Artículo 28

Ultima reforma el 29 de enero de 2016

  • Párrafo Fracción Texto Vigente.
    Primero Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria.
    Segundo En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí o para obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social.
    Tercero Las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de esos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como el alza de precios. La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses.
    Cuarto No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radiactivos y generación de energía nuclear; la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, en los términos de los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución, respectivamente; así como las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. La comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.
    Quinto El Estado contará con los organismos y empresas que requiera para el eficaz manejo de las áreas estratégicas a su cargo y en las actividades de carácter prioritario donde, de acuerdo con las leyes, participe por sí o con los sectores social y privado.
    Sexto El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración. Su objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado. Ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento. El Estado contará con un fideicomiso público denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, cuya Institución Fiduciaria será el banco central y tendrá por objeto, en los términos que establezca la ley, recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y contratos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 de esta Constitución, con excepción de los impuestos.
    Séptimo No constituyen monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva, a través del banco central en las áreas estratégicas de acuñación de moneda y emisión de billetes. El banco central, en los términos que establezcan las leyes y con la intervención que corresponda a las autoridades competentes, regulará los cambios, así como la intermediación y los servicios financieros, contando con las atribuciones de autoridad necesarias para llevar a cabo dicha regulación y proveer a su observancia. La conducción del banco estará a cargo de personas cuya designación será hecha por el Presidente de la República con la aprobación de la Cámara de Senadores o de la Comisión Permanente, en su caso; desempeñarán su encargo por períodos cuya duración y escalonamiento provean al ejercicio autónomo de sus funciones; sólo podrán ser removidas por causa grave y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquéllos que actúen en representación del banco y de los no remunerados en asociaciones docentes, científicas, culturales o de beneficencia. Las personas encargadas de la conducción del banco central, podrán ser sujetos de juicio político conforme a lo dispuesto por el artículo 110 de esta Constitución.
    Octavo El Poder Ejecutivo contará con los órganos reguladores coordinados en materia energética, denominados Comisión Nacional de Hidrocarburos y Comisión Reguladora de Energía, en los términos que determine la ley.
    Noveno No constituyen monopolios las asociaciones de trabajadores formadas para proteger sus propios intereses y las asociaciones o sociedades cooperativas de productores para que, en defensa de sus intereses o del interés general, vendan directamente en los mercados extranjeros los productos nacionales o industriales que sean la principal fuente de riqueza de la región en que se produzcan o que no sean artículos de primera necesidad, siempre que dichas asociaciones estén bajo vigilancia o amparo del Gobierno Federal o de las entidades federativas, y previa autorización que al efecto se obtenga de las Legislaturas respectivas en cada caso. Las mismas Legislaturas, por sí o a propuesta del Ejecutivo podrán derogar, cuando así lo exijan las necesidades públicas, las autorizaciones concedidas para la formación de las asociaciones de que se trata.
    Décimo Tampoco constituyen monopolios los privilegios que por determinado tiempo se concedan a los autores y artistas para la producción de sus obras y los que para el uso exclusivo de sus inventos, se otorguen a los inventores y perfeccionadores de alguna mejora.
    Décimo Primero El Estado, sujetándose a las leyes, podrá en casos de interés general, concesionar la prestación de servicios públicos o la explotación, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Federación, salvo las excepciones que las mismas prevengan. Las leyes fijarán las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestación de los servicios y la utilización social de los bienes, y evitarán fenómenos de concentración que contraríen el interés público.
    Décimo Segundo La sujeción a regímenes de servicio público se apegará a lo dispuesto por la Constitución y sólo podrá llevarse a cabo mediante ley.

    Décimo

    Tercero

    Se podrán otorgar subsidios a actividades prioritarias, cuando sean generales, de carácter temporal y no afecten sustancialmente las finanzas de la Nación. El Estado vigilará su aplicación y evaluará los resultados de ésta.
    Décimo Cuarto El Estado contará con una Comisión Federal de Competencia Económica, que será un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tendrá por objeto garantizar la libre competencia y concurrencia, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en los términos que establecen esta Constitución y las leyes. La Comisión contará con las facultades necesarias para cumplir eficazmente con su objeto, entre ellas las de ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia; regular el acceso a insumos esenciales, y ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos, en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos.
    Décimo Quinto El Instituto Federal de Telecomunicaciones es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en los términos que fijen las leyes. Para tal efecto, tendrá a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, garantizando lo establecido en los artículos 6o. y 7o. de esta Constitución.
    Décimo Sexto El Instituto Federal de Telecomunicaciones será también la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, por lo que en éstos ejercerá en forma exclusiva las facultades que este artículo y las leyes establecen para la Comisión Federal de Competencia Económica y regulará de forma asimétrica a los participantes en estos mercados con el objeto de eliminar eficazmente las barreras a la competencia y la libre concurrencia; impondrá límites a la concentración nacional y regional de frecuencias, al concesionamiento y a la propiedad cruzada que controle varios medios de comunicación que sean concesionarios de radiodifusión y telecomunicaciones que sirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geográfica, y ordenará la desincorporación de activos, derechos o partes necesarias para asegurar el cumplimiento de estos límites, garantizando lo dispuesto en los artículos 6o. y 7o. de esta Constitución.
    Décimo Séptimo Corresponde al Instituto, el otorgamiento, la revocación, así como la autorización de cesiones o cambios de control accionario, titularidad u operación de sociedades relacionadas con concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones. El Instituto notificará al Secretario del ramo previo a su determinación, quien podrá emitir una opinión técnica. Las concesiones podrán ser para uso comercial, público, privado y social que incluyen las comunitarias y las indígenas, las que se sujetarán, de acuerdo con sus fines, a los principios establecidos en los artículos 2o., 3o., 6o. y 7o. de esta Constitución. El Instituto fijará el monto de las contraprestaciones por el otorgamiento de las concesiones, así como por la autorización de servicios vinculados a éstas, previa opinión de la autoridad hacendaria. Las opiniones a que se refiere este párrafo no serán vinculantes y deberán emitirse en un plazo no mayor de treinta días; transcurrido dicho plazo sin que se emitan las opiniones, el Instituto continuará los trámites correspondientes.

    Décimo

    Octavo

    Las concesiones del espectro radioeléctrico serán otorgadas mediante licitación pública, a fin de asegurar la máxima concurrencia, previniendo fenómenos de concentración que contraríen el interés público y asegurando el menor precio de los servicios al usuario final; en ningún caso el factor determinante para definir al ganador de la licitación será meramente económico. Las concesiones para uso público y social serán sin fines de lucro y se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa conforme a lo previsto por la ley y en condiciones que garanticen la transparencia del procedimiento. El Instituto Federal de Telecomunicaciones llevará un registro público de concesiones. La ley establecerá un esquema efectivo de sanciones que señale como causal de revocación del título de concesión, entre otras, el incumplimiento de las resoluciones que hayan quedado firmes en casos de conductas vinculadas con prácticas monopólicas. En la revocación de las concesiones, el Instituto dará aviso previo al Ejecutivo Federal a fin de que éste ejerza, en su caso, las atribuciones necesarias que garanticen la continuidad en la prestación del servicio.

    Décimo

    Noveno

    El Instituto Federal de Telecomunicaciones garantizará que el Gobierno Federal cuente con las concesiones necesarias para el ejercicio de sus funciones.
    Vigésimo La Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, serán independientes en sus decisiones y funcionamiento, profesionales en su desempeño e imparciales en sus actuaciones, y se regirán conforme a lo siguiente:
    I. I. Dictarán sus resoluciones con plena independencia;
    II. II. Ejercerán su presupuesto de forma autónoma. La Cámara de Diputados garantizará la suficiencia presupuestal a fin de permitirles el ejercicio eficaz y oportuno de sus competencias;
    III. III. Emitirán su propio estatuto orgánico, mediante un sistema de votación por mayoría calificada;
    IV. IV. Podrán emitir disposiciones administrativas de carácter general exclusivamente para el cumplimiento de su función regulatoria en el sector de su competencia;
    V. V. Las leyes garantizarán, dentro de cada organismo, la separación entre la autoridad que conoce de la etapa de investigación y la que resuelve en los procedimientos que se sustancien en forma de juicio;
    VI. VI. Los órganos de gobierno deberán cumplir con los principios de transparencia y acceso a la información. Deliberarán en forma colegiada y decidirán los asuntos por mayoría de votos; sus sesiones, acuerdos y resoluciones serán de carácter público con las excepciones que determine la ley;
    VII. VII. Las normas generales, actos u omisiones de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión. Solamente en los casos en que la Comisión Federal de Competencia Económica imponga multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, éstas se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo que, en su caso, se promueva. Cuando se trate de resoluciones de dichos organismos emanadas de un procedimiento seguido en forma de juicio sólo podrá impugnarse la que ponga fin al mismo por violaciones cometidas en la resolución o durante el procedimiento; las normas generales aplicadas durante el procedimiento sólo podrán reclamarse en el amparo promovido contra la resolución referida. Los juicios de amparo serán sustanciados por jueces y tribunales especializados en los términos del artículo 94 de esta Constitución. En ningún caso se admitirán recursos ordinarios o constitucionales contra actos intraprocesales;
    VIII. VIII. Los titulares de los órganos presentarán anualmente un programa de trabajo y trimestralmente un informe de actividades a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión; comparecerán ante la Cámara de Senadores anualmente y ante las Cámaras del Congreso en términos del artículo 93 de esta Constitución. El Ejecutivo Federal podrá solicitar a cualquiera de las Cámaras la comparecencia de los titulares ante éstas;
    IX. IX. Las leyes promoverán para estos órganos la transparencia gubernamental bajo principios de gobierno digital y datos abiertos;
    X. X. La retribución que perciban los Comisionados deberá ajustarse a lo previsto en el artículo 127 de esta Constitución;
    XI. XI. Los comisionados de los órganos podrán ser removidos de su cargo por las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado de la República, por falta grave en el ejercicio de sus funciones, en los términos que disponga la ley, y
    XII. XII. Cada órgano contará con un órgano interno de control, cuyo titular será designado por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, en los términos que disponga la ley.
    Vigésimo Primero Los órganos de gobierno, tanto de la Comisión Federal de Competencia Económica como del Instituto Federal de Telecomunicaciones se integrarán por siete Comisionados, incluyendo el Comisionado Presidente, designados en forma escalonada a propuesta del Ejecutivo Federal con la ratificación del Senado.
    Vigésimo Segundo El Presidente de cada uno de los órganos será nombrado por la Cámara de Senadores de entre los comisionados, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, por un periodo de cuatro años, renovable por una sola ocasión. Cuando la designación recaiga en un comisionado que concluya su encargo antes de dicho periodo, desempeñará la presidencia sólo por el tiempo que falte para concluir su encargo como comisionado.
    Vigésimo Tercero Los comisionados deberán cumplir los siguientes requisitos:
    I. I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
    II. II. Ser mayor de treinta y cinco años;
    III. III. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año;
    IV. IV. Poseer título profesional;
    V. V. Haberse desempeñado, cuando menos tres años, en forma destacada en actividades profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias afines a las de competencia económica, radiodifusión o telecomunicaciones, según corresponda;
    VI. VI. Acreditar, en los términos de este precepto, los conocimientos técnicos necesarios para el ejercicio del cargo;
    VII. VII. No haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal o local, Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, durante el año previo a su nombramiento, y
    VIII. VIII. En la Comisión Federal de Competencia Económica, no haber ocupado, en los últimos tres años, ningún empleo, cargo o función directiva en las empresas que hayan estado sujetas a alguno de los procedimientos sancionatorios que sustancia el citado órgano. En el Instituto Federal de Telecomunicaciones no haber ocupado, en los últimos tres años, ningún empleo, cargo o función directiva en las empresas de los concesionarios comerciales o privados o de las entidades a ellos relacionadas, sujetas a la regulación del Instituto.
    Vigésimo Cuarto Los Comisionados se abstendrán de desempeñar cualquier otro empleo, trabajo o comisión públicos o privados, con excepción de los cargos docentes; estarán impedidos para conocer asuntos en que tengan interés directo o indirecto, en los términos que la ley determine, y serán sujetos del régimen de responsabilidades del Título Cuarto de esta Constitución y de juicio político. La ley regulará las modalidades conforme a las cuales los Comisionados podrán establecer contacto para tratar asuntos de su competencia con personas que representen los intereses de los agentes económicos regulados.
    Vigésimo Quinto Los Comisionados durarán en su encargo nueve años y por ningún motivo podrán desempeñar nuevamente ese cargo. En caso de falta absoluta de algún comisionado, se procederá a la designación correspondiente, a través del procedimiento previsto en este artículo y a fin de que el sustituto concluya el periodo respectivo.
    Vigésimo Sexto Los aspirantes a ser designados como Comisionados acreditarán el cumplimiento de los requisitos señalados en los numerales anteriores, ante un Comité de Evaluación integrado por los titulares del Banco de México, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Para tales efectos, el Comité de Evaluación instalará sus sesiones cada que tenga lugar una vacante de comisionado, decidirá por mayoría de votos y será presidido por el titular de la entidad con mayor antigüedad en el cargo, quien tendrá voto de calidad.
    Vigésimo Séptimo El Comité emitirá una convocatoria pública para cubrir la vacante. Verificará el cumplimiento, por parte de los aspirantes, de los requisitos contenidos en el presente artículo y, a quienes los hayan satisfecho, aplicará un examen de conocimientos en la materia; el procedimiento deberá observar los principios de transparencia, publicidad y máxima concurrencia.
    Vigésimo Octavo Para la formulación del examen de conocimientos, el Comité de Evaluación deberá considerar la opinión de cuando menos dos instituciones de educación superior y seguirá las mejores prácticas en la materia.

    Vigésimo Noveno

     

    El Comité de Evaluación, por cada vacante, enviará al Ejecutivo una lista con un mínimo de tres y un máximo de cinco aspirantes, que hubieran obtenido las calificaciones aprobatorias más altas. En el caso de no completarse el número mínimo de aspirantes se emitirá una nueva convocatoria. El Ejecutivo seleccionará de entre esos aspirantes, al candidato que propondrá para su ratificación al Senado.
    Trigésimo La ratificación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales a partir de la presentación de la propuesta; en los recesos, la Comisión Permanente convocará desde luego al Senado. En caso de que la Cámara de Senadores rechace al candidato propuesto por el Ejecutivo, el Presidente de la República someterá una nueva propuesta, en los términos del párrafo anterior. Este procedimiento se repetirá las veces que sea necesario si se producen nuevos rechazos hasta que sólo quede un aspirante aprobado por el Comité de Evaluación, quien será designado comisionado directamente por el Ejecutivo.
    Trigésimo Primero Todos los actos del proceso de selección y designación de los Comisionados son inatacables.

  • Texto original: 5 febrero 1917

    Párrafo Fracción Texto original
    Primero Art. 28.- En los Estados Unidos Mexicanos no habrá monopolios ni estancos de ninguna clase; ni exención de impuestos; ni prohibiciones a título de protección a la industria; exceptuándose únicamente los relativos a la acuñación de moneda, a los correos, telégrafos y radiotelegrafía, a la emisión de billetes por medio de un solo Banco que controlará el Gobierno Federal, y a los privilegios que por determinado tiempo se concedan a los autores y artistas para la reproducción de sus obras, y a los que, para el uso exclusivo de sus inventos, se otorguen a los inventores y perfeccionadores de alguna mejora.
    Segundo En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos, de artículos de consumo necesario, y que tenga por objeto obtener el alza de precios; todo acto o procedimiento que evite o tienda a evitar la libre concurrencia en la producción, industria o comercio, o servicios al público; todo acuerdo o combinación, de cualquiera manera que se haga, de productores, industriales, comerciantes y empresarios de transportes o de alguno otro servicio, para evitar la competencia entre sí y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados; y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social.
    Tercero No constituyen monopolios las asociaciones de trabajadores formadas para proteger sus propios intereses.
    Cuarto Tampoco constituyen monopolios las asociaciones o sociedades cooperativas de productores para que, en defensa de sus intereses o del interés general, vendan directamente en los mercados extranjeros los productos nacionales o industriales que sean la principal fuente de riqueza de la región en que se produzcan, y que no sean artículos de primera necesidad, siempre que dichas asociaciones estén bajo la vigilancia o amparo del Gobierno Federal o de los Estados, y previa autorización que al efecto se obtenga de las legislaturas respectivas en cada caso. Las mismas legislaturas por sí o a propuesta del Ejecutivo, podrán derogar, cuando las necesidades públicas así lo exijan, las autorizaciones concedidas para la formación de las asociaciones de que se trata.

  • Nube de palabras Texto Vigente:

     

     

    Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

     

     

    Nube de Palabras Texto Original:
     Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

  • Evolución semántica:

    • 358 palabras en el texto original
    • 3,167 palabras en el texto vigente
    • 4 párrafos originales
    • 31 párrafos vigentes
    • 30 decretos de reformas (1982, 1983, 1990, 1993, 1995, 2013, 2014, 2015, 2016)

     

    Conteo de Palabra Ocurrencias Porcentaje
    federal 21 0.6502
    instituto 16 0.4954
    términos 15 0.4644
    competencia 15 0.4644
    constitución 14 0.4334
    telecomunicaciones 14 0.4334
    comisión 14 0.4334
    como 13 0.4025
    estado 13 0.4025
    esta 13 0.4025
    leyes 13 0.4025
    podrán 12 0.3715
    ley 12 0.3715
    lo 11 0.3406
    será 11 0.3406
    artículo 11 0.3406
    público 11 0.3406
    ejecutivo 10 0.3096
    vigésimo 10 0.3096
    décimo 10 0.3096
    comisionados 10 0.3096
    cargo 10 0.3096
    banco 9 0.2786
    caso 9 0.2786
    económica 9 0.2786
    concesiones 9 0.2786
    nacional 9 0.2786
    serán 8 0.2477
    forma 8 0.2477
    procedimiento 8 0.2477
    ser 8 0.2477
    servicios 7 0.2167
    objeto 7 0.2167
    partes 7 0.2167
    órganos 7 0.2167
    artículos 7 0.2167
    ningún 6 0.1858
    comité 6 0.1858
    contará 6 0.1858
    cada 6 0.1858
    gobierno 6 0.1858
    entre 6 0.1858
    sólo 6 0.1858
    años 6 0.1858
    cuando 6 0.1858
    monopolios 6 0.1858
    cámara 6 0.1858
    comisionado 6 0.1858
    materia 6 0.1858
    evaluación 6 0.1858
    general 6 0.1858
    radiodifusión 6 0.1858
    juicio 6 0.1858
    podrá 6 0.1858
    fin 6 0.1858
    ejercicio 6 0.1858
    funciones 6 0.1858
    necesarias 6 0.1858
    concurrencia 6 0.1858
    órgano 5 0.1548
    asociaciones 5 0.1548
    amparo 5 0.1548
    tendrá 5 0.1548
    senado 5 0.1548
    interés 5 0.1548
    autoridad 5 0.1548
    este 5 0.1548
    social 5 0.1548
    actividades 5 0.1548
    conforme 5 0.1548
    central 5 0.1548
    dos 5 0.1548
    uso 5 0.1548
    aspirantes 5 0.1548
    séptimo 5 0.1548
    i 4 0.1238
    v 4 0.1238
    iv 4 0.1238
    ii 4 0.1238
    vi 4 0.1238
    senadores 4 0.1238
    viii 4 0.1238
    acuerdo 4 0.1238
    presentes 4 0.1238
    intereses 4 0.1238
    título 4 0.1238
    primero 4 0.1238
    áreas 4 0.1238
    principios 4 0.1238
    precios 4 0.1238
    empleo 4 0.1238
    presidente 4 0.1238
    carácter 4 0.1238
    haber 4 0.1238
    concentración 4 0.1238
    dispuesto 4 0.1238
    exclusiva 4 0.1238
    sean 4 0.1238
    cuarto 4 0.1238
    desarrollo 4 0.1238
    propuesta 4 0.1238
    libre 4 0.1238
    transparencia 4 0.1238
    ante 4 0.1238
    servicio 4 0.1238
    cumplimiento 4 0.1238
    sexto 4 0.1238
    prestación 4 0.1238
    mediante 4 0.1238
    designación 4 0.1238
    tres 4 0.1238
    miembros 4 0.1238
    derechos 4 0.1238
    autónomo 4 0.1238
    prácticas 4 0.1238
    iii 4 0.1238
    terceras 4 0.1238
    república 4 0.1238
    resoluciones 4 0.1238
    vii 4 0.1238
    encargo 4 0.1238
    personas 4 0.1238
    activos 3 0.0929
    6o 3 0.0929
    7o 3 0.0929
    vacante 3 0.0929
    productos 3 0.0929
    3 0.0929
    octavo 3 0.0929
    párrafo 3 0.0929
    requisitos 3 0.0929
    quinto 3 0.0929
    voto 3 0.0929
    revocación 3 0.0929
    deberá 3 0.0929
    eliminar 3 0.0929
    mismo 3 0.0929
    cuya 3 0.0929
    ratificación 3 0.0929
    determine 3 0.0929
    segundo 3 0.0929
    hayan 3 0.0929
    condiciones 3 0.0929
    actos 3 0.0929
    manera 3 0.0929
    estratégicas 3 0.0929
    bajo 3 0.0929
    relacionadas 3 0.0929
    deberán 3 0.0929
    control 3 0.0929
    estos 3 0.0929
    asuntos 3 0.0929
    ejerza 3 0.0929
    comunicación 3 0.0929
    generales 3 0.0929
    constituyen 3 0.0929
    previo 3 0.0929
    desincorporación 3 0.0929
    mercados 3 0.0929
    modalidades 3 0.0929
    materias 3 0.0929
    conocimientos 3 0.0929
    noveno 3 0.0929
    mayor 3 0.0929
    energía 3 0.0929
    durante 3 0.0929
    empresas 3 0.0929
    autorización 3 0.0929
    éstas 3 0.0929
    treinta 3 0.0929
    acceso 3 0.0929
    quien 3 0.0929
    regulación 3 0.0929
    monopólicas 3 0.0929
    función 3 0.0929
    cumplir 3 0.0929
    regulará 3 0.0929
    propio 3 0.0929
    titulares 3 0.0929
    periodo 3 0.0929
    mayoría 3 0.0929
    opinión 3 0.0929
    plazo 3 0.0929
    previsto 3 0.0929
    excepción 3 0.0929
    tercero 3 0.0929
    ordenar 3 0.0929
    casos 3 0.0929
    u 2 0.0619
    x 2 0.0619
    mexicano 2 0.0619
    27 2 0.0619
    ix 2 0.0619
    xi 2 0.0619
    permanente 2 0.0619
    trigésimo 2 0.0619
    eficiente 2 0.0619
    emitir 2 0.0619
    garantizará 2 0.0619
    docentes 2 0.0619
    eficacia 2 0.0619
    convocatoria 2 0.0619
    establecerá 2 0.0619
    garantizando 2 0.0619
    funcionamiento 2 0.0619
    excepciones 2 0.0619
    evitar 2 0.0619
    educación 2 0.0619
    siguientes 2 0.0619
    ellas 2 0.0619
    rectoría 2 0.0619
    insumos 2 0.0619
    directamente 2 0.0619
    eficazmente 2 0.0619
    tenga 2 0.0619
    espectro 2 0.0619
    concluya 2 0.0619
    dentro 2 0.0619
    petróleo 2 0.0619
    dará 2 0.0619
    mismas 2 0.0619
    mínimo 2 0.0619
    prioritario 2 0.0619
    diputados 2 0.0619
    falta 2 0.0619
    contraríen 2 0.0619
    cámaras 2 0.0619
    nueva 2 0.0619
    algún 2 0.0619
    dicho 2 0.0619
    esenciales 2 0.0619
    hasta 2 0.0619
    emitirá 2 0.0619
    disponga 2 0.0619
    contra 2 0.0619
    hidrocarburos 2 0.0619
    tiempo 2 0.0619
    designado 2 0.0619
    consumidores 2 0.0619
    cabo 2 0.0619
    normas 2 0.0619
    trabajo 2 0.0619
    organización 2 0.0619
    fenómenos 2 0.0619
    través 2 0.0619
    procedimientos 2 0.0619
    industriales 2 0.0619
    necesario 2 0.0619
    sido 2 0.0619
    acciones 2 0.0619
    previa 2 0.0619
    sociedades 2 0.0619
    respectivas 2 0.0619
    anualmente 2 0.0619
    legislaturas 2 0.0619
    facultades 2 0.0619
    otorgamiento 2 0.0619
    demás 2 0.0619
    esos 2 0.0619
    unión 2 0.0619
    explotación 2 0.0619
    jurídica 2 0.0619
    político 2 0.0619
    asegurar 2 0.0619
    otro 2 0.0619
    directiva 2 0.0619
    patrimonio 2 0.0619
    méxico 2 0.0619
    límites 2 0.0619
    concesionarios 2 0.0619
    garanticen 2 0.0619
    congreso 2 0.0619
    protegerá 2 0.0619
    cinco 2 0.0619
    examen 2 0.0619
    conducción 2 0.0619
    votos 2 0.0619
    resolución 2 0.0619
    agentes 2 0.0619
    licitación 2 0.0619
    públicos 2 0.0619
    alza 2 0.0619
    privados 2 0.0619
    consumo 2 0.0619
    pública 2 0.0619
    nación 2 0.0619
    radioeléctrico 2 0.0619
    ocupado 2 0.0619
    menos 2 0.0619
    grave 2 0.0619
    señalen 2 0.0619
    organismos 2 0.0619
    impuestos 2 0.0619
    sustancialmente 2 0.0619
    últimos 2 0.0619
    todo 2 0.0619
    distribución 2 0.0619
    aprovechamiento 2 0.0619
    económicos 2 0.0619
    efecto 2 0.0619
    dominio 2 0.0619
    sociales 2 0.0619
    privado 2 0.0619
    designados 2 0.0619
    poder 2 0.0619
    indirecto 2 0.0619
    atribuciones 2 0.0619
    cualquier 2 0.0619
    desempeñar 2 0.0619
    refiere 2 0.0619
    año 2 0.0619
    días 2 0.0619
    corresponda 2 0.0619
    corresponde 2 0.0619
    personalidad 2 0.0619
    prioritarias 2 0.0619
    cambios 2 0.0619
    sectores 2 0.0619
    efectos 2 0.0619
    sin 2 0.0619
    son 2 0.0619
    opiniones 2 0.0619
    secretario 2 0.0619
    moneda 2 0.0619
    más 2 0.0619
    alguna 2 0.0619
    necesarios 2 0.0619
    entidades 2 0.0619
    productores 2 0.0619
    profesionales 2 0.0619
    eficaz 2 0.0619
    otorgar 2 0.0619
    sesiones 2 0.0619
    autoridades 2 0.0619
    xii 2 0.0619
    sujetos 2 0.0619
    sujetas 2 0.0619
    candidato 2 0.0619
    máxima 2 0.0619
    sistema 2 0.0619
    barreras 2 0.0619
    establecen 2 0.0619
    fines 2 0.0619
    bienes 2 0.0619
    titular 2 0.0619
    fijarán 2 0.0619
    e 1 0.031
    referida 1 0.031
    inventores 1 0.031
    causal 1 0.031
    aplicadas 1 0.031
    participe 1 0.031
    doloso 1 0.031
    2o 1 0.031
    25 1 0.031
    28 1 0.031
    lalas 1 0.031
    3o 1 0.031
    94 1 0.031
    93 1 0.031
    vigilará 1 0.031
    renovable 1 0.031
    actuaciones 1 0.031
    es 1 0.031
    obtenido 1 0.031
    necesidades 1 0.031
    continuidad 1 0.031
    si 1 0.031
    artistas 1 0.031
    científicas 1 0.031
    utilización 1 0.031
    castigará 1 0.031
    actúen 1 0.031
    adquisitivo 1 0.031
    estadística 1 0.031
    representen 1 0.031
    ganador 1 0.031
    sustituto 1 0.031
    fiscal 1 0.031
    proteger 1 0.031
    usuario 1 0.031
    aprobado 1 0.031
    pasiva 1 0.031
    esquema 1 0.031
    lugar 1 0.031
    fuente 1 0.031
    determinadas 1 0.031
    orgánico 1 0.031
    determinación 1 0.031
    producción 1 0.031
    proceso 1 0.031
    instituciones 1 0.031
    sujetándose 1 0.031
    empresarios 1 0.031
    luego 1 0.031
    resuelve 1 0.031
    resuelva 1 0.031
    administrar 1 0.031
    tanto 1 0.031
    integrarán 1 0.031
    emitan 1 0.031
    comerciantes 1 0.031
    objetivo 1 0.031
    meramente 1 0.031
    regirán 1 0.031
    admitirán 1 0.031
    obras 1 0.031
    establecido 1 0.031
    lucro 1 0.031
    perfeccionadores 1 0.031
    independientes 1 0.031
    respectivo 1 0.031
    transmisión 1 0.031
    notificará 1 0.031
    naturales 1 0.031
    obtener 1 0.031
    satélite 1 0.031
    obtenga 1 0.031
    tales 1 0.031
    contacto 1 0.031
    tratar 1 0.031
    correos 1 0.031
    completarse 1 0.031
    conductas 1 0.031
    poderes 1 0.031
    ciudadano 1 0.031
    removidos 1 0.031
    removidas 1 0.031
    citado 1 0.031
    juicios 1 0.031
    redes 1 0.031
    estabilización 1 0.031
    recursos 1 0.031
    indígenas 1 0.031
    emisión 1 0.031
    constituirán 1 0.031
    permisos 1 0.031
    nacimiento 1 0.031
    contraprestaciones 1 0.031
    favor 1 0.031
    radiactivos 1 0.031
    ajustarse 1 0.031
    calificada 1 0.031
    competencias 1 0.031
    incumplimiento 1 0.031
    planeación 1 0.031
    calidad 1 0.031
    presidencia 1 0.031
    prohibiciones 1 0.031
    profesional 1 0.031
    independencia 1 0.031
    nacionales 1 0.031
    requiera 1 0.031
    número 1 0.031
    tengan 1 0.031
    tener 1 0.031
    abstendrán 1 0.031
    garantizarán 1 0.031
    competentes 1 0.031
    concluir 1 0.031
    seleccionará 1 0.031
    consecuencia 1 0.031
    ejecutarán 1 0.031
    quedan 1 0.031
    comunitarias 1 0.031
    evitarán 1 0.031
    acuñación 1 0.031
    pagar 1 0.031
    perseguirán 1 0.031
    asignación 1 0.031
    tratamiento 1 0.031
    nuevamente 1 0.031
    desempeñado 1 0.031
    accionario 1 0.031
    concentraciones 1 0.031
    observancia 1 0.031
    desempeñará 1 0.031
    cobertura 1 0.031
    falte 1 0.031
    ocasión 1 0.031
    régimen 1 0.031
    operación 1 0.031
    coordinados 1 0.031
    altas 1 0.031
    nuevos 1 0.031
    seguridad 1 0.031
    intervención 1 0.031
    ramo 1 0.031
    procurar 1 0.031
    cuyo 1 0.031
    nueve 1 0.031
    primera 1 0.031
    dicha 1 0.031
    técnica 1 0.031
    telégrafos 1 0.031
    geográfica 1 0.031
    mecanismo 1 0.031
    apegará 1 0.031
    permitirles 1 0.031
    convocará 1 0.031
    estarán 1 0.031
    denominados 1 0.031
    soberanía 1 0.031
    extranjeros 1 0.031
    anteriores 1 0.031
    bases 1 0.031
    asegurando 1 0.031
    todos 1 0.031
    temporal 1 0.031
    decidirán 1 0.031
    verificará 1 0.031
    conoce 1 0.031
    administración 1 0.031
    destacada 1 0.031
    región 1 0.031
    investigación 1 0.031
    suficiencia 1 0.031
    antigüedad 1 0.031
    comerciales 1 0.031
    sustancien 1 0.031
    factor 1 0.031
    técnicos 1 0.031
    multas 1 0.031
    culturales 1 0.031
    rechazos 1 0.031
    incluyendo 1 0.031
    presupuesto 1 0.031
    trámites 1 0.031
    cuente 1 0.031
    remunerados 1 0.031
    estabilidad 1 0.031
    seguirá 1 0.031
    garantizar 1 0.031
    generación 1 0.031
    superior 1 0.031
    precio 1 0.031
    sujeción 1 0.031
    civiles 1 0.031
    manejo 1 0.031
    minerales 1 0.031
    nombrado 1 0.031
    reputación 1 0.031
    interno 1 0.031
    intraprocesales 1 0.031
    provoquen 1 0.031
    autores 1 0.031
    prevengan 1 0.031
    previniendo 1 0.031
    retribución 1 0.031
    110 1 0.031
    127 1 0.031
    autorizaciones 1 0.031
    exijan 1 0.031
    suspensión 1 0.031
    prisión 1 0.031
    regulatoria 1 0.031
    federación 1 0.031
    nombramiento 1 0.031
    propondrá 1 0.031
    seguido 1 0.031
    anticompetitivos 1 0.031
    mantendrá 1 0.031
    impugnarse 1 0.031
    hubieran 1 0.031
    zona 1 0.031
    sujetarán 1 0.031
    señale 1 0.031
    geografía 1 0.031
    organismo 1 0.031
    contando 1 0.031
    sola 1 0.031
    especializados 1 0.031
    frecuencias 1 0.031
    institución 1 0.031
    ordenará 1 0.031
    formación 1 0.031
    presidido 1 0.031
    vías 1 0.031
    aprobación 1 0.031
    estar 1 0.031
    intermediaciones 1 0.031
    senador 1 0.031
    jefe 1 0.031
    gobernador 1 0.031
    sustancia 1 0.031
    firmes 1 0.031
    oportuno 1 0.031
    correspondiente 1 0.031
    otorguen 1 0.031
    omisiones 1 0.031
    presentación 1 0.031
    hagan 1 0.031
    digital 1 0.031
    rechace 1 0.031
    partir 1 0.031
    estén 1 0.031
    numerales 1 0.031
    someterá 1 0.031
    federativas 1 0.031
    estará 1 0.031
    distribuir 1 0.031
    desempeño 1 0.031
    mercado 1 0.031
    ventaja 1 0.031
    ejercerá 1 0.031
    formadas 1 0.031
    desde 1 0.031
    clase 1 0.031
    acuerdos 1 0.031
    siete 1 0.031
    exclusivo 1 0.031
    votación 1 0.031
    aplicará 1 0.031
    fijará 1 0.031
    imponga 1 0.031
    reclamarse 1 0.031
    imponer 1 0.031
    cometidas 1 0.031
    riqueza 1 0.031
    siguiente 1 0.031
    datos 1 0.031
    impugnados 1 0.031
    anterior 1 0.031
    aspirante 1 0.031
    infraestructura 1 0.031
    ninguna 1 0.031
    condenado 1 0.031
    separación 1 0.031
    etapa 1 0.031
    decisiones 1 0.031
    dictarán 1 0.031
    sustanciados 1 0.031
    pocas 1 0.031
    absoluta 1 0.031
    necesidad 1 0.031
    cuatro 1 0.031
    dichos 1 0.031
    improrrogable 1 0.031
    salvo 1 0.031
    haberse 1 0.031
    dichas 1 0.031
    proveer 1 0.031
    protección 1 0.031
    sancionatorios 1 0.031
    provean 1 0.031
    nuclear 1 0.031
    incluyen 1 0.031
    registro 1 0.031
    supervisión 1 0.031
    informe 1 0.031
    fiduciaria 1 0.031
    establezcan 1 0.031
    perciban 1 0.031
    cruzada 1 0.031
    decidirá 1 0.031
    resultados 1 0.031
    económico 1 0.031
    procederá 1 0.031
    regional 1 0.031
    obligar 1 0.031
    aseguren 1 0.031
    denominado 1 0.031
    extracción 1 0.031
    unidos 1 0.031
    comparecerán 1 0.031
    formulación 1 0.031
    goce 1 0.031
    cualquiera 1 0.031
    ejercer 1 0.031
    propuesto 1 0.031
    economía 1 0.031
    enviará 1 0.031
    innecesarias 1 0.031
    promueva 1 0.031
    recibir 1 0.031
    manos 1 0.031
    popular 1 0.031
    máximos 1 0.031
    ello 1 0.031
    constituya 1 0.031
    programa 1 0.031
    excesivas 1 0.031
    donde 1 0.031
    propiedad 1 0.031
    correspondientes 1 0.031
    eléctrico 1 0.031
    eléctrica 1 0.031
    beneficencia 1 0.031
    precepto 1 0.031
    principal 1 0.031
    cuidado 1 0.031
    éstos 1 0.031
    publicidad 1 0.031
    jueces 1 0.031
    políticos 1 0.031
    combinación 1 0.031
    evaluará 1 0.031
    según 1 0.031
    derogar 1 0.031
    durarán 1 0.031
    públicas 1 0.031
    escalonada 1 0.031
    activa 1 0.031
    colegiada 1 0.031
    poseer 1 0.031
    llevar 1 0.031
    mejor 1 0.031
    siempre 1 0.031
    investigar 1 0.031
    parte 1 0.031
    otras 1 0.031
    otros 1 0.031
    antes 1 0.031
    también 1 0.031
    prohibidos 1 0.031
    acreditar 1 0.031
    tampoco 1 0.031
    acreditarán 1 0.031
    hacendaria 1 0.031
    períodos 1 0.031
    concesionamiento 1 0.031
    quedado 1 0.031
    menor 1 0.031
    expida 1 0.031
    presente 1 0.031
    aquéllos 1 0.031
    integrado 1 0.031
    quede 1 0.031
    desempeñarán 1 0.031
    producen 1 0.031
    estados 1 0.031
    continuará 1 0.031
    transcurrido 1 0.031
    mejores 1 0.031
    violaciones 1 0.031
    selección 1 0.031
    ponga 1 0.031
    pena 1 0.031
    toda 1 0.031
    energética 1 0.031
    cuales 1 0.031
    privilegios 1 0.031
    buena 1 0.031
    insuficiencia 1 0.031
    mexicanos 1 0.031
    impedidos 1 0.031
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    concedidas 1 0.031
    monto 1 0.031
    fortaleciendo 1 0.031
    satisfecho 1 0.031
    defensa 1 0.031
    exploración 1 0.031
    llevará 1 0.031
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    conocer 1 0.031
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    lista 1 0.031
    deliberarán 1 0.031
    escalonamiento 1 0.031
    mejora 1 0.031
    titularidad 1 0.031
    llevarse 1 0.031
    severamente 1 0.031
    proporciones 1 0.031
    inventos 1 0.031
    determinante 1 0.031
    promoción 1 0.031
    emanadas 1 0.031
    derivados 1 0.031
    concesión 1 0.031
    señalados 1 0.031
    representación 1 0.031
    ferrocarriles 1 0.031
    aviso 1 0.031
    diputado 1 0.031
    autónoma 1 0.031
    radiotelegrafía 1 0.031
    financieros 1 0.031
    directo 1 0.031
    reguladora 1 0.031
    directa 1 0.031
    solamente 1 0.031
    constitucionales 1 0.031
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    otorgarán 1 0.031
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    ciudad 1 0.031
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    estatuto 1 0.031
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    alguno 1 0.031
    local 1 0.031
    inatacables 1 0.031
    hará 1 0.031
    vendan 1 0.031
    estancos 1 0.031
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    aprobatorias 1 0.031
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    considerar 1 0.031
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    establezca 1 0.031
    establecidos 1 0.031
    propiciará 1 0.031
    abasto 1 0.031
    controle 1 0.031
    ingresos 1 0.031
    encargadas 1 0.031
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    entidad 1 0.031
    acaparamiento 1 0.031
    sirvan 1 0.031
    ésta 1 0.031
    éste 1 0.031
    abiertos 1 0.031
    vía 1 0.031
    vigilancia 1 0.031
    otorgadas 1 0.031
    propios 1 0.031
    trate 1 0.031
    trata 1 0.031
    restricciones 1 0.031
    combatir 1 0.031
    instalará 1 0.031
    contratos 1 0.031
    gubernamental 1 0.031
    concedan 1 0.031
    disposiciones 1 0.031
    exagerados 1 0.031
    recaiga 1 0.031
    legislativo 1 0.031
    presupuestal 1 0.031
    exenciones 1 0.031
    conceder 1 0.031
    máximo 1 0.031
    impondrá 1 0.031
    gozar 1 0.031
    uno 1 0.031
    cesiones 1 0.031
    afines 1 0.031
    trimestralmente 1 0.031
    prevenir 1 0.031
    subsidios 1 0.031
    financiamiento 1 0.031
    únicamente 1 0.031
    sanciones 1 0.031
    causa 1 0.031
    fideicomiso 1 0.031
    exclusivamente 1 0.031
    expresamente 1 0.031
    afecten 1 0.031
    final 1 0.031
    establecer 1 0.031
    regulados 1 0.031
    billetes 1 0.031
    reguladores 1 0.031
    veces 1 0.031
    vinculados 1 0.031
    académicas 1 0.031
    promoverán 1 0.031
    vinculadas 1 0.031
    participantes 1 0.031
    observar 1 0.031
    hecha 1 0.031
    ejercerán 1 0.031
    trabajadores 1 0.031
    finanzas 1 0.031
    amerite 1 0.031
    presentarán 1 0.031
    responsabilidades 1 0.031
    repetirá 1 0.031
    intermediación 1 0.031
    regular 1 0.031
    calificaciones 1 0.031
    ellos 1 0.031
    duración 1 0.031
    pleno 1 0.031
    plena 1 0.031
    perjuicio 1 0.031
    recesos 1 0.031
    determinado 1 0.031
    comercial 1 0.031

     

     

     

  • Acciones colectivas.
    Áreas estratégicas y prioritarias del
    desarrollo.
    Banco central.
    Bienes de dominio público.
    Cámara de Senadores.
    Comisión Federal de Competencia Económica.
    Derecho a la alimentación.
    Derechos sociales.

    Federación.
    Gobierno Federal.
    Hacienda pública.
    Instituto Federal de Telecomunicaciones.
    Libertad de comercio.
    Libre concurrencia.
    Monopolio.
    Nación.
    Órgano constitucional autónomo.
    Petróleo e hidrocarburos.
    Poder Ejecutivo Federal.
    Presidente de la República.
    Principios de políticas de gobierno.
    Protección y orientación al consumidor.
    Rectoría Económica.
    Recursos naturales.
    Servicios públicos.
    Sistema financiero mexicano.
    Soberanía.
    Subsidio o exención.
    Vías generales de comunicación.



    * El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.

 

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