Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

Artículo 16

Ultima reforma el 26 de marzo de 2019

  • Párrafo Fracción Texto vigente
    Primero Artículo 16.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.  En los juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido y del cumplimiento de lo previsto en este párrafo.
    Segundo Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
    Tercero No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado con pena privativa de libertad y obren datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión.
    Cuarto La autoridad que ejecute una orden judicial de aprehensión, deberá poner al inculpado a disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad. La contravención a lo anterior será sancionada por la ley penal.
    Quinto Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad civil más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención.
    Sexto Sólo en casos urgentes, cuando se trate de delito grave así calificado por la ley y ante el riesgo fundado de que el indiciado pueda sustraerse a la acción de la justicia, siempre y cuando no se pueda ocurrir ante la autoridad judicial por razón de la hora, lugar o circunstancia, el Ministerio Público podrá, bajo su responsabilidad, ordenar su detención, fundando y expresando los indicios que motiven su proceder.
    Séptimo En casos de urgencia o flagrancia, el juez que reciba la consignación del detenido deberá inmediatamente ratificar la detención o decretar la libertad con las reservas de ley.
    Octavo La autoridad judicial, a petición del Ministerio Público y tratándose de delitos de delincuencia organizada, podrá decretar el arraigo de una persona, con las modalidades de lugar y tiempo que la ley señale, sin que pueda exceder de cuarenta días, siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, la protección de personas o bienes jurídicos, o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia. Este plazo podrá prorrogarse, siempre y cuando el Ministerio Público acredite que subsisten las causas que le dieron origen. En todo caso, la duración total del arraigo no podrá exceder los ochenta días.
    Noveno Por delincuencia organizada se entiende una organización de hecho de tres o más personas, para cometer delitos en forma permanente o reiterada, en los términos de la ley de la materia.
    Décimo Ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público por más de cuarenta y ocho horas, plazo en que deberá ordenarse su libertad o ponérsele a disposición de la autoridad judicial; este plazo podrá duplicarse en aquellos casos que la ley prevea como delincuencia organizada. Todo abuso a lo anteriormente dispuesto será sancionado por la ley penal.
    Décimo primero En toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir, a solicitud del Ministerio Público, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla, un acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.
    Décimo segundo Las comunicaciones privadas son inviolables. La ley sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacía de las mismas, excepto cuando sean aportadas de forma voluntaria por alguno de los particulares que participen en ellas. El juez valorará el alcance de éstas, siempre y cuando contengan información relacionada con la comisión de un delito. En ningún caso se admitirán comunicaciones que violen el deber de confidencialidad que establezca la ley.
    Décimo tercero Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada. Para ello, la autoridad competente deberá fundar y motivar las causas legales de la solicitud, expresando además, el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración. La autoridad judicial federal no podrá otorgar estas autorizaciones cuando se trate de materias de carácter electoral, fiscal, mercantil, civil, laboral o administrativo, ni en el caso de las comunicaciones del detenido con su defensor.
    Décimo cuarto Los Poderes Judiciales contarán con jueces de control que resolverán, en forma inmediata, y por cualquier medio, las solicitudes de medidas cautelares, providencias precautorias y técnicas de investigación de la autoridad, que requieran control judicial, garantizando los derechos de los indiciados y de las víctimas u ofendidos. Deberá existir un registro fehaciente de todas las comunicaciones entre jueces y Ministerio Público y demás autoridades competentes.
    Décimo quinto Las intervenciones autorizadas se ajustarán a los requisitos y límites previstos en las leyes. Los resultados de las intervenciones que no cumplan con éstos, carecerán de todo valor probatorio.
    Décimo sexto La autoridad administrativa podrá practicar visitas domiciliarias únicamente para cerciorarse de que se han cumplido los reglamentos sanitarios y de policía; y exigir la exhibición de los libros y papeles indispensables para comprobar que se han acatado las disposiciones fiscales, sujetándose en estos casos, a las leyes respectivas y a las formalidades prescritas para los cateos.
    Décimo séptimo La correspondencia que bajo cubierta circule por las estafetas estará libre de todo registro, y su violación será penada por la ley.
    Décimo octavo En tiempo de paz ningún miembro del Ejército podrá alojarse en casa particular contra la voluntad del dueño, ni imponer prestación alguna. En tiempo de guerra los militares podrán exigir alojamiento, bagajes, alimentos y otras prestaciones, en los términos que establezca la ley marcial correspondiente.

  • Texto original: 5 febrero 1917

    Párrafo Fracción Texto original
    Primero Art. 16.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles y posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. No podrá librarse ninguna orden de aprehensión o detención, sino por la autoridad judicial, sin que preceda denuncia, acusación a querella de un hecho determinado que la ley castigue con pena corporal, y sin que estén apoyadas aquéllas por declaración, bajo protesta, de persona digna de fe o por datos que hagan probable la responsabilidad del inculpado, hecha excepción de los casos de flagrante delito en que cualquiera persona puede aprehender al delincuente y sus cómplices, poniéndolos sin demora a disposición de la autoridad inmediata. Solamente en casos urgentes, cuando no haya en el lugar ninguna autoridad judicial, y tratándose de delitos que se persiguen de oficio, podrá la autoridad administrativa, bajo su más estrecha responsabilidad, decretar la detención de un acusado, poniéndolo inmediatamente a disposición de la autoridad judicial. En toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir y que será escrita, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla, una acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.
    Segundo

    La autoridad administrativa podrá practicar visitas domiciliarias únicamente para cerciorarse de que se han cumplido los reglamentos sanitarios y de policía; y exigir la exhibición de los libros y papeles indispensables para comprobar que se han acatado las disposiciones fiscales, sujetándose en estos casos, a las leyes respectivas y a las formalidades prescriptas para los cateos.

  • Nube de palabras Texto Vigente:

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    Nube de Palabras Texto Original:
    Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

  • Evolución semántica:

    • 295 palabras en el texto original
    • 1,048 palabras en el texto vigente
    • 2 párrafos originales
    • 18 párrafos vigentes
    • 8 decretos de reformas (1983, 1993, 1996, 1999, 2008, 2009, 2017, 2019)

     

    Conteo de Palabra Ocurrencias Porcentaje
    autoridad 15 1.4549
    por 15 1.4549
    ley 14 1.3579
    del 13 1.2609
    podrá 12 1.1639
    décimo 9 0.8729
    público 9 0.8729
    judicial 9 0.8729
    ministerio 8 0.7759
    con 8 0.7759
    cuando 7 0.679
    para 7 0.679
    un 6 0.582
    no 5 0.485
    deberá 5 0.485
    persona 5 0.485
    lugar 4 0.388
    libertad 4 0.388
    orden 4 0.388
    indiciado 4 0.388
    comunicaciones 4 0.388
    siempre 4 0.388
    todo 4 0.388
    delito 4 0.388
    cualquier 4 0.388
    sin 4 0.388
    más 4 0.388
    casos 4 0.388
    organizada 3 0.291
    como 3 0.291
    ningún 3 0.291
    pueda 3 0.291
    federal 3 0.291
    términos 3 0.291
    juez 3 0.291
    tiempo 3 0.291
    disposición 3 0.291
    bajo 3 0.291
    caso 3 0.291
    será 3 0.291
    datos 3 0.291
    registro 3 0.291
    detención 3 0.291
    forma 3 0.291
    plazo 3 0.291
    delincuencia 3 0.291
    una 3 0.291
    personas 3 0.291
    hecho 3 0.291
    causas 2 0.194
    ha 2 0.194
    ni 2 0.194
    octavo 2 0.194
    petición 2 0.194
    intervenciones 2 0.194
    quinto 2 0.194
    puede 2 0.194
    sancionado 2 0.194
    papeles 2 0.194
    misma 2 0.194
    seguridad 2 0.194
    intervención 2 0.194
    primero 2 0.194
    riesgo 2 0.194
    expresando 2 0.194
    contra 2 0.194
    segundo 2 0.194
    exista 2 0.194
    investigación 2 0.194
    penal 2 0.194
    exigir 2 0.194
    señale 2 0.194
    control 2 0.194
    correspondiente 2 0.194
    aprehensión 2 0.194
    sino 2 0.194
    sólo 2 0.194
    este 2 0.194
    protección 2 0.194
    acción 2 0.194
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    detenido 2 0.194
    responsabilidad 2 0.194
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    competente 2 0.194
    ante 2 0.194
    toda 2 0.194
    fundado 2 0.194
    sexto 2 0.194
    así 2 0.194
    inmediatamente 2 0.194
    derechos 2 0.194
    han 2 0.194
    justicia 2 0.194
    delitos 2 0.194
    exceder 2 0.194
    días 2 0.194
    solicitud 2 0.194
    leyes 2 0.194
    arraigo 2 0.194
    ser 2 0.194
    decretar 2 0.194
    alguna 2 0.194
    establezca 2 0.194
    diligencia 2 0.194
    cometido 2 0.194
    trate 2 0.194
    disposiciones 2 0.194
    comisión 2 0.194
    cuarenta 2 0.194
    inculpado 2 0.194
    únicamente 2 0.194
    séptimo 2 0.194
    tercero 2 0.194
    duración 2 0.194
    u 1 0.097
    participó 1 0.097
    16 1 0.097
    reciba 1 0.097
    le 1 0.097
    legales 1 0.097
    alimentos 1 0.097
    fiscal 1 0.097
    proteger 1 0.097
    ocurrir 1 0.097
    circunstancia 1 0.097
    permanente 1 0.097
    retenido 1 0.097
    tratándose 1 0.097
    nadie 1 0.097
    sujetándose 1 0.097
    fiscales 1 0.097
    confidencialidad 1 0.097
    consignación 1 0.097
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    domicilio 1 0.097
    obren 1 0.097
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    dieron 1 0.097
    buscan 1 0.097
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    requisitos 1 0.097
    poderes 1 0.097
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    establecerá 1 0.097
    garantizando 1 0.097
    particular 1 0.097
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    abuso 1 0.097
    probatorio 1 0.097
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    guerra 1 0.097
    competentes 1 0.097
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    mandamiento 1 0.097
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    cometió 1 0.097
    mismos 1 0.097
    cometer 1 0.097
    cerciorarse 1 0.097
    víctimas 1 0.097
    mismas 1 0.097
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    estricta 1 0.097
    acatado 1 0.097
    privativa 1 0.097
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    fundando 1 0.097
    sustraerse 1 0.097
    cautelares 1 0.097
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    inmediata 1 0.097
    inmediato 1 0.097
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    defensor 1 0.097
    librarse 1 0.097
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    indispensables 1 0.097
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    carecerán 1 0.097
    deber 1 0.097
    posesiones 1 0.097
    ocho 1 0.097
    carácter 1 0.097
    supuestos 1 0.097
    todas 1 0.097
    autorizaciones 1 0.097
    circunstanciada 1 0.097
    testigos 1 0.097
    querella 1 0.097
    domiciliarias 1 0.097
    subsisten 1 0.097
    casa 1 0.097
    participen 1 0.097
    organización 1 0.097
    cubierta 1 0.097
    probabilidad 1 0.097
    después 1 0.097
    violación 1 0.097
    alojarse 1 0.097
    estos 1 0.097
    estas 1 0.097
    razones 1 0.097
    limitarse 1 0.097
    aprehenderse 1 0.097
    reservas 1 0.097
    inspeccionarse 1 0.097
    alcance 1 0.097
    ponérsele 1 0.097
    voluntad 1 0.097
    objetos 1 0.097
    contravención 1 0.097
    dispuesto 1 0.097
    estará 1 0.097
    particulares 1 0.097
    cumplido 1 0.097
    reiterada 1 0.097
    necesario 1 0.097
    contarán 1 0.097
    horas 1 0.097
    demora 1 0.097
    comunicación 1 0.097
    artículo 1 0.097
    entre 1 0.097
    alojamiento 1 0.097
    prevea 1 0.097
    imponer 1 0.097
    respectivas 1 0.097
    virtud 1 0.097
    preceda 1 0.097
    urgencia 1 0.097
    total 1 0.097
    flagrancia 1 0.097
    anterior 1 0.097
    sean 1 0.097
    modalidades 1 0.097
    materias 1 0.097
    reglamentos 1 0.097
    manifestar 1 0.097
    noveno 1 0.097
    demás 1 0.097
    existirá 1 0.097
    ocupante 1 0.097
    laboral 1 0.097
    salud 1 0.097
    haberlo 1 0.097
    además 1 0.097
    sustraiga 1 0.097
    esté 1 0.097
    urgentes 1 0.097
    visitas 1 0.097
    establezcan 1 0.097
    oposición 1 0.097
    resultados 1 0.097
    anteriormente 1 0.097
    acta 1 0.097
    acto 1 0.097
    acredite 1 0.097
    prestaciones 1 0.097
    molestado 1 0.097
    límites 1 0.097
    escrito 1 0.097
    solicitudes 1 0.097
    ello 1 0.097
    momento 1 0.097
    ofendidos 1 0.097
    éstas 1 0.097
    providencias 1 0.097
    libre 1 0.097
    éstos 1 0.097
    miembro 1 0.097
    judiciales 1 0.097
    jurídicos 1 0.097
    públicas 1 0.097
    previstos 1 0.097
    proceder 1 0.097
    materia 1 0.097
    ratificar 1 0.097
    otras 1 0.097
    estafetas 1 0.097
    propuestos 1 0.097
    privacía 1 0.097
    detener 1 0.097
    legal 1 0.097
    denuncia 1 0.097
    grave 1 0.097
    faculte 1 0.097
    fije 1 0.097
    mercantil 1 0.097
    tipo 1 0.097
    privadas 1 0.097
    ejecute 1 0.097
    poner 1 0.097
    expedir 1 0.097
    pena 1 0.097
    cateado 1 0.097
    policía 1 0.097
    familia 1 0.097
    atente 1 0.097
    fehaciente 1 0.097
    acceso 1 0.097
    resolverán 1 0.097
    marcial 1 0.097
    valor 1 0.097
    excepto 1 0.097
    prestación 1 0.097
    existir 1 0.097
    privada 1 0.097
    motive 1 0.097
    indiciados 1 0.097
    tres 1 0.097
    contengan 1 0.097
    cateos 1 0.097
    derecho 1 0.097
    cancelación 1 0.097
    duplicarse 1 0.097
    ese 1 0.097
    expresará 1 0.097
    información 1 0.097
    procedimiento 1 0.097
    cumplan 1 0.097
    hora 1 0.097
    nacional 1 0.097
    tiene 1 0.097
    dos 1 0.097
    ejército 1 0.097
    terceros 1 0.097
    medio 1 0.097
    sea 1 0.097
    son 1 0.097
    sus 1 0.097
    paz 1 0.097
    dilación 1 0.097
    alguno 1 0.097
    practicar 1 0.097
    ordenarse 1 0.097
    comprobar 1 0.097
    medidas 1 0.097
    electoral 1 0.097
    dueño 1 0.097
    razón 1 0.097
    otorgar 1 0.097
    entidad 1 0.097
    autorizadas 1 0.097
    ésta 1 0.097
    militares 1 0.097
    civil 1 0.097
    prorrogarse 1 0.097
    inviolables 1 0.097
    levantándose 1 0.097
    autoridades 1 0.097
    fundar 1 0.097
    practique 1 0.097
    requieran 1 0.097
    sujetos 1 0.097
    cercana 1 0.097
    voluntaria 1 0.097
    penalmente 1 0.097
    correspondencia 1 0.097
    causa 1 0.097
    excepción 1 0.097
    exclusivamente 1 0.097
    motivar 1 0.097
    motiven 1 0.097
    valorará 1 0.097
    prontitud 1 0.097
    bienes 1 0.097
    titular 1 0.097
    ausencia 1 0.097
    sanitarios 1 0.097
    cometiendo 1 0.097
    negativa 1 0.097
    ordenar 1 0.097
    rectificación 1 0.097
    precautorias 1 0.097
    federativa 1 0.097
    formalidades 1 0.097
    éxito 1 0.097
    cateo 1 0.097

     

     

     

  • Consignación.
    Datos personales.
    Delito.
    Derecho de propiedad.
    Fundamentación.
    Garantías de seguridad jurídica.
    Garantías individuales.
    Guardia Nacional.
    Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
    Inviolabilidad de la correspondencia.
    Inviolabilidad de las comunicaciones privadas.
    Juicio oral.
    Motivación.
    Orden de aprehensión.
    Vías generales de comunicación.


     

    * El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.

 

Listado de conceptos

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