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Artículo 20
Ultima reforma el 14 de julio de 2011
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Párrafo Fracción Texto vigente Primero Artículo 20.- El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. Segundo Apartado A A. De los principios generales: I. I. El proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen; II. II. Toda audiencia se desarrollará en presencia del juez, sin que pueda delegar en ninguna persona el desahogo y la valoración de las pruebas, la cual deberá realizarse de manera libre y lógica; III. III. Para los efectos de la sentencia sólo se considerarán como prueba aquellas que hayan sido desahogadas en la audiencia de juicio. La ley establecerá las excepciones y los requisitos para admitir en juicio la prueba anticipada, que por su naturaleza requiera desahogo previo; IV. IV. El juicio se celebrará ante un juez que no haya conocido del caso previamente. La presentación de los argumentos y los elementos probatorios se desarrollará de manera pública, contradictoria y oral; V. V. La carga de la prueba para demostrar la culpabilidad corresponde a la parte acusadora, conforme lo establezca el tipo penal. Las partes tendrán igualdad procesal para sostener la acusación o la defensa, respectivamente; VI. VI. Ningún juzgador podrá tratar asuntos que estén sujetos a proceso con cualquiera de las partes sin que esté presente la otra, respetando en todo momento el principio de contradicción, salvo las excepciones que establece esta Constitución; VII. VII. Una vez iniciado el proceso penal, siempre y cuando no exista oposición del inculpado, se podrá decretar su terminación anticipada en los supuestos y bajo las modalidades que determine la ley. Si el imputado reconoce ante la autoridad judicial, voluntariamente y con conocimiento de las consecuencias, su participación en el delito y existen medios de convicción suficientes para corroborar la imputación, el juez citará a audiencia de sentencia. La ley establecerá los beneficios que se podrán otorgar al inculpado cuando acepte su responsabilidad; VIII. VIII. El juez sólo condenará cuando exista convicción de la culpabilidad del procesado; IX. IX. Cualquier prueba obtenida con violación de derechos fundamentales será nula, y X. X. Los principios previstos en este artículo, se observarán también en las audiencias preliminares al juicio. Tercero Apartado B B. De los derechos de toda persona imputada: I. I. A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa; II. II. A declarar o a guardar silencio. Desde el momento de su detención se le harán saber los motivos de la misma y su derecho a guardar silencio, el cual no podrá ser utilizado en su perjuicio. Queda prohibida y será sancionada por la ley penal, toda incomunicación, intimidación o tortura. La confesión rendida sin la asistencia del defensor carecerá de todo valor probatorio; III. III. A que se le informe, tanto en el momento de su detención como en su comparecencia ante el Ministerio Público o el juez, los hechos que se le imputan y los derechos que le asisten. Tratándose de delincuencia organizada, la autoridad judicial podrá autorizar que se mantenga en reserva el nombre y datos del acusador.
La ley establecerá beneficios a favor del inculpado, procesado o sentenciado que preste ayuda eficaz para la investigación y persecución de delitos en materia de delincuencia organizada;
IV. IV. Se le recibirán los testigos y demás pruebas pertinentes que ofrezca, concediéndosele el tiempo que la ley estime necesario al efecto y auxiliándosele para obtener la comparecencia de las personas cuyo testimonio solicite, en los términos que señale la ley; V. V. Será juzgado en audiencia pública por un juez o tribunal. La publicidad sólo podrá restringirse en los casos de excepción que determine la ley, por razones de seguridad nacional, seguridad pública, protección de las víctimas, testigos y menores, cuando se ponga en riesgo la revelación de datos legalmente protegidos, o cuando el tribunal estime que existen razones fundadas para justificarlo.
En delincuencia organizada, las actuaciones realizadas en la fase de investigación podrán tener valor probatorio, cuando no puedan ser reproducidas en juicio o exista riesgo para testigos o víctimas. Lo anterior sin perjuicio del derecho del inculpado de objetarlas o impugnarlas y aportar pruebas en contra;
VI. VI. Le serán facilitados todos los datos que solicite para su defensa y que consten en el proceso.
El imputado y su defensor tendrán acceso a los registros de la investigación cuando el primero se encuentre detenido y cuando pretenda recibírsele declaración o entrevistarlo. Asimismo, antes de su primera comparecencia ante juez podrán consultar dichos registros, con la oportunidad debida para preparar la defensa. A partir de este momento no podrán mantenerse en reserva las actuaciones de la investigación, salvo los casos excepcionales expresamente señalados en la ley cuando ello sea imprescindible para salvaguardar el éxito de la investigación y siempre que sean oportunamente revelados para no afectar el derecho de defensa;
VII. VII. Será juzgado antes de cuatro meses si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión, y antes de un año si la pena excediere de ese tiempo, salvo que solicite mayor plazo para su defensa; VIII. VIII. Tendrá derecho a una defensa adecuada por abogado, al cual elegirá libremente incluso desde el momento de su detención. Si no quiere o no puede nombrar un abogado, después de haber sido requerido para hacerlo, el juez le designará un defensor público. También tendrá derecho a que su defensor comparezca en todos los actos del proceso y éste tendrá obligación de hacerlo cuantas veces se le requiera, y IX. IX. En ningún caso podrá prolongarse la prisión o detención, por falta de pago de honorarios de defensores o por cualquiera otra prestación de dinero, por causa de responsabilidad civil o algún otro motivo análogo.
La prisión preventiva no podrá exceder del tiempo que como máximo de pena fije la ley al delito que motivare el proceso y en ningún caso será superior a dos años, salvo que su prolongación se deba al ejercicio del derecho de defensa del imputado. Si cumplido este término no se ha pronunciado sentencia, el imputado será puesto en libertad de inmediato mientras se sigue el proceso, sin que ello obste para imponer otras medidas cautelares.
En toda pena de prisión que imponga una sentencia, se computará el tiempo de la detención.
Cuarto Apartado C C. De los derechos de la víctima o del ofendido: I. I. Recibir asesoría jurídica; ser informado de los derechos que en su favor establece la Constitución y, cuando lo solicite, ser informado del desarrollo del procedimiento penal; II. II. Coadyuvar con el Ministerio Público; a que se le reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuente, tanto en la investigación como en el proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en el juicio e interponer los recursos en los términos que prevea la ley.
Cuando el Ministerio Público considere que no es necesario el desahogo de la diligencia, deberá fundar y motivar su negativa;
III. III. Recibir, desde la comisión del delito, atención médica y psicológica de urgencia; IV. IV. Que se le repare el daño. En los casos en que sea procedente, el Ministerio Público estará obligado a solicitar la reparación del daño, sin menoscabo de que la víctima u ofendido lo pueda solicitar directamente, y el juzgador no podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria.
La ley fijará procedimientos ágiles para ejecutar las sentencias en materia de reparación del daño;
V. V. Al resguardo de su identidad y otros datos personales en los siguientes casos: cuando sean menores de edad; cuando se trate de delitos de violación, trata de personas, secuestro o delincuencia organizada; y cuando a juicio del juzgador sea necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa.
El Ministerio Público deberá garantizar la protección de víctimas, ofendidos, testigos y en general todos los sujetos que intervengan en el proceso. Los jueces deberán vigilar el buen cumplimiento de esta obligación;
VI. VI. Solicitar las medidas cautelares y providencias necesarias para la protección y restitución de sus derechos, y VII. VII. Impugnar ante autoridad judicial las omisiones del Ministerio Público en la investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal o suspensión del procedimiento cuando no esté satisfecha la reparación del daño. -
Texto original: 5 febrero 1917
Párrafo Fracción Texto original Primero Art. 20.- En todo juicio del orden criminal, tendrá el acusado las siguientes garantías: I. I.- mediatamente que lo solicite será puesto en libertad, bajo de fianza hasta de diez mil pesos, según sus circunstancias personales y la gravedad del delito que se le impute, siempre que dicho delito no merezca ser castigado con una pena mayor de cinco años de prisión y sin más requisitos que poner la suma de dinero respectiva a disposición de la autoridad, u otorgar caución hipotecaria o personal bastante para asegurarla. II. II.- No podrá ser compelido a declarar en su contra, por lo cual queda rigurosamente prohibida toda incomunicación o cualquier otro medio que tienda a aquel objeto. III. III.- Se le hará saber en audiencia pública, y dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su consignación a la justicia, el nombre de su acusador y la naturaleza y causa de la acusación, a fin de que conozca bien el hecho punible que se le atribuye y pueda contestar el cargo, rindiendo en este acto su declaración preparatoria. IV. IV.- Será careado con los testigos que depongan en su contra, los que declararán en su presencia si estuviesen en el lugar del juicio, para que pueda hacerles todas las preguntas conducentes a su defensa. V. V.- Se le recibirán los testigos y demás pruebas que ofrezca, concediéndosele el tiempo que la ley estime necesario al afecto y auxiliándosele para obtenes (sic) de los reglamentos gubernativos y de policía, el solicite (sic), siempre que se encuentren en el lugar del proceso. VI. VI.- Será juzgado en audiencia pública por un juez o jurado de ciudadanos que sepan leer y escribir, vecinos del lugar y partido en que se cometiere el delito, siempre que éste pueda ser castigado con una pena mayor de un año de prisión. En todo caso serán juzgados por un jurado los delitos cometidos por medio de la prensa contra el orden público o la seguridad exterior o interior de la Nación. VII. VII.- Le serán facilitados todos los datos que solicite para su defensa y que consten por el proceso. VIII. VIII.- Será juzgado antes de cuatro meses si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión; y antes de un año si la pena máxima excediera de ese tiempo. IX. IX.- Se le oirá en defensa por sí o por persona de su confianza, o por ambos, según su voluntad. En caso de no tener quien lo defienda, se le presentará lista de los defensores de oficio para que elija el que, o los que les convengan. Si el acusado no quiere nombrar defensores, después de ser requerido para hacerlo, al rendir su declaración preparatoria, el juez le nombrará uno de oficio. El acusado podrá nombrar defensor desde el momento en que sea aprehendido, y tendrá derecho a que éste se halle presente en todos los actos del juicio; pero tendrá obligación de hacerlo comparecer cuantas veces se necesite. X. X.- En ningún caso podrá prolongarse la prisión o detención, por falta de pago de honorarios de defensores o por cualquiera otra prestación de dinero, por causa de responsabilidad civil o algún otro motivo análogo. Segundo Tampoco podrá prolongarse la prisión preventiva por más tiempo del que como máximo fije la ley al delito que motivare el proceso. Tercero En toda pena de prisión que imponga una sentencia, se computará el tiempo de la detención. -
Nube de palabras Texto Vigente: Nube de Palabras Texto Original: -
Evolución semántica:
- 560 palabras en el texto original
- 1372 palabras en el texto vigente
- 3 párrafos originales
- 4 párrafos vigentes
- 7 decretos de reformas (1948, 1985, 1993, 1996, 2000, 2008, 2011)
Conteo de Palabra Ocurrencias Porcentaje cuando 15 1.0646 ley 12 0.8517 proceso 10 0.7097 juez 9 0.6388 defensa 8 0.5678 podrá 8 0.5678 investigación 7 0.4968 penal 7 0.4968 será 7 0.4968 público 7 0.4968 juicio 7 0.4968 derechos 7 0.4968 i 6 0.4258 v 6 0.4258 iv 6 0.4258 ii 6 0.4258 vi 6 0.4258 si 6 0.4258 sentencia 6 0.4258 ministerio 6 0.4258 derecho 6 0.4258 iii 6 0.4258 con 6 0.4258 sin 6 0.4258 vii 6 0.4258 como 5 0.3549 datos 5 0.3549 detención 5 0.3549 prueba 5 0.3549 momento 5 0.3549 ante 5 0.3549 organizada 4 0.2839 lo 4 0.2839 ix 4 0.2839 solicite 4 0.2839 viii 4 0.2839 podrán 4 0.2839 daño 4 0.2839 tendrá 4 0.2839 todos 4 0.2839 defensor 4 0.2839 tiempo 4 0.2839 prisión 4 0.2839 testigos 4 0.2839 caso 4 0.2839 imputado 4 0.2839 audiencia 4 0.2839 salvo 4 0.2839 protección 4 0.2839 pena 4 0.2839 toda 4 0.2839 delito 4 0.2839 delitos 4 0.2839 ser 4 0.2839 reparación 4 0.2839 delincuencia 4 0.2839 inculpado 4 0.2839 una 4 0.2839 casos 4 0.2839 ningún 3 0.2129 establecerá 3 0.2129 víctimas 3 0.2129 deberá 3 0.2129 cual 3 0.2129 principios 3 0.2129 exista 3 0.2129 apartado 3 0.2129 juzgador 3 0.2129 reserva 3 0.2129 necesario 3 0.2129 desde 3 0.2129 sólo 3 0.2129 autoridad 3 0.2129 este 3 0.2129 responsabilidad 3 0.2129 antes 3 0.2129 pública 3 0.2129 todo 3 0.2129 solicitar 3 0.2129 comparecencia 3 0.2129 pruebas 3 0.2129 sea 3 0.2129 judicial 3 0.2129 desahogo 3 0.2129 e 2 0.1419 b 2 0.1419 c 2 0.1419 x 2 0.1419 elementos 2 0.1419 ha 2 0.1419 actuaciones 2 0.1419 tendrán 2 0.1419 tanto 2 0.1419 culpabilidad 2 0.1419 menores 2 0.1419 hacerlo 2 0.1419 procesado 2 0.1419 excepciones 2 0.1419 probatorio 2 0.1419 convicción 2 0.1419 favor 2 0.1419 requiera 2 0.1419 pueda 2 0.1419 registros 2 0.1419 términos 2 0.1419 cautelares 2 0.1419 seguridad 2 0.1419 riesgo 2 0.1419 determine 2 0.1419 guardar 2 0.1419 manera 2 0.1419 partes 2 0.1419 contradicción 2 0.1419 estime 2 0.1419 violación 2 0.1419 informado 2 0.1419 razones 2 0.1419 anticipada 2 0.1419 mientras 2 0.1419 artículo 2 0.1419 sido 2 0.1419 constitución 2 0.1419 sean 2 0.1419 esta 2 0.1419 oral 2 0.1419 años 2 0.1419 beneficios 2 0.1419 esté 2 0.1419 cualquiera 2 0.1419 otra 2 0.1419 recibir 2 0.1419 establece 2 0.1419 ofendido 2 0.1419 ello 2 0.1419 publicidad 2 0.1419 siempre 2 0.1419 materia 2 0.1419 también 2 0.1419 obligación 2 0.1419 valor 2 0.1419 silencio 2 0.1419 tribunal 2 0.1419 existen 2 0.1419 persona 2 0.1419 desarrollará 2 0.1419 procedimiento 2 0.1419 dos 2 0.1419 ejercicio 2 0.1419 abogado 2 0.1419 medidas 2 0.1419 sentenciado 2 0.1419 víctima 2 0.1419 sujetos 2 0.1419 hechos 2 0.1419 causa 2 0.1419 juzgado 2 0.1419 personas 2 0.1419 perjuicio 2 0.1419 u 1 0.071 lógica 1 0.071 20 1 0.071 exceda 1 0.071 tratare 1 0.071 puedan 1 0.071 admitir 1 0.071 obtenida 1 0.071 es 1 0.071 continuidad 1 0.071 proteger 1 0.071 igualdad 1 0.071 elegirá 1 0.071 ayuda 1 0.071 resguardo 1 0.071 nombre 1 0.071 libertad 1 0.071 tratándose 1 0.071 comparezca 1 0.071 reproducidas 1 0.071 imprescindible 1 0.071 delegar 1 0.071 preparar 1 0.071 obtener 1 0.071 obste 1 0.071 tratar 1 0.071 requisitos 1 0.071 citará 1 0.071 sentencias 1 0.071 recursos 1 0.071 siguientes 1 0.071 directamente 1 0.071 dinero 1 0.071 realizarse 1 0.071 aportar 1 0.071 fundamentales 1 0.071 requerido 1 0.071 deba 1 0.071 declarar 1 0.071 fundadas 1 0.071 persecución 1 0.071 puede 1 0.071 tener 1 0.071 naturaleza 1 0.071 sancionada 1 0.071 quiere 1 0.071 revelados 1 0.071 protegidos 1 0.071 voluntariamente 1 0.071 personales 1 0.071 falta 1 0.071 objetarlas 1 0.071 misma 1 0.071 aquellas 1 0.071 valoración 1 0.071 procurar 1 0.071 cuyo 1 0.071 entrevistarlo 1 0.071 primera 1 0.071 primero 1 0.071 dicha 1 0.071 cuya 1 0.071 algún 1 0.071 ágiles 1 0.071 presencia 1 0.071 pretenda 1 0.071 obligado 1 0.071 consultar 1 0.071 confesión 1 0.071 regirá 1 0.071 análogo 1 0.071 inmediato 1 0.071 emitida 1 0.071 emitido 1 0.071 desahogadas 1 0.071 oportunamente 1 0.071 impune 1 0.071 harán 1 0.071 restringirse 1 0.071 contra 1 0.071 autorizar 1 0.071 designará 1 0.071 segundo 1 0.071 hayan 1 0.071 declare 1 0.071 participación 1 0.071 restitución 1 0.071 nula 1 0.071 cuente 1 0.071 garantizar 1 0.071 atención 1 0.071 superior 1 0.071 actos 1 0.071 impugnar 1 0.071 objeto 1 0.071 intervengan 1 0.071 asesoría 1 0.071 recibirán 1 0.071 procedente 1 0.071 supuestos 1 0.071 carecerá 1 0.071 respetando 1 0.071 asimismo 1 0.071 suspensión 1 0.071 auxiliándosele 1 0.071 bajo 1 0.071 reparen 1 0.071 corroborar 1 0.071 señale 1 0.071 causados 1 0.071 haber 1 0.071 médica 1 0.071 después 1 0.071 deberán 1 0.071 repare 1 0.071 acusador 1 0.071 omisiones 1 0.071 presentación 1 0.071 concentración 1 0.071 asuntos 1 0.071 testimonio 1 0.071 motivare 1 0.071 desistimiento 1 0.071 suficientes 1 0.071 partir 1 0.071 estén 1 0.071 procedimientos 1 0.071 estará 1 0.071 cumplido 1 0.071 sigue 1 0.071 imputada 1 0.071 pertinentes 1 0.071 preste 1 0.071 generales 1 0.071 buen 1 0.071 fijará 1 0.071 previo 1 0.071 prevea 1 0.071 daños 1 0.071 imponga 1 0.071 imponer 1 0.071 acepte 1 0.071 urgencia 1 0.071 secuestro 1 0.071 anterior 1 0.071 demostrar 1 0.071 condenará 1 0.071 ninguna 1 0.071 modalidades 1 0.071 considerarán 1 0.071 demás 1 0.071 absolver 1 0.071 presuma 1 0.071 excepcionales 1 0.071 cuatro 1 0.071 encuentre 1 0.071 dichos 1 0.071 inocente 1 0.071 acción 1 0.071 cuarto 1 0.071 informe 1 0.071 honorarios 1 0.071 mayor 1 0.071 jurídica 1 0.071 oposición 1 0.071 ofrezca 1 0.071 incluso 1 0.071 acusación 1 0.071 preventiva 1 0.071 desarrollo 1 0.071 inmediación 1 0.071 otro 1 0.071 cuantas 1 0.071 psicológica 1 0.071 identidad 1 0.071 prolongación 1 0.071 facilitados 1 0.071 inocencia 1 0.071 declaración 1 0.071 reciban 1 0.071 reconoce 1 0.071 imputación 1 0.071 correspondientes 1 0.071 culpable 1 0.071 ofendidos 1 0.071 prolongarse 1 0.071 detenido 1 0.071 principio 1 0.071 providencias 1 0.071 libre 1 0.071 incomunicación 1 0.071 jueces 1 0.071 ejecutar 1 0.071 previstos 1 0.071 prohibida 1 0.071 mantenerse 1 0.071 defensores 1 0.071 consten 1 0.071 parte 1 0.071 otras 1 0.071 otros 1 0.071 pago 1 0.071 diligencias 1 0.071 asistencia 1 0.071 rendida 1 0.071 terminación 1 0.071 presente 1 0.071 fije 1 0.071 quede 1 0.071 coadyuvar 1 0.071 queda 1 0.071 adecuada 1 0.071 tipo 1 0.071 salvaguardar 1 0.071 general 1 0.071 ponga 1 0.071 menoscabo 1 0.071 cumplimiento 1 0.071 serán 1 0.071 nombrar 1 0.071 meses 1 0.071 considere 1 0.071 acceso 1 0.071 intervenir 1 0.071 revelación 1 0.071 iniciado 1 0.071 consecuencias 1 0.071 saber 1 0.071 computará 1 0.071 conforme 1 0.071 satisfecha 1 0.071 prestación 1 0.071 así 1 0.071 sostener 1 0.071 efecto 1 0.071 mediante 1 0.071 audiencias 1 0.071 recibírsele 1 0.071 probatorios 1 0.071 motivo 1 0.071 fase 1 0.071 cualquier 1 0.071 realizadas 1 0.071 señalados 1 0.071 observarán 1 0.071 celebrará 1 0.071 vigilar 1 0.071 asisten 1 0.071 respectivamente 1 0.071 año 1 0.071 pronunciado 1 0.071 conocimiento 1 0.071 ese 1 0.071 exceder 1 0.071 procesal 1 0.071 previamente 1 0.071 intimidación 1 0.071 corresponde 1 0.071 acusadora 1 0.071 nacional 1 0.071 conocido 1 0.071 efectos 1 0.071 impugnarlas 1 0.071 sus 1 0.071 debida 1 0.071 decretar 1 0.071 mantenga 1 0.071 preliminares 1 0.071 necesarias 1 0.071 medios 1 0.071 haya 1 0.071 desahoguen 1 0.071 término 1 0.071 establezca 1 0.071 acusatorio 1 0.071 eficaz 1 0.071 otorgar 1 0.071 diligencia 1 0.071 interponer 1 0.071 puesto 1 0.071 éste 1 0.071 legalmente 1 0.071 civil 1 0.071 edad 1 0.071 concediéndosele 1 0.071 trate 1 0.071 trata 1 0.071 plazo 1 0.071 fundar 1 0.071 condenatoria 1 0.071 comisión 1 0.071 resoluciones 1 0.071 vez 1 0.071 tortura 1 0.071 máxima 1 0.071 máximo 1 0.071 excediere 1 0.071 libremente 1 0.071 excepción 1 0.071 expresamente 1 0.071 motivar 1 0.071 afectar 1 0.071 motivos 1 0.071 justificarlo 1 0.071 oportunidad 1 0.071 veces 1 0.071 tercero 1 0.071 negativa 1 0.071 esclarecimiento 1 0.071 argumentos 1 0.071 imputan 1 0.071 salvaguardando 1 0.071 carga 1 0.071 éxito 1 0.071 contradictoria 1 0.071 utilizado 1 0.071 -
Averiguación previa / investigación.
Consignación.
Datos personales.
Debido proceso legal.
Defensoría de oficio.
Delito.
Garantías de la persona imputada.
Garantías de seguridad jurídica.
Garantías del ofendido.
Garantías individuales.
Juicio oral.
Principios de políticas de gobierno.
Prisión preventiva.
* El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.
Listado de conceptos
- Conceptos de la A a la D
- Acciones colectivas
- Acción de inconstitucionalidad
- Acción penal
- Administración de justicia
- Administración pública
- Aguas nacionales
- Aguas y mares territoriales
- Asentamientos humanos
- Auto de vinculación a proceso
- Averiguación previa/investigación
- Banco central
- Bienes de dominio público
- Campañas y precampañas electorales
- Candidato independiente
- Ciudadanía
- Ciudad de México
- Comercio exterior
- Comisión Federal de Competencia Económica
- Comisión Federal de Mejora Regulatoria
- Comisión Nacional de los Derechos Humanos
- Comisión Permanente
- Competitividad económica
- Comunidad (Núcleo de población)
- Congreso de la Unión
- Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
- Consejo de Desarrollo Metropolitano
- Consejo de la Judicatura Federal
- Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social
- Consignación
- Constitución
- Consulta popular
- Contribución o impuesto
- Controversia constitucional
- Conurbaciones
- Corte Penal Internacional
- Cuerpo diplomático y consular
- Cámara de Diputados
- Cámara de Senadores
- Datos personales
- Debido proceso legal
- Defensoría de oficio
- Delito
- Demarcaciones territoriales de la Ciudad de México
- Democracia
- Derecho a la alimentación
- Derecho a la cultura física y la práctica del deporte
- Derecho a la educación
- Derecho al agua para consumo personal y doméstico
- Derecho a la información
- Derecho a la protección de la salud
- Derecho a la vivienda
- Derecho al medio ambiente
- Derecho al trabajo
- Derecho a poseer armas
- Derecho de asociación
- Derecho de petición
- Derecho de propiedad
- Derecho de reunión
- Derecho de réplica
- Derecho de tránsito
- Derechos de los niños
- Derechos de los pueblos indígenas
- Derechos humanos
- Derechos laborales
- Derechos políticos
- Derechos sociales
- Desarrollo rural integral
- Desarrollo urbano
- Deuda pública o nacional
- Distribución equitativa de la riqueza pública
- Áreas estratégicas y prioritarias del desarrollo
- Conceptos de la E a la J
- Ejido
- Elecciones
- Empresas de participación estatal mayoritaria
- Empresas productivas del Estado
- Entidades federativas
- Entidades paraestatales
- Estado federal
- Expropiación
- Extinción de dominio
- Extranjería
- Federalismo
- Fideicomiso público
- Financiamiento de partidos políticos
- Fiscalización superior de la Federación
- Fiscalía General de la República
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