así como realizar auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales, a través de los informes que se rendirán en los términos que disponga la Ley.

    También fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. En los términos que establezca la ley fiscalizará, en coordinación con las entidades locales de fiscalización o de manera directa, las participaciones federales. En el caso de los Estados y los Municipios cuyos empréstitos cuenten con la garantía de la Federación, fiscalizará el destino y ejercicio de los recursos correspondientes que hayan realizado los gobiernos locales. Asimismo, fiscalizará los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, fondos y mandatos, públicos o privados, o cualquier otra figura jurídica, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.

    Las entidades fiscalizadas a que se refiere el párrafo anterior deberán llevar el control y registro contable, patrimonial y presupuestario de los recursos de la Federación que les sean transferidos y asignados, de acuerdo con los criterios que establezca la Ley.

    La Auditoría Superior de la Federación podrá solicitar y revisar, de manera casuística y concreta, información de ejercicios anteriores al de la Cuenta Pública en revisión, sin que por este motivo se entienda, para todos los efectos legales, abierta nuevamente la Cuenta Pública del ejercicio al que pertenece la información solicitada, exclusivamente cuando el programa, proyecto o la erogación, contenidos en el presupuesto en revisión abarque para su ejecución y pago diversos ejercicios fiscales o se trate de revisiones sobre el cumplimiento de los objetivos de los programas federales. Las observaciones y recomendaciones que, respectivamente, la Auditoría Superior de la Federación emita, sólo podrán referirse al ejercicio de los recursos públicos de la Cuenta Pública en revisión.

    Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior, en las situaciones que determine la Ley, derivado de denuncias, la Auditoría Superior de la Federación, previa autorización de su Titular, podrá revisar durante el ejercicio fiscal en curso a las entidades fiscalizadas, así como respecto de ejercicios anteriores. Las entidades fiscalizadas proporcionarán la información que se solicite para la revisión, en los plazos y términos señalados por la Ley y, en caso de incumplimiento, serán aplicables las sanciones previstas en la misma. La Auditoría Superior de la Federación rendirá un informe específico a la Cámara de Diputados y, en su caso, promoverá las acciones que correspondan ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción o las autoridades competentes;

     

    II.

    II. Entregar a la Cámara de Diputados, el último día hábil de los meses de junio y octubre, así como el 20 de febrero del año siguiente al de la presentación de la Cuenta Pública, los informes individuales de auditoría que concluya durante el periodo respectivo. Asimismo, en esta última fecha, entregar el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública, el cual se someterá a la consideración del Pleno de dicha Cámara. El Informe General Ejecutivo y los informes individuales serán de carácter público y tendrán el contenido que determine la ley; estos últimos incluirán como mínimo el dictamen de su revisión, un apartado específico con las observaciones de la Auditoría Superior de la Federación, así como las justificaciones y aclaraciones que, en su caso, las entidades fiscalizadas hayan presentado sobre las mismas.

    Para tal efecto, de manera previa a la presentación del Informe General Ejecutivo y de los informes individuales de auditoría, se darán a conocer a las entidades fiscalizadas la parte que les corresponda de los resultados de su revisión, a efecto de que éstas presenten las justificaciones y aclaraciones que correspondan, las cuales deberán ser valoradas por la Auditoría Superior de la Federación para la elaboración de los informes individuales de auditoría.

    El titular de la Auditoría Superior de la Federación enviará a las entidades fiscalizadas los informes individuales de auditoría que les corresponda, a más tardar a los 10 días hábiles posteriores a que haya sido entregado el informe individual de auditoría respectivo a la Cámara de Diputados, mismos que contendrán las recomendaciones y acciones que correspondan para que, en un plazo de hasta 30 días hábiles, presenten la información y realicen las consideraciones que estimen pertinentes; en caso de no hacerlo se harán acreedores a las sanciones establecidas en Ley. Lo anterior, no aplicará a las promociones de responsabilidades ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, las cuales se sujetarán a los procedimientos y términos que establezca la Ley.

    La Auditoría Superior de la Federación deberá pronunciarse en un plazo de 120 días hábiles sobre las respuestas emitidas por las entidades fiscalizadas, en caso de no hacerlo, se tendrán por atendidas las recomendaciones y acciones promovidas.

    En el caso de las recomendaciones, las entidades fiscalizadas deberán precisar ante la Auditoría Superior de la Federación las mejoras realizadas, las acciones emprendidas o, en su caso, justificar su improcedencia.

    La Auditoría Superior de la Federación deberá entregar a la Cámara de Diputados, los días 1 de los meses de mayo y noviembre de cada año, un informe sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, correspondientes a cada uno de los informes individuales de auditoría que haya presentado en los términos de esta fracción. En dicho informe, el cual tendrá carácter público, la Auditoría incluirá los montos efectivamente resarcidos a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales, como consecuencia de sus acciones de fiscalización, las denuncias penales presentadas y los procedimientos iniciados ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

    La Auditoría Superior de la Federación deberá guardar reserva de sus actuaciones y observaciones hasta que rinda los informes individuales de auditoría y el Informe General Ejecutivo a la Cámara de Diputados a que se refiere esta fracción; la Ley establecerá las sanciones aplicables a quienes infrinjan esta disposición;

    III. III. Investigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos federales, y efectuar visitas domiciliarias, únicamente para exigir la exhibición de libros, papeles o archivos indispensables para la realización de sus investigaciones, sujetándose a las leyes y a las formalidades establecidas para los cateos, y
    IV. IV. Derivado de sus investigaciones, promover las responsabilidades que sean procedentes ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, para la imposición de las sanciones que correspondan a los servidores públicos federales y, en el caso del párrafo segundo de la fracción I de este artículo, a los servidores públicos de los estados, municipios, del Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales, y a los particulares.
    Sexto Cámara de Diputados designará al titular de la Auditoría Superior de la Federación por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes. La ley determinará el procedimiento para su designación. Dicho titular durará en su encargo ocho años y podrá ser nombrado nuevamente por una sola vez. Podrá ser removido, exclusivamente, por las causas graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Cuarto de esta Constitución.
    Séptimo

     

    Para ser titular de la Auditoría Superior de la Federación se requiere cumplir, además de los requisitos establecidos en las fracciones I, II, IV, V y VI del artículo 95 de esta Constitución, los que señale la ley. Durante el ejercicio de su encargo no podrá formar parte de ningún partido político, ni desempeñar otro empleo, cargo o comisión, salvo los no remunerados en asociaciones científicas, docentes, artísticas o de beneficencia.

    Octavo

     

    Los Poderes de la Unión, las entidades federativas y las demás entidades fiscalizadas facilitarán los auxilios que requiera la Auditoría Superior de la Federación para el ejercicio de sus funciones y, en caso de no hacerlo, se harán acreedores a las sanciones que establezca la Ley. Asimismo, los servidores públicos federales y locales, así como cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, fideicomiso, mandato o fondo, o cualquier otra figura jurídica, que reciban o ejerzan recursos públicos federales, deberán proporcionar la información y documentación que solicite la Auditoría Superior de la Federación, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero. En caso de no proporcionar la información, los responsables serán sancionados en los términos que establezca la Ley.

    Noveno El Poder Ejecutivo Federal aplicará el procedimiento administrativo de ejecución para el cobro de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias a que se refiere la fracción IV del presente artículo.

  • Texto original: 5 febrero 1917

    Párrafo Fracción Texto original
    Primero Art. 79.- La Comisión Permanente, además de las atribuciones que expresamente le confiere esta Constitución, tendrá las siguientes:
    I I.- Prestar su consentimiento para el uso de la Guardia Nacional, en los casos de que habla el artículo 76, fracción IV.
    II II.- Recibir, en su caso, la protesta del Presidente de la República, de los miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de los Magistrados del Distrito Federal y Territorios, si estos últimos funcionarios se encontraren en la ciudad de México.
    III III.- Dictaminar sobre todos los asuntos que queden sin resolución en los expedientes a fin de que en el inmediato período de sesiones sigan tramitándose.
    IV

    IV.- Convocar a sesiones extraordinarias, en el caso de delitos oficiales o del orden común cometidos por secretarios de Estado o ministros de la Suprema Corte, y delitos oficiales federales, cometidos por los gobernadores de los Estados, siempre que esté ya instruido el proceso por la Comisión del Gran Jurado, en cuyo caso no se tratará ningún negocio del Congreso, ni se prolongarán las sesiones por más tiempo que el indispensable para fallar.

  • Nube de palabras Texto Vigente:

     

    Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

     

     

    Nube de Palabras Texto Original:
     Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

  • Evolución semántica:

    • 179 palabras en el texto original
    • 1670 palabras en el texto vigente
    • 1 párrafo original
    • 9 párrafos vigentes
    • 15 decretos de reformas (1923, 1928, 1933, 1966, 1971, 1974, 1985, 1987, 1993, 1994, 1999, 2008, 2015, 2016)

     

    Conteo de Palabra Ocurrencias Porcentaje
    auditoría 27 1.6033
    federación 21 1.247
    superior 20 1.1876
    para 16 0.9501
    ley 15 0.8907
    caso 13 0.772
    entidades 12 0.7126
    por 11 0.6532
    federales 11 0.6532
    fiscalizadas 9 0.5344
    pública 9 0.5344
    ejercicio 9 0.5344
    recursos 8 0.4751
    federal 8 0.4751
    informe 8 0.4751
    cámara 8 0.4751
    públicos 8 0.4751
    información 8 0.4751
    sus 8 0.4751
    informes 8 0.4751
    no 7 0.4157
    como 7 0.4157
    individuales 7 0.4157
    términos 7 0.4157
    diputados 7 0.4157
    podrá 7 0.4157
    con 7 0.4157
    al 6 0.3563
    revisión 6 0.3563
    cuenta 6 0.3563
    acciones 6 0.3563
    esta 6 0.3563
    recomendaciones 6 0.3563
    sobre 6 0.3563
    sanciones 6 0.3563
    un 5 0.2969
    ejecutivo 5 0.2969
    deberán 5 0.2969
    procedimientos 5 0.2969
    fiscalización 5 0.2969
    ante 5 0.2969
    así 5 0.2969
    observaciones 5 0.2969
    sin 5 0.2969
    establezca 5 0.2969
    titular 5 0.2969
    i 4 0.2375
    iv 4 0.2375
    administrativa 4 0.2375
    fiscalizará 4 0.2375
    asimismo 4 0.2375
    municipios 4 0.2375
    artículo 4 0.2375
    fracción 4 0.2375
    correspondan 4 0.2375
    general 4 0.2375
    tribunal 4 0.2375
    cualquier 4 0.2375
    justicia 4 0.2375
    días 4 0.2375
    ser 4 0.2375
    perjuicio 4 0.2375
    locales 3 0.1781
    lo 3 0.1781
    ii 3 0.1781
    párrafo 3 0.1781
    hacerlo 3 0.1781
    servidores 3 0.1781
    tendrá 3 0.1781
    fondos 3 0.1781
    deberá 3 0.1781
    entregar 3 0.1781
    manera 3 0.1781
    respecto 3 0.1781
    ejerzan 3 0.1781
    anterior 3 0.1781
    durante 3 0.1781
    ejercicios 3 0.1781
    estados 3 0.1781
    serán 3 0.1781
    refiere 3 0.1781
    leyes 3 0.1781
    establecidos 3 0.1781
    les 3 0.1781
    hábiles 3 0.1781
    autoridades 3 0.1781
    causas 2 0.1188
    específico 2 0.1188
    fiscalía 2 0.1188
    derivado 2 0.1188
    fiscal 2 0.1188
    solicite 2 0.1188
    tendrán 2 0.1188
    combate 2 0.1188
    respectivo 2 0.1188
    poderes 2 0.1188
    presenten 2 0.1188
    promovidas 2 0.1188
    justificaciones 2 0.1188
    revisar 2 0.1188
    usuarios 2 0.1188
    nuevamente 2 0.1188
    especializada 2 0.1188
    misma 2 0.1188
    física 2 0.1188
    dicho 2 0.1188
    cual 2 0.1188
    territoriales 2 0.1188
    hasta 2 0.1188
    acreedores 2 0.1188
    anteriores 2 0.1188
    harán 2 0.1188
    disponga 2 0.1188
    determine 2 0.1188
    segundo 2 0.1188
    hayan 2 0.1188
    transferidos 2 0.1188
    competencia 2 0.1188
    manejo 2 0.1188
    carácter 2 0.1188
    ejecución 2 0.1188
    cada 2 0.1188
    señale 2 0.1188
    presentación 2 0.1188
    federativas 2 0.1188
    entes 2 0.1188
    presentado 2 0.1188
    investigaciones 2 0.1188
    aplicará 2 0.1188
    previa 2 0.1188
    constitución 2 0.1188
    siguiente 2 0.1188
    sean 2 0.1188
    aclaraciones 2 0.1188
    este 2 0.1188
    unión 2 0.1188
    financiero 2 0.1188
    cuarto 2 0.1188
    jurídica 2 0.1188
    corrupción 2 0.1188
    otra 2 0.1188
    correspondientes 2 0.1188
    demarcaciones 2 0.1188
    parte 2 0.1188
    otras 2 0.1188
    público 2 0.1188
    denuncias 2 0.1188
    programas 2 0.1188
    moral 2 0.1188
    proporcionar 2 0.1188
    cumplimiento 2 0.1188
    hábil 2 0.1188
    cuales 2 0.1188
    meses 2 0.1188
    custodia 2 0.1188
    conforme 2 0.1188
    efecto 2 0.1188
    privada 2 0.1188
    persona 2 0.1188
    derechos 2 0.1188
    empréstitos 2 0.1188
    iii 2 0.1188
    día 2 0.1188
    año 2 0.1188
    procedimiento 2 0.1188
    aplicación 2 0.1188
    solicitar 2 0.1188
    corresponda 2 0.1188
    contenidos 2 0.1188
    curso 2 0.1188
    haya 2 0.1188
    establecidas 2 0.1188
    entidad 2 0.1188
    plazo 2 0.1188
    sistema 2 0.1188
    auditorías 2 0.1188
    exclusivamente 2 0.1188
    conformidad 2 0.1188
    figura 2 0.1188
    aplicables 2 0.1188
    encargo 2 0.1188
    referirse 2 0.1188
    cargo 2 0.1188
    objetivos 2 0.1188
    responsabilidades 2 0.1188
    1 1 0.0594
    penales 1 0.0594
    v 1 0.0594
    u 1 0.0594
    30 1 0.0594
    20 1 0.0594
    10 1 0.0594
    79 1 0.0594
    95 1 0.0594
    gobiernos 1 0.0594
    atendidas 1 0.0594
    actuaciones 1 0.0594
    autonomía 1 0.0594
    ni 1 0.0594
    legales 1 0.0594
    vi 1 0.0594
    científicas 1 0.0594
    decidir 1 0.0594
    contable 1 0.0594
    consideración 1 0.0594
    fideicomisos 1 0.0594
    proceso 1 0.0594
    sujetándose 1 0.0594
    ningún 1 0.0594
    fiscales 1 0.0594
    administren 1 0.0594
    octubre 1 0.0594
    abarque 1 0.0594
    rendirán 1 0.0594
    junio 1 0.0594
    revisiones 1 0.0594
    octavo 1 0.0594
    rinda 1 0.0594
    asociaciones 1 0.0594
    docentes 1 0.0594
    podrán 1 0.0594
    requisitos 1 0.0594
    acuerdo 1 0.0594
    garantías 1 0.0594
    establecerá 1 0.0594
    funcionamiento 1 0.0594
    presentes 1 0.0594
    quinto 1 0.0594
    resarcidos 1 0.0594
    realizado 1 0.0594
    mandato 1 0.0594
    directamente 1 0.0594
    incumplimiento 1 0.0594
    definitividad 1 0.0594
    voto 1 0.0594
    requerida 1 0.0594
    planeación 1 0.0594
    proyecto 1 0.0594
    requiera 1 0.0594
    requiere 1 0.0594
    administrativo 1 0.0594
    mayo 1 0.0594
    irregularidad 1 0.0594
    concluya 1 0.0594
    competentes 1 0.0594
    entienda 1 0.0594
    consecuencia 1 0.0594
    mismos 1 0.0594
    papeles 1 0.0594
    título 1 0.0594
    mismas 1 0.0594
    mínimo 1 0.0594
    posteriores 1 0.0594
    incluirán 1 0.0594
    improcedencia 1 0.0594
    cobro 1 0.0594
    exhibición 1 0.0594
    garantía 1 0.0594
    destino 1 0.0594
    libros 1 0.0594
    primero 1 0.0594
    dicha 1 0.0594
    casuística 1 0.0594
    técnica 1 0.0594
    principios 1 0.0594
    procedentes 1 0.0594
    noviembre 1 0.0594
    todos 1 0.0594
    diversos 1 0.0594
    efectivamente 1 0.0594
    imparcialidad 1 0.0594
    empleo 1 0.0594
    criterios 1 0.0594
    designará 1 0.0594
    ejercida 1 0.0594
    disposición 1 0.0594
    indispensables 1 0.0594
    consideraciones 1 0.0594
    archivos 1 0.0594
    presupuesto 1 0.0594
    remunerados 1 0.0594
    concluidos 1 0.0594
    apartado 1 0.0594
    exigir 1 0.0594
    febrero 1 0.0594
    actos 1 0.0594
    guardar 1 0.0594
    guardan 1 0.0594
    nombrado 1 0.0594
    interna 1 0.0594
    ocho 1 0.0594
    partes 1 0.0594
    concreta 1 0.0594
    pecuniarias 1 0.0594
    120 1 0.0594
    definitiva 1 0.0594
    rendirá 1 0.0594
    nombramiento 1 0.0594
    trabajos 1 0.0594
    domiciliarias 1 0.0594
    primer 1 0.0594
    sujetarán 1 0.0594
    presupuestario 1 0.0594
    sola 1 0.0594
    organización 1 0.0594
    entregado 1 0.0594
    gobierno 1 0.0594
    control 1 0.0594
    estos 1 0.0594
    omisiones 1 0.0594
    partir 1 0.0594
    través 1 0.0594
    someterá 1 0.0594
    erogación 1 0.0594
    particulares 1 0.0594
    reserva 1 0.0594
    desempeño 1 0.0594
    pertinentes 1 0.0594
    será 1 0.0594
    conducta 1 0.0594
    sido 1 0.0594
    deuda 1 0.0594
    presentada 1 0.0594
    votación 1 0.0594
    gestión 1 0.0594
    patrimonial 1 0.0594
    valoradas 1 0.0594
    egreso 1 0.0594
    sólo 1 0.0594
    sancionados 1 0.0594
    noveno 1 0.0594
    darán 1 0.0594
    demás 1 0.0594
    solicitada 1 0.0594
    justificar 1 0.0594
    salvo 1 0.0594
    asignados 1 0.0594
    efectuar 1 0.0594
    registro 1 0.0594
    años 1 0.0594
    iniciar 1 0.0594
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    séptimo 1 0.0594
    precisar 1 0.0594
    tercero 1 0.0594
    formalidades 1 0.0594
    tardar 1 0.0594
    pleno 1 0.0594
    determinará 1 0.0594
    emitidas 1 0.0594
    confiabilidad 1 0.0594

     

     

     

  • Ciudad de México.
    Federación.
    Fiscalización superior de la Federación.
    Hacienda pública.
    Municipio.
    Principios de políticas de gobierno.
    Recursos públicos.
    Tribunal Federal de Justicia Administrativa. 

    * El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.

 

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