TLCAN, Ruta de Prosperidad y Conflicto

Si viviera Pedro María Anaya, héroe defensor del Convento de Churubusco durante la intervención estadounidense en 1847, seguramente no se sorprendería de la nueva batalla que libramos por estos días, si bien ahora es de carácter mercantil.  Y es que tenemos una larga historia de más de 100 conflictos, entre invasiones armadas, despojos y agravios de Estados Unidos, en el curso de nuestra vida independiente. ((Gastón García Cantú. El pensamiento de la reacción mexicana, historia documental 1810-1962. Empresas Editoriales SA. 1965. México.))

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Comercio exterior.
Soberanía.
Tratados internacionales. [/toggle]

En el mundo actual las controversias comerciales son más visibles que nunca.  No obstante los antecedentes de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, en la década de los sesenta del siglo pasado, para nuestro país la era de los tratados comerciales propiamente inicia en 1994 con la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).  Alcanza, pues, más de dos décadas, que no han estado exentas de conflictos entre las partes.

Con el TLCAN, una nueva era
Desde la década de los años ochenta del siglo pasado ya se delineaba la ruta hacia el exterior como firme alternativa del modelo económico nacional y con ella la posibilidad de convertirnos de hecho en socios comerciales del vecino del norte.  Cuando se negoció el tratado, las críticas más relevantes fueron respecto de lo apresurado de las negociaciones y lo abrupto de la apertura al comercio con Norteamérica.  Cabe mencionar, sin embargo, que ya en años previos –hacia mediados de la década de los ochenta– México efectuó la apertura unilateral de su mercado, no solamente reduciendo en lo general el nivel de aranceles, sino suprimiendo prácticamente en su totalidad el permiso previo de importación, importantísima herramienta del desarrollo industrial nacional durante la posguerra. Con esto se allanó el camino para la incorporación del país en el Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT por sus siglas en inglés), hoy Organización Mundial de Comercio, así como para la firma de éste y otros tratados de libre comercio.

Ahora cosechamos los efectos de aquellas decisiones, toda vez que por esa vía se rompieron abruptamente las cadenas de producción que se habían gestado a lo largo de 40 años de protección absoluta del mercado nacional, cadenas que ciertamente no se han logrado restaurar cabalmente en todos estos años de apertura comercial.

El TLCAN ha sido mecanismo de renovación de muchas de nuestras industrias pero también de sepultura de otras.  El beneficio ha sido mayormente para Estados Unidos, porque ha coadyuvado a que el excedente económico de sus fuerzas productivas se pudiera convertir en inversiones reales, para así hacer circular los inmensos recursos que extraen del resto del mundo, acrecentando la reproducción del capital y, por supuesto, de sus ganancias.

En una apreciación más específica, el TLCAN nos introdujo al mundo del capitalismo global con todas las consecuencias que ello ha implicado.  Y algunas de ellas han sido la creciente interdependencia con el mercado estadounidense, así como el beneficio de las inversiones de muchas empresas globales para introducir sus productos al mercado común de Norteamérica por la vía de las reglas de origen que firmamos.

Con todo, es un hecho que las características estructurales de nuestra economía –escasa competitividad internacional, bajos niveles de productividad, desigual desarrollo regional, alto contenido importado de nuestra producción, corta visión del sector privado en lo general, para citar sólo unas cuántas–, han constituido la causa determinante del bajo aprovechamiento de las conveniencias que ofrece al país el TLCAN y, por el contrario, del alto impacto de sus inconvenientes.

Por ello es de suma importancia la renegociación actual del acuerdo –en circunstancias políticas peculiares, por decir lo menos, tanto en México como en Estados Unidos–, contexto en el cual se desenvuelven las recientes decisiones arancelarias de las tres naciones suscriptoras.

Quince años de conflictos tarifarios
El ordenamiento jurídico vigente donde queda señalada la exención de pago del impuesto y las mercancías sujetas al arancel preferencial para Norteamérica, es el decreto presidencial que establece la tasa aplicable durante 2003, del impuesto general de importación para las mercancías originarias de América de Norte, publicado el 31 de diciembre de 2002.  En él queda documentada la evolución de las constantes controversias comerciales en materia de libre circulación de bienes entre México y el vecino del norte, que se han presentado en el curso de 15 años casi ininterrumpidos.  Veamos cuáles son.

Salvaguarda para la avicultura.  El 22 de enero de 2003, se concede a los avicultores organizados salvaguarda bilateral sobre las importaciones de piernas y muslos de pollo originarios de aquel país, dado que se importaron en cantidades tan elevadas en términos absolutos y bajo condiciones tales, que causaron amenaza de daño serio a la avicultura nacional.  La medida fue de un arancel de 98.8% y un cupo mínimo libre de arancel de 50,000 toneladas que fue el asignado en 2001, todo ello durante seis meses.

Enmienda Byrd.  En octubre 2000 entró en vigor en los Estados Unidos la ley de compensación por continuación del dumping o mantenimiento de las subvenciones de 2000 (Enmienda Byrd), que permite a sus autoridades competentes, distribuir entre productores y empresas estadounidenses que solicitaron el inicio de procedimientos de prácticas desleales de comercio internacional, los montos recaudados por concepto del pago de derechos antidumping y cuotas compensatorias.  La Organización Mundial del Comercio (OMC), la declaró incompatible con sus reglas.

Aunque la ley fue derogada, el gobierno estadounidense ha seguido efectuando desembolsos a las empresas afectadas que lo solicitan. ((http://www.barrerascomerciales.es/eu-ES/BuscadorBarreras/Paginas/Leydecompensacionporpagodederechosantidumpingantisubvencion(EnmiendaByrd)_20080185.aspx))  México, sólo adoptó la decisión de aumentar durante un año los impuestos a chicles, preparaciones a base de productos lácteos, vinos y champagne, dándola a conocer el 17 de agosto de 2005.  Sin embargo, el 13 de septiembre de 2006, con la autorización de la OMC, nuestro país elevó el arancel de importación a 110%, por 45 días, de las preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50%, en peso.

Amargo trato con el azúcar.  Este conflicto nace cuando Estados Unidos incumple su obligación de otorgar acceso al azúcar mexicano, negando someterse al procedimiento de solución de controversias establecido en el Tratado.

El resultado de la primera conciliación lograda entre las partes, se da el 12 de septiembre de 2006, mediante decreto del Ejecutivo Federal mexicano que otorga un trato libre de impuestos al azúcar y jarabes de los Estados Unidos de América, del orden de las 7,258 toneladas métricas (valor crudo) anuales, en 2005 y 2006.  Se anuncia que ello es una contribución destinada a facilitar la transición al libre comercio de edulcorantes, prevista para el 1º de enero de 2008.

Posteriormente, el 29 de septiembre de 2006, el Ejecutivo Federal establece un arancel cupo, señalando que estarán exentas de pago 250,000 toneladas métricas (base seca) de azúcar estadounidense.  La medida estuvo vigente hasta fines de 2007.

La historia continúa.  El 8 de mayo de 2007 se publica el decreto presidencial donde se reconoce que prosigue la disputa comercial y que en ese momento se estima una oferta insuficiente de azúcar en el mercado doméstico para el año, por lo que se reduce el arancel a los azúcares originarios de los Estados Unidos, aplicable a las importaciones fuera de cupo de azúcar, al mismo nivel que las importaciones amparadas en el propio cupo.

Mercancías sí, pero sin transporte.  En el TLCAN se previó la apertura de los servicios de transporte de carga en los estados fronterizos de México y de aquel país, a partir del 18 de diciembre de 1995, y en todo el territorio de ambos a partir del 1 de enero de 2000.  En el 2001, un panel arbitral formado a solicitud de México determinó el incumplimiento norteamericano de esta obligación, así como de los principios de trato nacional y trato de la nación más favorecida, recomendando las acciones necesarias en tal sentido, por lo que el 18 de marzo de 2009, México decidió suspenderle beneficios de efecto equivalente.

En consecuencia, aumentaron los aranceles entre el 10% y el 20% a las importaciones clasificadas en 89 fracciones arancelarias, que amparaban productos agrícolas, del hogar y electrónicos.  El 18 de agosto de 2010, México decidió reforzar la suspensión temporal de beneficios al vecino del norte, imponiendo aranceles a productos de las mismas ramas económicas que los contemplados en 2009, pero ahora extensivas a 99 fracciones arancelarias a las que se aplicó un gravamen de entre 5% y 20%.

El conflicto bilateral concluyó el 7 de julio de 2011, gracias a la suscripción de un memorando de entendimiento, que permitió a Estados Unidos avanzar hacia el cumplimiento de sus obligaciones en materia de servicios de transporte de carga transfronterizo previstas en el TLCAN.  Primeramente, se determinó una fase inicial de no más de tres años, en la que se permitió la prestación de servicios de largo recorrido para los transportistas que estén domiciliados en el territorio del otro país.  Consecuentemente, se determinó modificar la suspensión temporal de beneficios, reduciendo el arancel aplicado a tasas del 2.5% y hasta el 10%.

Finalmente, el 21 de octubre de 2011 se decide dejar de aplicar la suspensión temporal de beneficios, al comenzar a recibir los transportistas mexicanos la autorización para operar los servicios de transporte de carga transfronterizo de largo recorrido en el territorio de dicho país.

La disputa actual
De manera unilateral, el gobierno estadounidense resolvió en marzo de 2018 aumentar las tasas arancelarias aplicables a sus importaciones de productos de acero y aluminio procedentes de todo el mundo, en 25% y 10% respectivamente, aduciendo razones de seguridad nacional ante los importantes volúmenes de compras.  Inmediatamente después determinó establecer una exención temporal a las compras provenientes de Canadá, México y la Unión Europea, vigente hasta el 31 de mayo de 2018.

La autoridad mexicana señala que esta decisión, que es de hecho una medida de salvaguardia conforme al marco jurídico internacional, no fue considerada por las autoridades norteamericanas como tal, dado que se “debió notificar a las partes, sin demora, el inicio del procedimiento que pudiera desembocar en una medida de emergencia, notificar a la Comisión de Libre Comercio, consultar a la Parte afectada y, en su caso, ofrecer opciones de compensación de conformidad con el artículo 802 del TLCAN.”

Este incumplimiento le dio el derecho a México de imponer medidas que tengan efectos comerciales sustancialmente equivalentes.  Y así lo hizo mediante decreto presidencial publicado el 5 de junio de 2018, suspendiendo el trato arancelario preferencial equivalente para ciertos productos, hasta que la autoridad comercial estime que tales medidas se han dejado de aplicar.

La legislación va acompañada de un aumento del impuesto general de importación contenido en 7 capítulos de la Ley tarifaria, siendo las más sobresalientes 186 fracciones arancelarias de productos siderúrgicos de los renglones de planchón, placa en hoja, placa en rollo, lámina rolada en frío, laminada rolada en caliente, alambrón, tubos sin costura, tubos con costura, lámina recubierta, varilla y perfiles. Todo esto para contrarrestar el incremento esperado de exportaciones a nuestro país por parte de las economías proveedoras de Estados Unidos, principal importador de acero del mundo.

Adicionalmente la autoridad comercial mexicana decidió aumentar la tarifa del citado impuesto para incorporar hasta el 31 de enero de 2019, en los programas sectoriales, tal incremento y evitar que el gravamen impacte a las cadenas productivas y se mantenga la competitividad en los sectores industriales más sensibles a la disputa, como lo son el eléctrico, el electrónico, el automotriz y el de autopartes.

Los efectos del conflicto actual
Todos conocemos el propósito norteamericano inmediato del alza de sus aranceles: llevar de regreso a casa las grandes inversiones de sus empresas trasnacionales.  También sabemos que las medidas gubernamentales, como lo son las Proclamaciones 9704 y 9705 de ese gobierno para elevar sus aranceles no incidirán a la larga sobre las leyes del mercado, concretamente sobre la inversión capitalista, como son los factores relativos al régimen de salarios comparativamente menores, nuestra aptitud para la especialización laboral y la excelente localización geográfica, generadora de costos reducidos de transporte, logística atractiva e infraestructura para la exportación, todo ello en el haber de nuestra economía.

Estas ventajas competitivas propias de México son una realidad difícil de vencer por una proclama presidencial.  Es cierto, al principio de esta batalla el país enfrentará un fuerte reajuste si ello implica la huida de empresas extranjeras, sobre todo de las ahora exitosas como la automotriz y la de autopartes.  Pero llegará un punto en que los altos costos industriales del mercado norteamericano hagan tan atractivas nuestras ventajas, que ellas superen el impedimento de las reglas de origen.

La interdependencia global es difícil de predecir.  México ya recorrió 23 años de experiencias en la apertura económica.   La asimetría entre nuestra economía y la norteamericana dejó de ser sólo una barrera y ahora se vuelve un complejo de mutuas conveniencias comerciales y complementación económica de largo plazo.

La defensa de nuestros intereses como país ha sido notable y apegada siempre al marco jurídico multilateral, porque reconocemos en la seguridad jurídica un principio central de la asociación entre las naciones.  El presente conflicto comercial no nos debe amedrentar si ya hemos visto que la vecindad con Estados Unidos está teñida por el enfrentamiento, pese a lo insuperable que sean las expectativas económicas que ahora encaramos.

Alejandro Spíndola Yáñez
Carlos Sánchez Lara Tajonar

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