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Artículo 98
Ultima reforma el 22 de agosto de 1996
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Párrafo Fracción Texto vigente Primero Artículo 98. Cuando la falta de un Ministro excediere de un mes, el Presidente de la República someterá el nombramiento de un Ministro interino a la aprobación del Senado, observándose lo dispuesto en el artículo 96 de esta Constitución. Segundo Si faltare un Ministro por defunción o por cualquier causa de separación definitiva, el Presidente someterá un nuevo nombramiento a la aprobación del Senado, en los términos del artículo 96 de esta Constitución. Tercero Las renuncias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves; serán sometidas al Ejecutivo y, si éste las acepta, las enviará para su aprobación al Senado. Cuarto Las licencias de los Ministros, cuando no excedan de un mes, podrán ser concedidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación; las que excedan de este tiempo, podrán concederse por el Presidente de la República con la aprobación del Senado. Ninguna licencia podrá exceder del término de dos años. -
Texto original: 5 febrero 1917
Párrafo Fracción Texto original Primero Art. 98.- Las faltas temporales de un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que no excedieren de un mes, no se suplirán si aquélla tuviere quórum para sus sesiones; pero si no lo hubiere, el Congreso de la Unión o en su receso la Comisión Permanente, nombrará por el tiempo que dure la falta, un suplente, de entre los candidatos presentados por los Estados para la elección del Magistrado propietario de que se trate, y que no hubieren sido electos. Si la falta fuere por dos meses o menos, el Congreso o en su caso la Comisión Permanente nombrará libremente, un Ministro provisional. Segundo Si faltare un Ministro por defunción, renuncia o incapacidad, el Congreso de la Unión hará nueva elección en los términos prescriptos por el artículo 96. Tercero Si el Congreso no estuviere en sesiones, la Comisión Permanente hará un nombramiento provisional mientras se reune aquel, y hace la elección correspondiente. -
Nube de palabras Texto Vigente: Nube de Palabras Texto Original: -
Evolución semántica:
- 154 palabras en el texto original
- 153 palabras en el texto vigente
- 3 párrafos originales
- 4 párrafos vigentes
- 5 decretos de reformas (1928, 1951, 1967, 1994, 1996)
Conteo de Palabra Ocurrencias Porcentaje senado 4 2.5157 aprobación 4 2.5157 presidente 3 1.8868 artículo 3 1.8868 ministro 3 1.8868 96 2 1.2579 corte 2 1.2579 podrán 2 1.2579 ministros 2 1.2579 nombramiento 2 1.2579 someterá 2 1.2579 constitución 2 1.2579 esta 2 1.2579 cuando 2 1.2579 justicia 2 1.2579 excedan 2 1.2579 república 2 1.2579 mes 2 1.2579 suprema 2 1.2579 o 1 0.6289 y 1 0.6289 causas 1 0.6289 98 1 0.6289 no 1 0.6289 lo 1 0.6289 su 1 0.6289 concederse 1 0.6289 observándose 1 0.6289 faltare 1 0.6289 ejecutivo 1 0.6289 términos 1 0.6289 falta 1 0.6289 nuevo 1 0.6289 primero 1 0.6289 segundo 1 0.6289 tiempo 1 0.6289 procederán 1 0.6289 defunción 1 0.6289 definitiva 1 0.6289 sometidas 1 0.6289 dispuesto 1 0.6289 acepta 1 0.6289 ninguna 1 0.6289 separación 1 0.6289 este 1 0.6289 años 1 0.6289 cuarto 1 0.6289 enviará 1 0.6289 graves 1 0.6289 para 1 0.6289 nación 1 0.6289 serán 1 0.6289 concedidas 1 0.6289 podrá 1 0.6289 licencia 1 0.6289 cualquier 1 0.6289 interino 1 0.6289 solamente 1 0.6289 exceder 1 0.6289 con 1 0.6289 dos 1 0.6289 ser 1 0.6289 que 1 0.6289 término 1 0.6289 éste 1 0.6289 renuncias 1 0.6289 licencias 1 0.6289 excediere 1 0.6289 causa 1 0.6289 tercero 1 0.6289 -
Poder Judicial Federal.
Suprema Corte de Justicia de la Nación.
* El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.
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