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Artículo 104
Ultima reforma el 29 de enero de 2016
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Párrafo Fracción Texto vigente Primero Artículo 104. Los Tribunales de la Federación conocerán: I. I. De los procedimientos relacionados con delitos del orden federal; II. II. De todas las controversias del orden civil o mercantil que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales o de los tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano. A elección del actor y cuando sólo se afecten intereses particulares, podrán conocer de ellas, los jueces y tribunales del orden común.
Las sentencias de primera instancia podrán ser apelables ante el superior inmediato del juez que conozca del asunto en primer grado;
III. III. De los recursos de revisión que se interpongan contra las resoluciones definitivas de los tribunales de justicia administrativa a que se refiere la fracción XXIX-H del artículo 73 de esta Constitución, sólo en los casos que señalen las leyes. Las revisiones, de las cuales conocerán los Tribunales Colegiados de Circuito, se sujetarán a los trámites que la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución fije para la revisión en amparo indirecto, y en contra de las resoluciones que en ellas dicten los Tribunales Colegiados de Circuito no procederá juicio o recurso alguno; IV. IV. De todas las controversias que versen sobre derecho marítimo; V. V. De aquellas en que la Federación fuese parte; VI. VI. De las controversias y de las acciones a que se refiere el artículo 105, mismas que serán del conocimiento exclusivo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; VII. VII. De las que surjan entre una entidad federativa y uno o más vecinos de otra, y VIII. VIII. De los casos concernientes a miembros del Cuerpo Diplomático y Consular. -
Texto original: 5 febrero 1917
Novena reforma: 27 mayo 2015
Párrafo
Fracción Reformas Primero
(Reformado)Artículo 104.- … I. … II. … III. III. De los recursos de revisión que se interpongan contra las resoluciones definitivas de los tribunales de justicia administrativa a que se refieren la fracción XXIX-H del artículo 73 y la BASE PRIMERA, fracción V, inciso n) y BASE QUINTA del artículo 122 de esta Constitución, sólo en los casos que señalen las leyes. Las revisiones, de las cuales conocerán los Tribunales Colegiados de Circuito, se sujetarán a los trámites que la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución fije para la revisión en amparo indirecto, y en contra de las resoluciones que en ellas dicten los Tribunales Colegiados de Circuito no procederá juicio o recurso alguno; IV. … V. … VI. … VII. … VIII. … Octava reforma: 6 junio 2011
Párrafo
Fracción Reformas Primero
(Adicionado)Artículo 104.- Los Tribunales de la Federación conocerán: I. I. De los procedimientos relacionados con delitos del orden federal; II. II. De todas las controversias del orden civil o mercantil que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales o de los tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano. A elección del actor y cuando sólo se afecten intereses particulares, podrán conocer de ellas, los jueces y tribunales del orden común.
Las sentencias de primera instancia podrán ser apelables ante el superior inmediato del juez que conozca del asunto en primer grado;
III. III. De los recursos de revisión que se interpongan contra las resoluciones definitivas de los tribunales de lo contencioso-administrativo a que se refieren la fracción XXIX-H del artículo 73 y fracción IV, inciso e) del artículo 122 de esta Constitución, sólo en los casos que señalen las leyes. Las revisiones, de las cuales conocerán los Tribunales Colegiados de Circuito, se sujetarán a los trámites que la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución fije para la revisión en amparo indirecto, y en contra de las resoluciones que en ellas dicten los Tribunales Colegiados de Circuito no procederá juicio o recurso alguno; IV. IV. De todas las controversias que versen sobre derecho marítimo; V. V. De aquellas en que la Federación fuese parte; VI.
VI. De las controversias y de las acciones a que se refiere el artículo 105, mismas que serán del
conocimiento exclusivo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;
VII. VII. De las que surjan entre un Estado y uno o más vecinos de otro, y VIII. VIII. De los casos concernientes a miembros del Cuerpo Diplomático y Consular. Séptima reforma: 31 diciembre 1994
Párrafo Fracción Reformas Primero
(Reformado)Artículo 104.- … I. I. … II. II. … III. III. … IV. IV. De las controversias y de las acciones a que se refiere el artículo 105, mismas que serán del conocimiento exclusivo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. V a VI … Sexta reforma: 25 octubre 1993
Párrafo Fracción Reformas Primero
(Reformado)Artículo 104.- Corresponde a los tribunales de la Federación conocer: I. I. …
I-B. De los recursos de revisión que se interpongan contra las resoluciones definitivas de los tribunales de lo contencioso-administrativo a que se refiere la fracción XXIX- H del artículo 73 y fracción IV, inciso e) del artículo 122 de esta Constitución, sólo en los casos que señalen las leyes. Las revisiones, de las cuales conocerán los Tribunales Colegiados de Circuito, se sujetaran a los tramites que la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución fije para la revisión en amparo indirecto, y en contra de las resoluciones que en ellas dicten los Tribunales Colegiados de Circuito no procederá juicio o recurso alguno;
II. II. … III. III. … IV. IV. … V a VI … Quinta reforma: 10 agosto 1987
Párrafo
Fracción Reformas Primero
(Reformado)Artículo 104.- … I. I. …
I-B. De los recursos de revisión que se interpongan contra las resoluciones definitivas de los tribunales de lo contencioso- administrativo a que se refiere la fracción XXIX- H del artículo 73 de esta Constitución, solo en los casos que señalen las leyes. Las revisiones, de las cuales conocerán los tribunales colegiados de circuito, se sujetaran a los tramites que la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución fije para la revisión en amparo indirecto, y en contra de las resoluciones que en ellas dicten los tribunales colegiados de circuito no procederá juicio o recurso alguno;
II. II. … III. III. … IV. IV. … V. V. … VI. VI. … Cuarta reforma: 8 octubre 1974
Párrafo Fracción Reformas Primero
(Reformado)Artículo 104.- … I. I. De todas las controversias del orden civil o criminal que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales o de los tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano. Cuando dichas controversias solo afecten intereses particulares, podrán conocer también de ellas, a elección del actor, los jueces y tribunales del orden común de los Estados y del Distrito Federal. Las sentencias de primera instancias podrán ser apelables para ante el superior inmediato del juez que conozco del asunto en primer grado.
Las leyes federales podrán instituir tribunal de lo contencioso- administrativo dotados de plena autonomía para dictar sus fallos, que tengan a su cargo dirimir las controversias que se susciten entre la Administración Pública Federal o del Distrito Federal, y los particulares, estableciendo las normas para su organización, su funcionamiento, el procedimiento y los recursos contra sus resoluciones.
…
…
II. II. … III. III. … IV. IV. … V. V. … VI. VI. … Tercera reforma: 25 octubre 1967
Párrafo Fracción Reformas Primero
(Reformado)Artículo 104.- Corresponde a los Tribunales de la Federación conocer: I. I. De todas las controversias del orden civil o criminal que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales o de los tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano. Cuando dichas controversias solo afecten intereses particulares, podrán conocer también de ellas, a elección del actor, los jueces y tribunales locales del orden común de los Estados, del Distrito Federal y Territorios. Las sentencias de primera instancias podrán ser apelables para ante el superior inmediato del juez que conozco del asunto en primer grado.
Las leyes federales podrán instituir tribunal de lo contencioso- administrativo dotados de plena autonomía para dictar sus fallos, que tengan a su cargo dirimir las controversias que se susciten entre la Administración Pública Federal o del Distrito y Territorios Federales, y los particulares, estableciendo las normas para su organización, su funcionamiento, el procedimiento y los recursos contra sus resoluciones.
Procederá el recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia contra las resoluciones definitivas de dichos tribunales administrativos, solo en los casos que señalen las leyes federales, y siempre que esas resoluciones hayan sido dictadas como consecuencia de un recurso interpuesto dentro de la jurisdicción contencioso- administrativa.
La revisión se sujetara a los tramites que la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución fije para la revision en amparo indirecto, y la resolución que en ella dicte la Suprema Corte de Justicia, quedara sujeta a las normas que regulan la ejecutoriedad y cumplimiento de las sentencias de amparo;
II. II. De todas las controversias que versen sobre derecho marítimo. III. III. De aquellas en que la Federación fuese parte; IV. IV. De las que susciten entre dos o más Estados o un estado y la Federación, así como de las que surgieren entre los tribunales del Distrito Federal y los de la Federación o un Estado; V. V. De las que surjan entre un Estado y uno o más vecinos de otro, y VI. VI. De los casos concernientes a miembros del Cuerpo Diplomático y Consular. Segunda reforma: 30 diciembre 1946
Párrafo Fracción Reformas Primero
(Reformado)Artículo 104.- Corresponde a los Tribunales de la Federación conocer: I. I. De todas las controversias del orden civil o criminal que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales o con motivo de los tratados celebrados con las potencias extranjeras. Cuando dichas controversias solo afecten intereses particulares, podrán conocer también de ellas, a elección del actor, los jueces y tribunales locales del orden común de los Estados, del Distrito Federal y Territorios. Las sentencias de primera instancias serán apelables para ante el superior inmediato del juez que conozco del asunto en primer grado.
En los juicios en que la Federación este interesada, las leyes podrán establecer recursos ante la Suprema Corte de Justicia contra las sentencias de segunda instancia o contra las de tribunales administrativos creados por ley federal, siempre que dichos tribunales estén dotados de plena autonomía para dictar sus fallos.
II. II. … III. III. … IV. IV…. V. V. … VI. VI. … Primera reforma : 18 enero 1934
Párrafo Fracción Reformas Primero
(Reformado)Artículo 104… I. I. De todas las controversias del orden civil o criminal que se susciten sobre cumplimiento y aplicación de leyes federales, o con motivo de los Tratados celebrados con las potencias extranjeras. Cuando dichas controversias solo afecten intereses particulares, podrán conocer también de ellas, a elección del actor, los jueces y Tribunales locales del orden común de los Estados, del Distrito Federal y Territorios. Las sentencias de primera instancia serán apelables para ante el superior inmediato del juez que conozca del asunto en primer grado. II. II. … III. III. … IV. IV…. V. V. … VI. VI. … Texto original: 5 febrero 1917
Párrafo Fracción Texto original Primero Artículo 104. Corresponde a los tribunales de la Federación conocer: I. I. De todas las controversias del orden civil o criminal que se susciten sobre cumplimiento y aplicación de leyes federales, o con motivo de los tratados celebrados con las potencias extranjeras. Cuando dichas controversias sólo afecten a intereses particulares, podrán conocer también de ellas, a elección del actor, los jueces y tribunales locales del orden común de los Estados, del Distrito Federal y Territorios. Las sentencias de primera instancia serán apelables para ante el superior inmediato del juez que conozca del asunto en primer grado. De las sentencias que se dicten en segunda instancia, podrán suplicarse para ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, preparándose, introduciéndose y substanciándose el recurso en los términos que determinare la ley. II. II. De todas las controversias que verse sobre derecho marítimo. III. III. De aquellas en que la Federación fuese parte. IV. IV. De las que se susciten entre dos o más Estados, o en un Estado y la Federación, así como de los que surgieren entre los tribunales del Distrito Federal y los de la Federación o un Estado. V. V. De las que surjan entre un Estado y uno o más vecinos de otro. VI. VI. De los casos concernientes a miembros del Cuerpo Diplomático y Consular. -
Nube de palabras Texto Vigente: Nube de Palabras Texto Original: -
Evolución semántica:
- 211 palabras en el texto original
- 265 palabras en el texto vigente
- 1 párrafo original
- 1 párrafo vigente
- 10 decretos de reformas (1934, 1946, 1967, 1974, 1987, 1993, 1994, 2011, 2015, 2016)
Conteo de Palabra Ocurrencias Porcentaje tribunales 5 1.8051 orden 3 1.083 artículo 3 1.083 controversias 3 1.083 i 2 0.722 v 2 0.722 iv 2 0.722 ii 2 0.722 vi 2 0.722 viii 2 0.722 podrán 2 0.722 ellas 2 0.722 revisión 2 0.722 contra 2 0.722 todas 2 0.722 federación 2 0.722 circuito 2 0.722 constitución 2 0.722 sólo 2 0.722 esta 2 0.722 conocerán 2 0.722 sobre 2 0.722 refiere 2 0.722 justicia 2 0.722 iii 2 0.722 leyes 2 0.722 resoluciones 2 0.722 vii 2 0.722 colegiados 2 0.722 casos 2 0.722 h 1 0.361 mexicano 1 0.361 73 1 0.361 no 1 0.361 recurso 1 0.361 surjan 1 0.361 versen 1 0.361 revisiones 1 0.361 corte 1 0.361 común 1 0.361 sentencias 1 0.361 recursos 1 0.361 reglamentaria 1 0.361 intereses 1 0.361 amparo 1 0.361 administrativa 1 0.361 federal 1 0.361 mismas 1 0.361 aquellas 1 0.361 primera 1 0.361 primero 1 0.361 concernientes 1 0.361 inmediato 1 0.361 juez 1 0.361 tratados 1 0.361 trámites 1 0.361 cuerpo 1 0.361 superior 1 0.361 actor 1 0.361 fuese 1 0.361 conozca 1 0.361 107 1 0.361 105 1 0.361 104 1 0.361 103 1 0.361 primer 1 0.361 sujetarán 1 0.361 relacionados 1 0.361 dicten 1 0.361 asunto 1 0.361 estado 1 0.361 procedimientos 1 0.361 particulares 1 0.361 entre 1 0.361 acciones 1 0.361 exclusivo 1 0.361 susciten 1 0.361 fracción 1 0.361 internacionales 1 0.361 procederá 1 0.361 cuando 1 0.361 otra 1 0.361 instancia 1 0.361 grado 1 0.361 diplomático 1 0.361 apelables 1 0.361 jueces 1 0.361 ante 1 0.361 parte 1 0.361 para 1 0.361 nación 1 0.361 fije 1 0.361 señalen 1 0.361 mercantil 1 0.361 cumplimiento 1 0.361 serán 1 0.361 cuales 1 0.361 juicio 1 0.361 consular 1 0.361 conocer 1 0.361 indirecto 1 0.361 miembros 1 0.361 derecho 1 0.361 delitos 1 0.361 conocimiento 1 0.361 aplicación 1 0.361 con 1 0.361 artículos 1 0.361 celebrados 1 0.361 ser 1 0.361 por 1 0.361 xxix 1 0.361 más 1 0.361 alguno 1 0.361 federales 1 0.361 ley 1 0.361 entidad 1 0.361 civil 1 0.361 elección 1 0.361 uno 1 0.361 una 1 0.361 suprema 1 0.361 interpongan 1 0.361 afecten 1 0.361 definitivas 1 0.361 marítimo 1 0.361 federativa 1 0.361 vecinos 1 0.361 -
Acción de inconstitucionalidad.
Controversia constitucional.
Cuerpo diplomático y consular.
Entidades federativas.
Federación.
Gobierno de la Ciudad de México.
Gobierno Federal.
Jurisdicción.
Poder Judicial Federal.
Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Tribunal Federal de Justicia Administrativa.* El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.
Listado de conceptos
- Conceptos de la A a la D
- Acciones colectivas
- Acción de inconstitucionalidad
- Acción penal
- Administración de justicia
- Administración pública
- Aguas nacionales
- Aguas y mares territoriales
- Asentamientos humanos
- Auto de vinculación a proceso
- Averiguación previa/investigación
- Banco central
- Bienes de dominio público
- Campañas y precampañas electorales
- Candidato independiente
- Ciudadanía
- Ciudad de México
- Comercio exterior
- Comisión Federal de Competencia Económica
- Comisión Federal de Mejora Regulatoria
- Comisión Nacional de los Derechos Humanos
- Comisión Permanente
- Competitividad económica
- Comunidad (Núcleo de población)
- Congreso de la Unión
- Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
- Consejo de Desarrollo Metropolitano
- Consejo de la Judicatura Federal
- Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social
- Consignación
- Constitución
- Consulta popular
- Contribución o impuesto
- Controversia constitucional
- Conurbaciones
- Corte Penal Internacional
- Cuerpo diplomático y consular
- Cámara de Diputados
- Cámara de Senadores
- Datos personales
- Debido proceso legal
- Defensoría de oficio
- Delito
- Demarcaciones territoriales de la Ciudad de México
- Democracia
- Derecho a la alimentación
- Derecho a la cultura física y la práctica del deporte
- Derecho a la educación
- Derecho al agua para consumo personal y doméstico
- Derecho a la información
- Derecho a la protección de la salud
- Derecho a la vivienda
- Derecho al medio ambiente
- Derecho al trabajo
- Derecho a poseer armas
- Derecho de asociación
- Derecho de petición
- Derecho de propiedad
- Derecho de reunión
- Derecho de réplica
- Derecho de tránsito
- Derechos de los niños
- Derechos de los pueblos indígenas
- Derechos humanos
- Derechos laborales
- Derechos políticos
- Derechos sociales
- Desarrollo rural integral
- Desarrollo urbano
- Deuda pública o nacional
- Distribución equitativa de la riqueza pública
- Áreas estratégicas y prioritarias del desarrollo
- Conceptos de la E a la J
- Ejido
- Elecciones
- Empresas de participación estatal mayoritaria
- Empresas productivas del Estado
- Entidades federativas
- Entidades paraestatales
- Estado federal
- Expropiación
- Extinción de dominio
- Extranjería
- Federalismo
- Fideicomiso público
- Financiamiento de partidos políticos
- Fiscalización superior de la Federación
- Fiscalía General de la República
- Fuero constitucional
- Fuerzas armadas
- Fundamentación
- Garantía de audiencia
- Garantía de exacta aplicación de la ley penal
- Garantía de legalidad en materia civil
- Garantías de la persona imputada
- Garantías del ofendido o de la víctima
- Garantías de seguridad jurídica
- Garantías individuales
- Gobernador
- Gobierno de coalición
- Gobierno de la Ciudad de México
- Gobierno federal
- Guardia Nacional
- Hacienda pública
- Impartición de justicia
- Inconstitucionalidad
- Indulto
- Informe del presidente de la República
- Iniciativa de ley
- Instituto Federal de Telecomunicaciones
- Instituto Nacional de Estadística y Geografía
- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
- Instituto Nacional Electoral
- Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
- Inversión extranjera
- Inviolabilidad de la correspondencia
- Inviolabilidad de las comunicaciones privadas
- Irretroactividad de la ley
- Islas
- Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
- Jefe de gobierno del Distrito Federal
- Juicio de amparo
- Juicio oral
- Juicio político
- Junta federal de conciliación y arbitraje
- Jurisdicción
- Jurisprudencia
- Justicia agraria
- Justicia laboral
- Conceptos de la L a la R
- Legislatura de la Ciudad de México
- Ley de ingresos de la Federación
- Libertad de comercio
- Libertad de culto
- Libertad de expresión
- Libertad de imprenta
- Libre concurrencia
- Medios de comunicación social
- Mejora regulatoria
- Mexicano
- Ministerio público
- Monopolio
- Motivación
- Municipio
- Nacionalidad
- Nación
- Naturalización
- Núcleo de población
- Orden de aprehensión
- Organismo descentralizado
- Organo constitucional autónomo
- Organos reguladores coordinados en materia energética
- Pacto federal
- Partidos políticos
- Pena
- Pena de muerte
- Persona imputada
- Petróleo e hidrocarburos
- Poder ejecutivo federal
- Poderes de la unión
- Poder judicial federal
- Poder legislativo federal
- Política cultural
- Política exterior
- Pregunta parlamentaria
- Presidente de la República
- Presidente municipal
- Presupuesto de egresos de la federación
- Principio de Separación Estado-iglesias
- Principios de políticas de gobierno
- Prisión preventiva
- Proceso legislativo
- Propaganda política
- Propiedad rural
- Protección y orientación del consumidor
- Rectoría económica
- Recursos naturales
- Recursos públicos
- Reelección
- Remuneraciones de servidores públicos
- Responsabilidades de los servidores públicos
- Conceptos de la S a la Z
- Salario máximo
- Salario mínimo
- Secretaría de Estado
- Secreto bancario, fiduciario y fiscal
- Seguridad de la nación
- Seguridad pública
- Seguridad social
- Servicio profesional docente
- Servicios públicos
- Servidor público
- Sistema financiero mexicano
- Sistema Nacional Anticorrupción
- Sistema nacional de información estadística y geográfica
- Sistema nacional de planeación democrática
- Subsidio o exención
- Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Suspensión de garantías constitucionales
- Territorio nacional
- Tratados de extradición
- Tratados internacionales
- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
- Tribunales agrarios
- Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje
- Tribunal Federal de Justicia Administrativa
- Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Unidad de medida y actualización
- Veto presidencial
- Voto o sufragio
- Vías generales de comunicación
- Zona económica exclusiva
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