Se ajusta el Funcionamiento de los Pagos en Dólares que Realicen los Bancos

El Banco de México acaba de ajustar las disposiciones generales aplicables a las Instituciones de Crédito que pretendan participar en los sistemas de pagos para transferencias interbancarias de fondos en dólares, llamado por las siglas SPID.

Estas regulaciones están destinadas a dar transparencia y certeza al envío, procesamiento y liquidación de órdenes de transferencia interbancarias denominadas en dólares, a través de medios electrónicos entre cuentas de depósito a la vista en esta divisa con o sin chequera, pagaderos en la República Mexicana, correspondientes a personas morales que tengan su domicilio en territorio nacional.

Las reformas consisten, entre otras, en exigir a las instituciones de crédito tener un responsable del cumplimiento normativo del SPID encargado de velar por la aplicación del SPID en materia de riesgos en la realización de actividades ilícitas y, otro responsable encargado de velar por el cumplimiento a la demás normativa aplicable.

También se definen otras medidas sobre órdenes de transferencia y las propias transferencias.

Por otra parte, el mismo Banco de México modifica las reglas aplicables al propio SPID, con el objeto de prever un régimen transitorio para que las instituciones de crédito participantes puedan recabar la información de los clientes en los términos previstos en estas reglas, así como para que cuenten con un modelo de riesgos elaborado con base en los requerimientos establecidos.

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