Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

Artículo 66

Ultima reforma el 3 de septiembre de 1993

  • Párrafo Fracción Texto vigente
    Primero Artículo 66. Cada período de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos mencionados en el artículo anterior. El primer período no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el Presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo período no podrá prolongarse más allá del 30 de abril del mismo año.
    Segundo Si las dos Cámaras no estuvieren de acuerdo para poner término a las Sesiones antes de las fechas indicadas, resolverá el Presidente de la República.

  • Texto original: 5 febrero 1917

    Párrafo Fracción Texto original
    Primero

    Art. 66.- El período de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar de todos los asuntos mencionados en el artículo anterior; pero no podrá prolongarse más que hasta el treinta y uno de diciembre del mismo año. Si las dos Cámaras no estuvieren de acuerdo para poner término a las sesiones antes de la fecha indicada, resolverá el Presidente de la República.

  • Nube de palabras Texto Vigente:

     

     

    Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

     

    Nube de Palabras Texto Original:
    Los tamaños de las palabras van en relación al número de veces que se repite en el texto constitucional.

  • Evolución semántica:

    • 61 palabras en el texto original
    • 108 palabras en el texto vigente
    • 1 párrafo original
    • 2 párrafos vigentes
    • 2 decretos de reformas (1986, 1993)

     

    Conteo de Palabra Ocurrencias Porcentaje
    mismo 3 2.6786
    artículo 3 2.6786
    año 3 2.6786
    sesiones 3 2.6786
    período 3 2.6786
    hasta 2 1.7857
    segundo 2 1.7857
    presidente 2 1.7857
    diciembre 2 1.7857
    prolongarse 2 1.7857
    para 2 1.7857
    podrá 2 1.7857
    república 2 1.7857
    a 1 0.8929
    30 1 0.8929
    31 1 0.8929
    15 1 0.8929
    83 1 0.8929
    66 1 0.8929
    su 1 0.8929
    si 1 0.8929
    fechas 1 0.8929
    abril 1 0.8929
    tratar 1 0.8929
    podrán 1 0.8929
    acuerdo 1 0.8929
    cámaras 1 0.8929
    cuyo 1 0.8929
    primero 1 0.8929
    todos 1 0.8929
    tiempo 1 0.8929
    primer 1 0.8929
    cada 1 0.8929
    caso 1 0.8929
    asuntos 1 0.8929
    necesario 1 0.8929
    sino 1 0.8929
    estuvieren 1 0.8929
    anterior 1 0.8929
    indicadas 1 0.8929
    cuando 1 0.8929
    mencionados 1 0.8929
    allá 1 0.8929
    antes 1 0.8929
    resolverá 1 0.8929
    poner 1 0.8929
    excepto 1 0.8929
    ese 1 0.8929
    dos 1 0.8929
    extenderse 1 0.8929
    por 1 0.8929
    ordinarias 1 0.8929
    más 1 0.8929
    término 1 0.8929
    los 1 0.8929
    durará 1 0.8929
    fecha 1 0.8929
    prevista 1 0.8929
    inicie 1 0.8929
    encargo 1 0.8929

     

     

     

  • Congreso de la Unión.
    Presidente de la República.

    * El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.

 

Listado de conceptos

Artículos relacionados