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Artículo 111
Ultima reforma el 19 de febrero de 2021
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Párrafo Fracción Texto vigente Primero Artículo 111. Para proceder penalmente contra los diputados y senadores al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, así como el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por la comisión de delitos durante el tiempo de su encargo, la Cámara de Diputados declarará por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, si ha o no lugar a proceder contra el inculpado. Segundo Si la resolución de la Cámara fuese negativa se suspenderá todo procedimiento ulterior, pero ello no será obstáculo para que la imputación por la comisión del delito continúe su curso cuando el inculpado haya concluido el ejercicio de su encargo, pues la misma no prejuzga los fundamentos de la imputación. Tercero Si la Cámara declara que ha lugar a proceder, el sujeto quedará a disposición de las autoridades competentes para que actúen con arreglo a la ley. Cuarto Para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable. Quinto Para poder proceder penalmente por delitos federales contra los ejecutivos de las entidades federativas, diputados locales, magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas, en su caso los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, y los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía se seguirá el mismo procedimiento establecido en este artículo, pero en este supuesto, la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las Legislaturas Locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda. Sexto Las declaraciones y resoluciones de las Cámaras de Diputados y Senadores son inatacables. Séptimo El efecto de la declaración de que ha lugar a proceder contra el inculpado será separarlo de su encargo en tanto esté sujeto a proceso penal. Si éste culmina en sentencia absolutoria el inculpado podrá reasumir su función. Si la sentencia fuese condenatoria y se trata de un delito cometido durante el ejercicio de su encargo, no se concederá al reo la gracia del indulto. Octavo En demandas del orden civil que se entablen contra cualquier servidor público no se requerirá declaración de procedencia. Noveno Las sanciones penales se aplicarán de acuerdo con lo dispuesto en la legislación penal, y tratándose de delitos por cuya comisión el autor obtenga un beneficio económico o cause daños o perjuicios patrimoniales, deberán graduarse de acuerdo con el lucro obtenido y con la necesidad de satisfacer los daños y perjuicios causados por su conducta ilícita. Décimo Las sanciones económicas no podrán exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños o perjuicios causados. -
Texto original: 5 febrero 1917
Párrafo Fracción Texto original Primero Art. 111.- De los delitos oficiales conocerá el Senado, erigido en Gran Jurado; pero no podrá abrir la averiguación correspondiente, sin previa acusación de la Cámara de Diputados. Segundo Si la Cámara de Senadores declarase, por mayoría de las dos terceras partes del total de sus miembros, después de oír al acusado y de practicar las diligencias que estime convenientes, que éste es culpable, quedará privado de su puesto, por virtud de tal declaración o inhabilitado para obtener otro, por el tiempo que determinare la ley. Tercero Cuando el mismo hecho tuviere señalada otra pena en la ley, el acusado quedará a disposición de las autoridades comunes, para que lo juzguen y castiguen con arreglo a ella. Cuarto En los casos de este artículo y en los del anterior, las resoluciones del Gran Jurado y la declaración, en su caso, de la Cámara de Diputados, son inatacables. Quinto Se concede acción popular para denunciar ante la Cámara de Diputados, los delitos comunes u oficiales de los altos funcionarios de la Federación, y cuando la Cámara mencionada declare que ha lugar a acusar ante el Senado, nombrará una Comisión de su seno, para que sostenga ante aquél la acusación de que se trate. Sexto El Congreso de la Unión expedirá, a la mayor brevedad, una ley sobre responsabilidad de todos los funcionarios y empleados de la Federación, determinando como faltas oficiales todos los actos u omisiones que puedan redundar en perjuicio de los intereses públicos y del buen despacho, aunque hasta la fecha no hayan tenido carácter delictuoso. Estos delitos serán siempre juzgados por un Jurado Popular, en los términos que para los delitos de imprenta establece el artículo 20. -
Nube de palabras Texto Vigente: Nube de Palabras Texto Original: -
Evolución semántica:
- 272 palabras en el texto original
- 481 palabras en el texto vigente
- 6 párrafos original
- 10 párrafos vigentes
- 11 decretos de reformas (1928, 1944, 1974, 1982, 1987, 1994, 1996, 2007, 2014, 2016)
Conteo de Palabra Ocurrencias Porcentaje contra 5 1.0142 cámara 5 1.0142 proceder 5 1.0142 con 5 1.0142 locales 4 0.8114 senadores 4 0.8114 lugar 4 0.8114 diputados 4 0.8114 inculpado 4 0.8114 encargo 4 0.8114 penal 3 0.6085 será 3 0.6085 artículo 3 0.6085 daños 3 0.6085 este 3 0.6085 perjuicios 3 0.6085 declaración 3 0.6085 miembros 3 0.6085 delitos 3 0.6085 ejercicio 3 0.6085 comisión 3 0.6085 lo 2 0.4057 un 2 0.4057 como 2 0.4057 acuerdo 2 0.4057 sentencia 2 0.4057 procedencia 2 0.4057 fuese 2 0.4057 presidente 2 0.4057 causados 2 0.4057 consejeros 2 0.4057 federativas 2 0.4057 sujeto 2 0.4057 supuesto 2 0.4057 durante 2 0.4057 imputación 2 0.4057 general 2 0.4057 pero 2 0.4057 efecto 2 0.4057 delito 2 0.4057 justicia 2 0.4057 procedimiento 2 0.4057 sus 2 0.4057 entidades 2 0.4057 electoral 2 0.4057 legislación 2 0.4057 república 2 0.4057 penalmente 2 0.4057 magistrados 2 0.4057 sanciones 2 0.4057 penales 1 0.2028 concluido 1 0.2028 obtenidos 1 0.2028 aplicable 1 0.2028 autonomía 1 0.2028 obtenido 1 0.2028 graduarse 1 0.2028 actúen 1 0.2028 fiscal 1 0.2028 judicaturas 1 0.2028 proceso 1 0.2028 tratándose 1 0.2028 absolutoria 1 0.2028 tanto 1 0.2028 corte 1 0.2028 indulto 1 0.2028 establecido 1 0.2028 octavo 1 0.2028 lucro 1 0.2028 obtenga 1 0.2028 podrán 1 0.2028 sesión 1 0.2028 presentes 1 0.2028 quinto 1 0.2028 autor 1 0.2028 comunique 1 0.2028 superiores 1 0.2028 requerirá 1 0.2028 ejecutivos 1 0.2028 competentes 1 0.2028 federal 1 0.2028 términos 1 0.2028 concederá 1 0.2028 orden 1 0.2028 cámaras 1 0.2028 mismo 1 0.2028 misma 1 0.2028 arreglo 1 0.2028 primero 1 0.2028 cuya 1 0.2028 culmina 1 0.2028 décimo 1 0.2028 obstáculo 1 0.2028 suspenderá 1 0.2028 segundo 1 0.2028 tiempo 1 0.2028 acusarlo 1 0.2028 declara 1 0.2028 disposición 1 0.2028 seguirá 1 0.2028 superior 1 0.2028 ministros 1 0.2028 reasumir 1 0.2028 consejos 1 0.2028 prejuzga 1 0.2028 110 1 0.2028 111 1 0.2028 aplicarán 1 0.2028 base 1 0.2028 caso 1 0.2028 habrá 1 0.2028 deberán 1 0.2028 declarará 1 0.2028 fundamentos 1 0.2028 dispuesto 1 0.2028 separarlo 1 0.2028 conducta 1 0.2028 sala 1 0.2028 legislaturas 1 0.2028 sólo 1 0.2028 entablen 1 0.2028 noveno 1 0.2028 absoluta 1 0.2028 gracia 1 0.2028 necesidad 1 0.2028 unión 1 0.2028 consejero 1 0.2028 cuarto 1 0.2028 beneficios 1 0.2028 consejo 1 0.2028 esté 1 0.2028 económico 1 0.2028 cuando 1 0.2028 constituciones 1 0.2028 congreso 1 0.2028 ello 1 0.2028 despacho 1 0.2028 resolución 1 0.2028 instituto 1 0.2028 procedan 1 0.2028 ante 1 0.2028 secretarios 1 0.2028 declaraciones 1 0.2028 resolverá 1 0.2028 público 1 0.2028 servidor 1 0.2028 quedará 1 0.2028 nación 1 0.2028 satisfacer 1 0.2028 patrimoniales 1 0.2028 organismos 1 0.2028 tantos 1 0.2028 toca 1 0.2028 todo 1 0.2028 electorales 1 0.2028 sexto 1 0.2028 económicas 1 0.2028 demandas 1 0.2028 así 1 0.2028 judicatura 1 0.2028 tribunal 1 0.2028 podrá 1 0.2028 poder 1 0.2028 tres 1 0.2028 atribuciones 1 0.2028 cualquier 1 0.2028 continúe 1 0.2028 pues 1 0.2028 función 1 0.2028 exceder 1 0.2028 corresponda 1 0.2028 nacional 1 0.2028 reo 1 0.2028 son 1 0.2028 ilícita 1 0.2028 curso 1 0.2028 inatacables 1 0.2028 haya 1 0.2028 federales 1 0.2028 tribunales 1 0.2028 otorgue 1 0.2028 ley 1 0.2028 les 1 0.2028 ulterior 1 0.2028 cometido 1 0.2028 éste 1 0.2028 civil 1 0.2028 mayoría 1 0.2028 trata 1 0.2028 autoridades 1 0.2028 condenatoria 1 0.2028 resoluciones 1 0.2028 suprema 1 0.2028 cause 1 0.2028 séptimo 1 0.2028 tercero 1 0.2028 negativa 1 0.2028 beneficio 1 0.2028 -
Cámara de Diputados.
Cámara de Senadores.
Congreso de la Unión.
Consejo de la Judicatura Federal.
Delito.
Entidades federativas.
Fiscalía General de la República.
Fuero Constitucional.
Gobernador.
Gobierno de la Ciudad de México.
Gobierno Federal.
Instituto Nacional Electoral.
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.
Legislatura de la Ciudad de México.
Poder Judicial Federal .
Responsabilidades de los servidores públicos.
Secretaría de Estado.
Servidor público.
Suprema Corte de Justicia de la Nación.
* El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.
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